4/22/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 194-2016-MINEDU Dejan sin efecto la R.M N° 0140-2012-ED, mediante la cual

Dejan sin efecto la R.M Nº 0140-2012-ED, mediante la cual se reestructuró la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Juliaca RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2016-MINEDU Lima, 21 de abril de 2016 Vistos, el Informe Nº 020-2016-MINEDU/VMGP-DIGESU/DICOPRO, el Oficio Nº 201-2016-MINEDU/ VMGP-DIGESU, y el Informe Nº 358-2016-MINEDU/SG-OGAJ; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0140-2012-ED de fecha 13 de abril de 2012, se reestructuró la Comisión Organizadora
Dejan sin efecto la R.M Nº 0140-2012-ED, mediante la cual se reestructuró la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Juliaca
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2016-MINEDU
Lima, 21 de abril de 2016
Vistos, el Informe Nº 020-2016-MINEDU/VMGP-DIGESU/DICOPRO, el Oficio Nº 201-2016-MINEDU/ VMGP-DIGESU, y el Informe Nº 358-2016-MINEDU/SG-OGAJ;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0140-2012-ED de fecha 13 de abril de 2012, se reestructuró la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Juliaca, la misma que quedó integrada por Oswaldo 583882 NORMAS LEGALES
Viernes 22 de abril de 2016 / El Peruano Luizar Obregón, Presidente; Edwin Catacora Vidangos, Vicepresidente Académico; y Eusebio Benique Olivera, Vicepresidente Administrativo;

Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1)
miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;

Que, de acuerdo al literal l) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-2015-MINEDU, es función del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por Ley;

Que, mediante Informe Nº 020-2016-MINEDU/ VMGP-DIGESU/DICOPRO la Dirección General de Educación Superior Universitaria, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, señala que de la evaluación efectuada a la gestión de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Juliaca, se ha visto por conveniente reconformar dicha Comisión Organizadora; motivo por el cual resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0140-2012-ED;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0140-2012-ED, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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