4/01/2016

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 087-2016-DE

Crean vacantes de cargos a desempeñar por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 087-2016-DE Lima, 31 de marzo de 2016 Visto, el informe Nº 029 -2016-DGRIN-AL del 31 de marzo de 2016, del Asesor Legal de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º del Reglamento del Personal Militar de las
Crean vacantes de cargos a desempeñar por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 087-2016-DE
Lima, 31 de marzo de 2016
Visto, el informe Nº 029 -2016-DGRIN-AL del 31 de marzo de 2016, del Asesor Legal de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa;
y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3º del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2006-DE-SG, de fecha 13 de diciembre de 2006, determina la naturaleza de la función del personal militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, el cual brinda un servicio de naturaleza pública relacionado a los aspectos de Seguridad y Defensa en las diversas Misiones Diplomáticas del Perú y Representaciones Permanentes ante Organismos Internacionales de las cuales el Perú forma parte; sujetándose a la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y demás normas internacionales que resulten aplicables;

Que, en el tercer párrafo del artículo 14º del Decreto Legislativo 1144 que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, establece que solo el personal en situación de actividad podrá postular y ser seleccionado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su Institución, hasta un (01) año antes de estar incurso en las causales para el pase a retiro previstas en los artículos 42 y 43 del mencionado Decreto Legislativo. Asimismo tendrán los mismos derechos que el personal auxiliar del Ministerio de Relaciones Exteriores, establecidos en la norma que regula la materia;

Que, los cargos que desempeña el personal militar de las Fuerzas Armadas son entre otros, el de Auxiliar de Agregadurías que es ejercido por un Técnico de las Fuerzas Armadas;

Que, el literal b) del artículo 8 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, señala que los cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática, se establecerán mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa;

Que, la propuesta tendrá en consideración la dependencia técnica, logística y relaciones existentes entre las Instituciones Armadas con los diferentes países;

Que, el artículo 9 del mismo Reglamento dispone que el nombramiento del personal militar es por un período máximo de dos (02) años;

Que, es necesario dotar a las Agregadurías de personal técnico para que cumpla funciones administrativas, permitiendo su funcionamiento dentro de los niveles de seguridad correspondientes;

Que, mediante Oficio Nº 1457 W-C.3 del 31 de marzo de 2016, el Comandante General del Ejército solicita crear las vacantes de los cargos, entre otros, de Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la República de Cuba, para lo cual es preciso crear el cargo de Auxiliar a la Agregaduría propuesta a fin de coadyuvar a las funciones del Agregado de Defensa y desempeñar tareas de control administrativo y documentario;

Que, mediante Oficio Nº 1380 del 31 de marzo de 2016, el Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú solicita crear la vacante del cargo de Agregado de Defensa ante la Embajada del Perú en la República del Paraguay, para lo cual es preciso crear el cargo de Auxiliar a la Agregaduría propuesta a fin de coadyuvar a las funciones del Agregado de Defensa y desempeñar tareas de control administrativo y documentario;

Que, en atención a lo antes expuestas, es necesario crear las vacantes de los cargos a desempeñar por el personal técnico en Misión Diplomática a partir del 01 de mayo de 2016 y por un período máximo de dos (02) años;

De conformidad con lo dispuesto por el numeral (8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y en concordancia con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Decreto Legislativo 1144, Decreto Legislativo que regula la situación militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, el Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG, que aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática y la Resolución Ministerial Nº 144-2016-DE/SG del 19 de febrero de 2016;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Crear las vacantes de los cargos a desempeñar por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, a partir del 01 de mayo de 2016 y por un período máximo de dos años, de acuerdo al siguiente detalle :

1. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en la República de Cuba.

2. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en la República del Paraguay.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
JAKKE VALAKIVI ALVAREZ
Ministro de Defensa

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