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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 033-2016-SENACE/J Aprueban documento técnico normativo denominado
3/29/2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 033-2016-SENACE/J Aprueban documento técnico normativo denominado
Aprueban documento técnico normativo denominado "Herramientas de Gestión Social para la Certificación Ambiental del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 033-2016-SENACE/J Lima, 28 de marzo de 2016 VISTO: El Informe Nº 020-2016-SENACE/DCA/ UGS emitido por la Unidad de Gestión Social de la Dirección de Certificación Ambiental; el Memorando Nº 118-2016-SENACE/DCA emitido por la Dirección de Certificación Ambiental; el Informe Nº 016-2016-SENACE/
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 033-2016-SENACE/J
Lima, 28 de marzo de 2016
VISTO: El Informe Nº 020-2016-SENACE/DCA/ UGS emitido por la Unidad de Gestión Social de la Dirección de Certificación Ambiental; el Memorando Nº 118-2016-SENACE/DCA emitido por la Dirección de Certificación Ambiental; el Informe Nº 016-2016-SENACE/ DGE-UTN emitido por la Unidad Técnico Normativa de la Dirección de Gestión Estratégica; el Memorando Nº 056-2016-SENACE/DGE emitido por la Dirección de Gestión Estratégica y el Informe Nº 064-2016-SENACE-SG/OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29968 (en adelante, la Ley), se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, como un organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno adscrito al Ministerio del Ambiente;
Que, el artículo 3 de la Ley establece que el SENACE
tiene, entre otras, la función de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d)
regulados en la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental - SEIA y normas reglamentarias;
Que, el inciso c) del artículo 1 de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental - SEIA, señala que dicha ley tiene por finalidad, entre otras, el establecimiento de los mecanismos que aseguren la participación ciudadana en el proceso de evaluación de impacto ambiental;
Que, el inciso b) del artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental - SEIA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, establece que el SEIA se rige, entre otros, por el principio de participación, en virtud del cual se promueve la intervención informada y responsable de todos los interesados en el proceso de evaluación de impacto ambiental para una adecuada 581771 NORMAS LEGALES
Martes 29 de marzo de 2016
El Peruano / toma de decisiones y lograr la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de inversión acordes con los objetivos del SEIA;
Que, el artículo 21 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, establece que la participación ciudadana ambiental es el proceso mediante el cual los ciudadanos participan responsablemente, de buena fe y con transparencia y veracidad, en forma individual o colectiva, en la definición y aplicación de las políticas relativas al ambiente y sus componentes, que se adopten en cada uno de los niveles de gobierno, y en el proceso de toma de decisiones públicas sobre materias ambientales, así como en su ejecución y fiscalización;
Que, los incisos a) y b) del artículo 27 del Reglamento precitado señalan que las entidades públicas con competencias ambientales deben procurar el desarrollo de mecanismos de participación ciudadana y acceso a la información que permitan suministrar la información adecuada, oportuna y suficiente, así como asegurar que la participación se realice por lo menos en la etapa previa a la toma de la decisión o ejecución de la medida;
respectivamente;
Que, a fin de mejorar el análisis del componente social de los EIA-d a cargo del SENACE, así como promover buenas prácticas en materia de participación ciudadana y prevenir el desarrollo de confl ictos sociales, la Dirección de Certificación Ambiental, en coordinación con la Dirección de Gestión Estratégica, ha elaborado el proyecto de documento técnico normativo denominado "Herramientas de Gestión Social para la Certificación Ambiental del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE", que orienta la labor de la gestión social en el marco de la certificación ambiental del SENACE;
Que, el literal q) del artículo 5 de la Ley y el literal p) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del SENACE, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MINAM, establecen como función del Consejo Directivo, la aprobación de guías y normas o propuestas normativas para la implementación del SENACE;
Que, mediante Acuerdo Nº 2 del Acta de Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del SENACE Nº 011/2015 del 2 de noviembre de 2015 se delega en el Jefe del SENACE la función de aprobación de documentos de gestión, guías y demás normas procedimentales u operativas;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 011-2016-SENACE/J, publicada en el diario oficial El Peruano el 3 de febrero de 2016, se dispone la publicación del proyecto del documento técnico normativo denominado "Herramientas de Gestión Social para la Certificación Ambiental del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE"; a fin de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por un plazo de diez (10)
días hábiles, contados a partir de la publicación de dicha resolución en el diario oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 002-2009-MINAM;
Que, tras la absolución y análisis de las sugerencias y/o comentarios recibidos durante el período de publicación de la citada propuesta normativa, corresponde aprobar el documento técnico normativo denominado "Herramientas de Gestión Social para la Certificación Ambiental del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE", el cual ha sido elaborado conforme al procedimiento establecido en los Lineamientos para la elaboración, aprobación y actualización de documentos técnico normativos del SENACE, aprobados mediante Resolución Jefatural Nº 076-2015-SENACE/J;
Con el visado de la Dirección de Certificación Ambiental, la Dirección de Gestión Estratégica y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental - SEIA y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM; la Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE;
el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; el Reglamento de Organización y Funciones del SENACE, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MINAM; la Resolución Jefatural Nº 076-2015-SENACE/J, que aprueba los "Lineamientos para la elaboración, aprobación y actualización de documentos técnicos normativos del SENACE"; y, en el uso de la delegación de funciones aprobada mediante Acuerdo Nº 2 del Acta de Sesión Ordinaria del Consejo Directivo Nº 011/2015 del 2 de noviembre de 2015;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobación Aprobar el documento técnico normativo denominado "Herramientas de Gestión Social para la Certificación Ambiental del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE", que como Anexo adjunto forma parte de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 2. Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano, debiendo publicar en la misma fecha el documento técnico normativo denominado "Herramientas de Gestión Social para la Certificación Ambiental del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE", en el Portal Institucional del SENACE (www. senace.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICK WIELAND FERNANDINI
Jefe del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE
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