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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 075-2016-TR Constituyen Grupo de Trabajo encargado de la elaboración del

Constituyen Grupo de Trabajo encargado de la elaboración del Informe Sectorial para la Transferencia de Gobierno por el periodo 2011-2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 075-2016-TR Lima, 14 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 080-2015-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros convocó a Elecciones Generales a llevarse a cabo el 10 de abril de 2016, para la Elección de Presidente de la República, Vicepresidentes, Congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino; Que,
Constituyen Grupo de Trabajo encargado de la elaboración del Informe Sectorial para la Transferencia de Gobierno por el periodo 2011-2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 075-2016-TR
Lima, 14 de abril de 2016
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 080-2015-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros convocó a Elecciones Generales a llevarse a cabo el 10 de abril de 2016, para la Elección de Presidente de la República, Vicepresidentes, Congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 036-2016-TR, de fecha 23 de febrero de 2016, se designó a los miembros de la Comisión de Transferencia de Gestión del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y las Unidades Ejecutoras del Pliego 012: Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, con fecha 18 de marzo de 2016, se publicó la Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG que aprueba los "Lineamientos Preventivos para las Entidades del Estado sobre Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional" que deja sin efecto la Resolución de Contraloría General Nº 372-2006-CG y la Resolución de Contraloría General Nº 373-2006-CG;

Que, con fecha 30 de marzo de 2016, se emitió el Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo, por el periodo 2011-2016;

Que, habiéndose establecido los nuevos lineamientos para el proceso de transferencia de gestión, resulta necesario que la Resolución Ministerial Nº 036-2016-TR
sea modificada en las partes pertinentes;

Que, en ese contexto, se requiere conformar el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal, el cual estará encargado de elaborar el Informe Sectorial para la Transferencia de Gobierno del periodo 2011-2016, conforme a lo establecido en el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM;

Con las visaciones del Secretario General y el Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Constitución del Grupo de Trabajo de Naturaleza temporal encargado de la transferencia de gestión.

Constituir en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal, encargado de la elaboración del Informe Sectorial para la Transferencia de Gobierno por el periodo 2011-2016.

Artículo 2.- Funciones El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones:
a) Realizar las coordinaciones necesarias, con las entidades adscritas y al interior del propio Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a fin de elaborar oportunamente el Informe Sectorial para la Transferencia de Gobierno (ISTGo).
b) Elaborar la Memoria Sectorial.
c) Realizar las coordinaciones y gestiones necesarias para, así como elaborar el Informe para la Transferencia de Gestión (ITGe) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

583481 NORMAS LEGALES
Sábado 16 de abril de 2016
El Peruano / d) Recopilar los ITGe del Seguro Social de Salud (ESSALUD) y de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), para su incorporación en el ISTGo.
e) Realizar las acciones previstas en la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD, Lineamientos preventivos para la transferencia de gestión de las entidades del gobierno nacional, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG.
f) Proponer proyectos normativos complementarios para el cumplimiento de los objetivos de la presente resolución ministerial.
g) Otras que sean dispuestas por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo.

Artículo 3.- Conformación El Grupo de Trabajo está conformado por:
- Ricardo Velásquez Ramírez, Secretario General, quien la preside.
- Jesús Adalberto Baldeón Vásquez, Asesor del Gabinete de Asesores, como Vicepresidente.
- Francisco Rubén Alcalá Martínez, Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, como miembro.
- Antonio Mirril Ramos Bernaola, Jefe de la Oficina General de Administración, como miembro.
- Eduardo Alonso García Birimisa, Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, como miembro.
- Juan Carlos Gutiérrez Azabache, Director General de Trabajo, como miembro.
- Elizabeth Celia Cornejo Maldonado, Directora General de Promoción del Empleo, como miembro.
- Wigberto Nicanor Boluarte Zegarra, Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana, como miembro.
- Fredy Vargas Lama, quien actuará como Secretario Técnico.

La participación de los integrantes es ad honorem.

Artículo 4.- Continuidad de las acciones de transferencia de gestión La instalación del Grupo de Trabajo se realiza en un plazo no mayor a tres días hábiles de publicada la presente resolución ministerial.

Con la finalidad de dar continuidad a las acciones de transferencia de gestión, en el acto de instalación del Grupo de Trabajo, el presidente de la Comisión de Transferencia de Gestión del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, constituida por Resolución Ministerial Nº 036-2016-TR, dará cuenta de las acciones llevadas a cabo en el marco de dicha Comisión, al presidente del Grupo de Trabajo.

Efectuada dicha acción, queda sin efecto la Resolución Ministerial Nº 036-2016-TR.

Artículo 5.- Notificación Notifíquese la presente resolución ministerial a las Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, así como al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL).

Artículo 6.- Publicación La presente resolución será publicada en el Portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www.trabajo.gob.pe el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe la Oficina General de Estadística y Tecnologías de Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL YSAU MAURATE ROMERO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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