3/04/2016

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 141-PE-ESSALUD-2016 Modifican Texto actualizado y concordado

Modifican Texto actualizado y concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 141-PE-ESSALUD-2016 Lima, 3 de marzo de 2016. VISTOS: La Carta Nº 0250-GCPD-ESSALUD-2016 y el Informe Técnico Nº 017-GOP-GCPD-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo, la Carta Nº 293-OGC-PE-ESSALUD-2016 de la Oficina de Gestión de la Calidad y la Carta Nº 467-GCAJ-ESSALUD-2016 y el Informe Nº 100-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2016 de la
Modifican Texto actualizado y concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 141-PE-ESSALUD-2016
Lima, 3 de marzo de 2016.

VISTOS:

La Carta Nº 0250-GCPD-ESSALUD-2016 y el Informe Técnico Nº 017-GOP-GCPD-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo, la Carta Nº 293-OGC-PE-ESSALUD-2016 de la Oficina de Gestión de la Calidad y la Carta Nº 467-GCAJ-ESSALUD-2016 y el Informe Nº 100-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2012-TR, se declaró en reorganización el Seguro Social de Salud - ESSALUD a fin de garantizar la efectiva prestación de los servicios que brinda a los asegurados, así como la intangibilidad de sus recursos en el marco del derecho a la seguridad social de salud y los principios de solidaridad, transparencia, participación y eficiencia;

Que, en el numeral 2.4 del artículo 2º del citado Decreto Supremo, se señaló que ESSALUD realizará las acciones necesarias, teniendo en cuenta lo establecido en los numerales precedentes, con el fin de fortalecer sus procedimientos internos, su estructura orgánica y funcional, e instrumentos de gestión;

Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 656-PE-ESSALUD-2014 de fecha 31 de diciembre de 2014, se aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 016-2012-TR que declaró en reorganización el Seguro Social de Salud -ESSALUD, los que fueron modificados por las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nros. 152, 222, 226, 601, 659
y 767-PE-ESSALUD-2015; aprobándose, mediante esta última Resolución de Presidencia Ejecutiva, el Texto actualizado y concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud -
ESSALUD;

Que, de acuerdo al literal i) del artículo 36º del referido Texto actualizado y concordado del Reglamento de Organización y Funciones, la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo tiene la función de formular, actualizar, evaluar y proponer, entre otros, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de ESSALUD y de los órganos desconcentrados;

Que, con Carta Nº 293-OGC-PE-ESSALUD-2016 de fecha 02 de febrero de 2016 la Jefatura de la Oficina de Gestión de la Calidad refiere que la actual gestión basa su accionar en dos pilares importantes Buen Gobierno Corporativo y la Humanización de la Atención, los mismos que deben institucionalizarse en la Seguridad Social de Salud; por lo que, propone a la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo incorporar el pilar de la Humanización en el nombre de la citada Oficina;

Que, mediante Carta Nº 0250-GCPD-ESSALUD-2016, la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo remite un proyecto de Resolución de Presidencia Ejecutiva que modifica el Texto actualizado y concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD;

Que, con Informe Técnico Nº 017-GOP-GCPD-ESSALUD-2016, la Gerencia de Organización y Procesos, concluye que el cambio de la denominación de la Oficina de Gestión de la Calidad por el de Oficina de Gestión de la Calidad y Humanización se encuentra alineado con la Política Institucional de Humanización que se viene ejecutando en los diversos órganos y sedes de nuestra Institución; asimismo, que el cambio de denominación no implica la creación de unidad orgánica alguna ni incrementa el presupuesto respecto a la estructura orgánica vigente, por lo que emite opinión favorable al respecto;

Que, mediante Carta e Informe de Vistos, la Gerencia Central de Asesoría Jurídica manifestó que el proyecto normativo sobre modificación del Texto actualizado y concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD es una decisión de gestión que corresponde realizarse a través de la Presidencia Ejecutiva en atención a los incisos c) y d) del artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD);

Que, efectivamente de acuerdo a lo establecido en los incisos c) y d) del artículo 8º de la Ley Nº 27056, es competencia del Presidente Ejecutivo aprobar la Estructura Orgánica y Funcional del ESSALUD, así como su Reglamento de Organización y Funciones y los demás Reglamentos internos;

Que, atendiendo a lo expuesto, resulta pertinente aprobar la modificación del Texto actualizado y concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PE-ESSALUD-2015;

Con los vistos de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo y la Gerencia Central de Asesoría Jurídica;

Estando a lo propuesto y en uso de las atribuciones conferidas;

SE RESUELVE:

1. MODIFICAR los artículos 9º, 31º, 32º y 33º y los Anexos A y B del Texto actualizado y concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PE-ESSALUD-2015, en los términos siguientes:

Artículo 9º (...)
03 ÓRGANOS DE APOYO Y DE ASESORAMIENTO
DE LA ALTA DIRECCIÓN (...)
579726 NORMAS LEGALES
Viernes 4 de marzo de 2016 / El Peruano 03.3 Oficina de Gestión de la Calidad y Humanización 03.3.1 Gerencia de Seguridad del Paciente y Humanización de la Atención 03.3.2 Gerencia de Acreditación y Mejora Continua de la Calidad (...)
Artículo 31º OFICINA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD
Y HUMANIZACIÓN
La Oficina de Gestión de la Calidad y Humanización es el órgano de asesoramiento de la Alta Dirección encargado de promover la implementación de prácticas de gestión de la calidad, en los órganos centrales y desconcentrados de ESSALUD, depende de la Presidencia Ejecutiva y está a cargo de las siguientes funciones: (...)
Artículo 32º GERENCIA DE SEGURIDAD DEL
PACIENTE Y HUMANIZACIÓN DE LA ATENCIÓN
La Gerencia de Seguridad del Paciente y Humanización de la Atención es la unidad orgánica responsable de construir una cultura de calidad, trato humanizado y de seguridad, que permita minimizar los riesgos y posibles daños relacionados con la atención de salud de los asegurados, depende de la Oficina de Gestión de la Calidad y Humanización y está a cargo de las siguientes funciones: (...)
i) Otras funciones que le asigne el Jefe de la Oficina de Gestión de la Calidad y Humanización, en el ámbito de su competencia.

Artículo 33º GERENCIA DE ACREDITACIÓN Y
MEJORA CONTINUA DE LA CALIDAD
La Gerencia de Acreditación y Mejora Continua de la Calidad es la unidad orgánica responsable del diseño, planificación y seguimiento de la implementación de las acciones del Sistema de Garantía y Mejora de la Calidad, depende de la Oficina de Gestión de la Calidad y Humanización Calidad y está a cargo de las siguientes funciones: (...)
j) Otras funciones que le asigne el Jefe de la Oficina de Gestión de la Calidad y Humanización, en el ámbito de su competencia.

Anexo A Organigrama Estructural, según lo dispuesto en la presente Resolución.

Anexo B ESTRUCTURA DE LOS CARGOS
JEFATURALES
03 ÓRGANOS DE APOYO Y ASESORAMIENTO DE
LA ALTA DIRECCIÓN (...)
03.3 Oficina de Gestión de la Calidad y Humanización.

2. DISPONER que la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo, la Gerencia Central de Gestión de las Personas y la Gerencia Central de Gestión Financiera adopten las acciones que les correspondan en el ámbito de sus competencias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

3. DISPONER que la Secretaría General se encargue de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud - ESSALUD (www.essalud.gob. pe), e Intranet el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

4. DEJAR SIN EFECTO todo aquello que se oponga a lo dispuesto de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VIRGINIA BAFFIGO DE PINILLOS
Presidente Ejecutivo

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