3/29/2016

DECRETO SUPREMO N° 057-2016-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del pliego Instituto Nacional de Estadística e Informática DECRETO SUPREMO Nº 057-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1153, Decreto Legislativo
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del pliego Instituto Nacional de Estadística e Informática
DECRETO SUPREMO Nº 057-2016-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011:

Ministerio de Salud;

Que, el artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado, establece una asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios, como la entrega económica que se otorga una vez al año, al personal de los establecimientos de salud, redes y microrredes del Ministerio de Salud, sus organismos públicos, y Gobiernos Regionales, por el cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios; dichas metas, indicadores y compromisos deben redactarse en términos simples, para su adecuada comprensión, y deben ser cuantificables, a efectos de su evaluación y fiscalización; asimismo, la publicación y difusión de la información indicada debe efectuarse a más tardar el 31 de diciembre del año anterior al ejercicio presupuestal al que corresponden;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2014-SA, se definieron las metas institucionales, los indicadores de desempeño y los compromisos de mejora de los servicios a cumplirse en el año 2015, para recibir la entrega económica anual que menciona el artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado;

Que, en el numeral 36.2 del artículo 36 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autoriza al Ministerio de Salud a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS
MIL Y 00/100 SOLES (S/ 3 600 000,00), a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), para que realice el "Estudio de la percepción de los usuarios de consulta externa en el contexto del Decreto Supremo Nº 041-2014-SA"; para tal fin, en el numeral 36.3 del referido artículo se establece que las modificaciones presupuestarias autorizadas para la aplicación de, entre otros, el numeral 36.2 antes citado se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este último, los cuales deben ser aprobados hasta el 31 de marzo de 2016, debiendo emitirse el Decreto Supremo correspondiente dentro del referido plazo;

Que, mediante Informe Nº 015-2016-OGPPM-OPF/ MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, emite Informe favorable de disponibilidad presupuestal, a fin de efectuar la transferencia de partidas a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática para el financiamiento del "Estudio de la percepción de los usuarios de consulta externa en el contexto del Decreto Supremo Nº 041-2014-SA"; en virtud de lo cual, a través del Oficio Nº 590-2016-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;

Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, del pliego: 011 Ministerio de Salud, a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, hasta por la suma de TRES MILLONES
SEISCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 3 600 000,00), destinado al financiamiento del "Estudio de la percepción de los usuarios de consulta externa en el contexto del Decreto Supremo Nº 041-2014-SA", en el marco de lo señalado en el numeral 36.2 del artículo 36 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

De conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público en el Año Fiscal 2016;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS
MIL Y 00/100 SOLES (S/ 3 600 000,00), del pliego 011:

581762 NORMAS LEGALES
Martes 29 de marzo de 2016 / El Peruano Ministerio de Salud, a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, destinada al financiamiento del "Estudio de la percepción de los usuarios de consulta externa en el contexto del Decreto Supremo Nº 041-2014-SA", conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000913 : Investigación y Desarrollo
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3. Bienes y Servicios 3 600 000,00
------------------ TOTAL EGRESOS 3 600 000,00
==========
A LA: En Soles SECCION PRIMERA Gobierno Central PLIEGO 002 : Instituto Nacional de Estadística e Informática UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Estadística e Informática
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5001973 : Encuesta de establecimientos de salud
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3. Bienes y Servicios 3 600 000,00
------------------ TOTAL EGRESOS 3 600 000,00
==========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.

Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud

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