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RESOLUCIÓN DEL SECRETGENERAL N° 208-2016-TR/SG Aprueban Reglamento Interno de Servidores Civiles
7/13/2016
RESOLUCIÓN DEL SECRETGENERAL N° 208-2016-TR/SG Aprueban Reglamento Interno de Servidores Civiles
Aprueban Reglamento Interno de Servidores Civiles del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DEL SECRETGENERAL Nº 208-2016-TR/SG Lima, 11 de julio de 2016 VISTOS: El Memorando Nº 749-2016-MTPE/4 de la Secretaría General; el Oficio Nº 1538-2016-MTPE/4/12 de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe Técnico Nº 011-2016-MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 2257-2016-MTPE/4/8 de la Oficina
RESOLUCIÓN DEL SECRETGENERAL Nº 208-2016-TR/SG
Lima, 11 de julio de 2016
VISTOS: El Memorando Nº 749-2016-MTPE/4 de la Secretaría General; el Oficio Nº 1538-2016-MTPE/4/12 de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe Técnico Nº 011-2016-MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 2257-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO
Que, el artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, dispone como finalidad de la referida Ley que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor Servicio Civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran;
Que, el artículo 129 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que todas las entidades públicas están obligadas a contar con un único Reglamento Interno de los Servidores Civiles - RIS, el cual tiene como finalidad establecer condiciones en las cuales debe desarrollarse el servicio civil en la entidad, señalando los derechos y obligaciones del servidor civil y la entidad pública, así como las sanciones en caso de incumplimiento; la entidad debe poner a disposición de cada servidor el Reglamento Interno del Servicio Civil;
Que, el literal a) del artículo 40 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, establece como función de la Oficina General de Recursos Humanos diseñar, proponer y ejecutar las políticas referidas a la gestión y desarrollo de los recursos humanos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, por lo tanto, corresponde aprobar el Reglamento Interno de Servidores Civiles (RIS) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el mismo que cuenta con la opinión técnica favorable de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de conformidad con el Informe Nº 011-2016-MTPE/4/9.3;
Con las visaciones de los Jefes de las Oficinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 129 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y, con las facultades delegadas por el literal j) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 282-2015-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Interno de Servidores Civiles (RIS) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que consta de quince (15) Capítulos, sesenta y un (61)
artículos y seis (6) Disposiciones Finales y Complementarias, que forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que La Oficina General de Recursos Humanos difunda el Reglamento Interno de Servidores Civiles (RIS) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que se aprueba mediante la presente Resolución, a los servidores civiles del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Artículo 3.- El Reglamento Interno de Servidores Civiles (RIS) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por el artículo 1 de la presente resolución, será publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y T ecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICARDO VELÁSQUEZ RAMIREZ
Secretario General
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