4/23/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0345-2016-IN Disponen la publicación en el Portal Institucional del

Disponen la publicación en el Portal Institucional del Ministerio del Interior del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo que regula el Uso de la Fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0345-2016-IN Lima, 22 de Abril de 2016 VISTOS: La Hoja de Envío Nº 3509-2016-SG, de la Secretaria General del Ministerio de Interior; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº1186, establece el marco legal que regula el uso de la fuerza
Disponen la publicación en el Portal Institucional del Ministerio del Interior del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo que regula el Uso de la Fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0345-2016-IN
Lima, 22 de Abril de 2016
VISTOS: La Hoja de Envío Nº 3509-2016-SG, de la Secretaria General del Ministerio de Interior;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº1186, establece el marco legal que regula el uso de la fuerza por parte del personal de la Policía Nacional del Perú en cumplimiento de su finalidad constitucional;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº1186, dispone que el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Interior reglamenta el citado Decreto Legislativo en un plazo máximo de noventa (90) días, contados a partir de su puesta en vigencia;

Que, el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de carácter general, señala que las entidades públicas difundirán las normas legales de carácter general que sean de su competencia, a través de sus respectivos Portales Electrónicos, revistas institucionales y en general todos aquellos medios que hagan posible la difusión colectiva;

Que, asimismo, el artículo 14 del acotado Reglamento establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, la Secretaria General propone la publicación del proyecto de Reglamento del Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, con la finalidad de difundir dicho proyecto y así recibir las correspondientes sugerencias y recomendaciones de la ciudadanía y público especializado;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2013-IN y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo que regula el Uso de la Fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe).

Artículo 2.- Establecer un plazo de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para recibir las sugerencias y recomendaciones de las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales en general.

Artículo 3.- Las sugerencias y recomendaciones podrán ser presentadas en Mesa de Partes del Ministerio del Interior, ubicada en Plaza 30 de agosto s/n - distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, o a través de la dirección de correo electrónico:
reglamentodelusodelafuerza@mininter.gob.pe.

Artículo 4.- Encargar al Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior, quien coordina con la Dirección de Derechos Humanos del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú y la Dirección General para la Seguridad Democrática, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y recomendaciones que se presenten al citado proyecto normativo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE
Ministro del Interior

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