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RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
3/18/2016
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
Disponen que el texto íntegro del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprueba el Procedimiento de declaración jurada de cumplimiento de obligaciones de seguridad minera, así como el listado de obligaciones y su exposición de motivos, sean publicados en el portal institucional de Osinergmin RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 043-2016-OS/CD Lima, 1 de marzo de 2016. VISTO: El Memorándum Nº GFM-74-2016 de la Gerencia de Supervisión
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 043-2016-OS/CD
Lima, 1 de marzo de 2016.
VISTO:
El Memorándum Nº GFM-74-2016 de la Gerencia de Supervisión Minera.
CONSIDERANDO:
Que, según lo establecido por el inciso c) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende la facultad exclusiva de dictar entre otros, en el ámbito y en materia de su respectiva competencia, normas referidas a obligaciones o actividades supervisadas;
Que, el Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM en su artículo 21 establece la facultad que tiene Osinergmin de dictar de manera exclusiva y dentro del ámbito de su competencia, reglamentos y normas de carácter general aplicables;
Que, para el ejercicio de las funciones de supervisión y fiscalización de Osinergmin en el sector minero, es necesario que se provea al organismo regulador de información oportuna sobre el cumplimiento de las obligaciones legales y técnicas; a fin de optimizar los procesos de supervisión a cargo de la Gerencia de Supervisión Minera;
Que, es necesario implementar un mecanismo que permita a los agentes supervisados proveer a Osinergmin de información necesaria y oportuna; considerando la finalidad de prevención, así como, criterios de simplificación que permitirán una mejora en la supervisión de las actividades mineras;
Que, atendiendo a los principios de conducta procedimental, de presunción de veracidad y de privilegio de controles posteriores inopinados consagrados en el Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, corresponde aprobar el "Procedimiento de declaración jurada de cumplimiento de obligaciones de seguridad minera", así como el listado de obligaciones supervisadas a través del PDJ Seguridad Minera;
Que, de conformidad con la política de transparencia institucional contemplada en los artículos 8 y 25 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, y en el marco de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, para la aprobación del proyecto normativo mencionado, se requiere su publicación en el diario oficial El Peruano, con el fin de recibir comentarios de los interesados, los mismos que no tendrán carácter vinculante ni darán lugar al inicio de un procedimiento administrativo;
Que, en ese sentido corresponde ordenar la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprueba el Procedimiento de declaración jurada de cumplimiento de obligaciones de seguridad minera, así como el listado de obligaciones supervisadas a través del PDJ Seguridad Minera, otorgándose a los interesados un plazo de quince (15) días hábiles para la remisión por escrito de sus comentarios o sugerencias;
Con la opinión favorable de la Gerencia de Supervisión Minera, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 09-2016, del 1º de marzo de 2016;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Publicación del Proyecto Autorizar la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, y disponer que el texto íntegro del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprueba el Procedimiento de declaración jurada de cumplimiento de obligaciones de seguridad minera, así como el listado de obligaciones y su exposición de motivos, sean publicados el mismo día en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe).
Artículo 2º.- Plazo para recibir comentarios Disponer que, los comentarios de los interesados sean recibidos por escrito en la mesa de partes de Osinergmin, ubicada en la Calle Bernardo Monteagudo Nro. 222, Magdalena del Mar - Lima, o por vía correo electrónico a la dirección: sechevarria@osinergmin.gob.pe, dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes a su publicación, siendo la persona designada para recibirlos la abogada Sandra Echevarría Merino.
581201 NORMAS LEGALES
Viernes 18 de marzo de 2016
El Peruano / Artículo 3º.- Análisis de comentarios Encargar a la Gerencia de Supervisión Minera la recepción y el análisis de los comentarios que se formulen al proyecto publicado, así como la presentación de la propuesta final al Consejo Directivo de Osinergmin.
JESÚS TAMAYO PACHECO
Presidente del Consejo Directivo Osinergmin
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