4/27/2016

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 069-2016-RE Remiten al Congreso de la República, la documentación relativa al

Remiten al Congreso de la República, la documentación relativa al "Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto Destinadas a Prevenir, Desalentar, y Eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 069-2016-RE Lima, 26 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto Destinadas a Prevenir, Desalentar, y Eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada" fue adoptado el 22 de noviembre de 2009 en la Conferencia de la Organización
Remiten al Congreso de la República, la documentación relativa al "Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto Destinadas a Prevenir, Desalentar, y Eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 069-2016-RE
Lima, 26 de abril de 2016
CONSIDERANDO:

Que, el "Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto Destinadas a Prevenir, Desalentar, y Eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada" fue adoptado el 22 de noviembre de 2009 en la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura en su 36º Período de Sesiones, llevado a cabo en la ciudad de Roma, República Italiana, habiendo sido suscrito por el Perú el 3 de marzo de 2010;

Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú;
y, el primer párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al "Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto Destinadas a Prevenir, Desalentar, y Eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada" adoptado el 22 de noviembre de 2009 en la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura en su 36º Período de Sesiones, llevado a cabo en la ciudad de Roma, República Italiana, y suscrito por el Perú el 3 de marzo de 2010.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores

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