6/26/2016

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 012-2016-OTASS/CD Aprueban la publicación del proyecto de

Aprueban la publicación del proyecto de documento "Metodología para el Monitoreo de los Objetivos de la EPS en la Modernización en los Servicios de Saneamiento", en la página web del OTASS RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 012-2016-OTASS/CD Lima, 23 de junio de 2016 VISTOS: el Informe Nº 0091-2016-OTASS/DM/SYF/ RRM/JVF, de la Dirección de Monitoreo, mediante el cual propone el documento "Metodología para el Monitoreo de los Objetivos de las EPS en la Modernización de los Servicios de Saneamiento"; y estando a lo
Aprueban la publicación del proyecto de documento "Metodología para el Monitoreo de los Objetivos de la EPS en la Modernización en los Servicios de Saneamiento", en la página web del OTASS
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 012-2016-OTASS/CD
Lima, 23 de junio de 2016
VISTOS: el Informe Nº 0091-2016-OTASS/DM/SYF/ RRM/JVF, de la Dirección de Monitoreo, mediante el cual propone el documento "Metodología para el Monitoreo de los Objetivos de las EPS en la Modernización de los Servicios de Saneamiento"; y estando a lo acordado en la Sesión Nº 012-2016 del Consejo Directivo del
OTASS;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, como Organismo Público Técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional; el cual es el encargado de ejecutar la política del Ente Rector en materia de administración para la prestación de los servicios de saneamiento a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios;

Que, según el artículo 2 del Reglamento de la Ley Nº 30045, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA, establece que uno de los objetivos del proceso de modernización de los servicios de saneamiento, es mejorar la administración y gestión integral de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS);

Que, el artículo 28 del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2014-VIVIENDA, establece que la Dirección de Monitoreo es la responsable de supervisar el cumplimiento de los objetivos del proceso de modernización de los servicios de saneamiento. Asimismo, el literal f) del artículo 27 de la misma norma prevé que el citado órgano de línea es competente para elaborar y proponer lineamientos, metodologías, protocolos y demás instrumentos de administración y gestión de las EPS de obligatorio cumplimiento a nivel nacional;

Que, mediante el documento del visto, la Dirección de Monitoreo ha presentado la propuesta de "Metodología para el Monitoreo de los Objetivos de las EPS en la Modernización de los Servicios de Saneamiento", con la finalidad de fundamentar los procedimientos y conceptos, así como, definir los indicadores mediante los cuales se medirá los avances alcanzados en cada uno de los objetivos de las EPS;

Que, en ese sentido, el literal a) del artículo 9 el Reglamento de Organización y Funciones del OTASS, establece que es función del Consejo Directivo, "Aprobar las políticas institucionales, los planes y estrategias de la entidad;
concordantes con las políticas y lineamientos del Ente Rector";

Que, el Consejo Directivo en sesión de fecha 17 de junio de 2016, aprobó la publicación en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional del OTASS, del proyecto de documento "Metodología para el Monitoreo de los Objetivos de las EPS en la Modernización en los Servicios de Saneamiento";

De conformidad con lo señalado en la Ley Nº 30045 "Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento" y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA, Reglamento de la Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento y, estando a lo acordado en la sesión 012-2016 del Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento- OTASS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la publicación del proyecto de documento "Metodología para el Monitoreo de los Objetivos de las EPS en la Modernización en los Servicios de Saneamiento", en la página web del OTASS (www. otass.gob.pe).

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo 3.- Otorgar un plazo de 15 días calendarios, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución, a fin de que los interesados presenten sus comentarios al proyecto de metodología referido en el artículo 1, en la sede del OTASS ubicada en la Calle Germán Schreiber Nº 210, Oficina Nº 101, San Isidro, o al correo electrónico monitoreo@otass.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSE ANTONIO SALARDI RODRIGUEZ
Presidente del Consejo Directivo

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