3/04/2016

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 35-2016/JNAC/RENIEC Establecen la ampliación de la campaña gratuita para la

Establecen la ampliación de la campaña gratuita para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, para las personas adultas mayores a partir de los 65 años de edad, a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 35-2016/JNAC/RENIEC Lima, 3 de marzo de 2016 VISTOS: El Memorando Múltiple Nº 000151-2015/ GOR/RENIEC (16DIC2015) y la Hoja de Elevación Nº 000020-2016/GOR/RENIEC (29ENE2016), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales; el Memorando Nº 005297-2015/GPP/RENIEC (30DIC2015), emitido
Establecen la ampliación de la campaña gratuita para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, para las personas adultas mayores a partir de los 65 años de edad, a nivel nacional
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 35-2016/JNAC/RENIEC
Lima, 3 de marzo de 2016
VISTOS: El Memorando Múltiple Nº 000151-2015/ GOR/RENIEC (16DIC2015) y la Hoja de Elevación Nº 000020-2016/GOR/RENIEC (29ENE2016), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales; el Memorando Nº 005297-2015/GPP/RENIEC (30DIC2015), emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 004635-2015/GPP/SGP/RENIEC (30DIC2015), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 000153-2015/ GPP/SGPL/RENIEC (28DIC2015), emitido por la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Memorando Nº 000109-2016/GG/ RENIEC (09FEB2016), emitido por la Gerencia General;
el Informe Nº 000058-2016/GAJ/SGAJR/RENIEC (18FEB2016), emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación Nº 000089-2016/GAJ/RENIEC (18FEB2016), emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad;

Que el artículo 98º del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente;

Que en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, desde el año 2003 viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención 579766 NORMAS LEGALES
Viernes 4 de marzo de 2016 / El Peruano del documento nacional de identidad, las mismas que han beneficiado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y extrema pobreza, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros;

Que teniendo en cuenta lo manifestado precedentemente, mediante Resolución Jefatural Nº 002-2015-JNAC/RENIEC (09ENE2015) publicada en el diario oficial El Peruano el 10 de enero de 2015, se dispuso ampliar la campaña gratuita a todo tipo de trámite para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, para personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco años (65) años de edad, a nivel nacional, a partir del primer día útil de enero hasta el 31 de diciembre de 2015;

Que en ese contexto la Gerencia de Operaciones Registrales mediante el documento de vistos, solicita la continuidad del beneficio otorgado por la Resolución Jefatural antes mencionada;

Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a través de los documentos de vistos, emite opinión favorable en relación a la propuesta presentada por la Gerencia de Operaciones Registrales, señalando además que la misma resulta factible de ser financiada con cargo a los recursos presupuestarios asignados a dicho órgano para el año 2016;

Que mediante el documento de vistos, la Gerencia General emite opinión favorable con relación a lo solicitado por la Gerencia de Operaciones Registrales;

Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Jefatural correspondiente;

Que en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; en tal sentido, resulta legalmente viable la gratuidad solicitada por la Gerencia de Operaciones Registrales con eficacia anticipada al primer día útil de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016;

Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013-JNAC/RENIEC (10ABR2013), lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Establecer con eficacia anticipada, la ampliación de la campaña gratuita a todo tipo de trámites para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, a nivel nacional, a partir del primer día útil de enero hasta el 31 de diciembre de 2016.

Artículo Segundo.- Disponer que los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán financiados con cargo a los recursos presupuestales asignados a la Gerencia de Operaciones Registrales para el año fiscal 2016.

Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Operaciones Registrales, Tecnología de la Información, Administración y Planificación y Presupuesto.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional

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