Inicio
Economia y Finanzas
Poder Ejecutivo
Salud
Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 196-2016-PCM Constituyen Comisión Extraordinaria de Alto Niv el APE C 2016 y
8/25/2016
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 196-2016-PCM Constituyen Comisión Extraordinaria de Alto Niv el APE C 2016 y
Constituyen Comisión Extraordinaria de Alto Niv el APE C 2016 y modifican la R . S. Nº 024-2016-PCM RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 196-2016-PCM Lima, 24 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que, es objetivo general y estratégico de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar el proceso de su inserción a nivel global; Que, siendo uno de los objetivos específicos de la Política Exterior del
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 196-2016-PCM
Lima, 24 de agosto de 2016
CONSIDERANDO:
Que, es objetivo general y estratégico de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar el proceso de su inserción a nivel global;
Que, siendo uno de los objetivos específicos de la Política Exterior del Perú, la promoción de los intereses nacionales en el contexto internacional, es conveniente consolidar la participación peruana en foros, conferencias y eventos internacionales, como mecanismos de diálogo y cooperación orientados al fortalecimiento regional en los escenarios político, económico, social y cultural;
Que, el Foro de Cooperación Económica Asia - Pacífico (Foro APEC) es un mecanismo de concertación y cooperación económica creado en 1989 e integrado por 21 economías de la Región Asia-Pacífico;
Que, el Perú forma parte del Foro APEC desde 1998, año en que fue admitido como economía miembro conjuntamente con Rusia y Vietnam, en la VI Cumbre de Líderes celebrada en Kuala Lumpur, Malasia;
Que, en la XXI Cumbre de Líderes del Asia Pacífico, realizada en Vladivostok, Federación Rusia, se aceptó el ofrecimiento del Perú para ser sede de las reuniones APEC del año 2016;
Que, dada la trascendencia internacional de dicho evento, que atrae gran interés a nivel mundial principalmente en el ámbito económico, mediante Resolución Suprema Nº 061-2014-RE, se declaró de interés nacional el ejercicio por el Perú de la Presidencia del Foro APEC durante el año 2016, incluyendo la realización de la XXIV Cumbre de Líderes de dicho Foro y sus eventos conexos;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2015-RE se crea el Proyecto Especial Perú APEC 2016
en el ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores, que tiene a su cargo dar cumplimiento al calendario de reuniones definidas por el Perú en su calidad de economía sede del Foro APEC en el 2016, lo que comprende la preparación, organización y la realización de la XXIV Cumbre de Líderes de dicho Foro, así como las demás reuniones, actividades preparatorias y eventos conexos;
Que, considerando la necesidad de promover una activa participación de los distintos sectores responsables en la agenda temática del Foro APEC 2016, así como, la facilitación de organización de las reuniones ministeriales, se creó mediante Resolución Suprema Nº 024-2016-PCM, el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal Perú APEC 2016, para el ejercicio de la Presidencia por parte del Perú del Foro APEC 2016;
Que, resulta fundamental para los intereses del Estado Peruano constituir una Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2016, a fin que se constituya como el órgano de conducción de los esfuerzos nacionales orientados al ejercicio de la Presidencia peruana del Foro APEC que le corresponde durante el año 2016, con lo cual se facilitará la concertación de los aspectos de carácter sustantivo que demandan las actividades de representación, a través de acciones de coordinación y articulación con las distintas entidades públicas que participan en el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal Perú APEC 2016, así como respecto de las actividades de preparación, organización y realización de los eventos que conlleva la condición de ser sede y anfitrión del Foro APEC 2016;
Que, la participación de la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2016 en la organización del Foro APEC 2016 le permitirá al Perú avanzar en la agenda de reformas que alienta dicho Foro en diferentes 597480 NORMAS LEGALES
Jueves 25 de agosto de 2016 / El Peruano áreas de las políticas públicas, coadyuvando al reconocimiento del Perú como una economía en crecimiento e insertada dentro de la zona económica más dinámica del planeta;
Que, mediante Resolución Legislativa del Congreso Nº 2-2016-2017-CR se autorizó a la señora Vicepresidenta de la República y Congresista de la República, señora Mercedes Rosalba Aráoz Fernández, a integrar y presidir la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2016, de carácter internacional;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores;
y, la Resolución Legislativa del Congreso Nº 2-2016-2017-CR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Creación de la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel Constituir la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2016 (en adelante, Comisión de Alto Nivel), la misma que estará integrada por:
- La señora Segunda Vicepresidenta de la República, quien la presidirá;
- El/la señor Ministro (a) de Relaciones Exteriores;
- El/la señor Ministro (a) de Comercio Exterior y Turismo; y, - El/la señor Ministro (a) de Economía y Finanzas.
- El/la señor Ministro (a) del Interior La Comisión de Alto Nivel se encargará de determinar los lineamientos, estrategias y acciones que sean necesarias para asegurar el éxito del Perú en la organización del Foro APEC 2016. Será apoyada en sus funciones por el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal Perú APEC 2016 y por el Proyecto Especial Perú APEC 2016, dentro del ámbito de sus competencias.
Artículo 2.- Designación de representantes alternos.
Los ministros integrantes de la Comisión de Alto Nivel, podrán designar a sus representantes alternos, quienes en ese caso, intervendrán en las sesiones de la Comisión de Alto Nivel.
Artículo 3.- Modificación del artículo 6 de la Resolución Suprema Nº 024-2016-PCM
Modificar el artículo 6 de la Resolución Suprema Nº 024-2016-PCM, que crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de Naturaleza Temporal para el Ejercicio de la Presidencia por parte del Perú del Foro de Cooperación Económica Asia - Pacífico (APEC) en los siguientes términos:
"Artículo 6.- Colaboración, asesoramiento y aporte técnico Para el desarrollo de sus actividades, el Grupo de Trabajo Multisectorial puede solicitar la colaboración, opinión y aporte técnico de otros ministerios e instituciones públicas, incluyendo programas y proyectos especiales, así como de instituciones privadas, de la sociedad civil y de profesionales especializados, que coadyuven al cumplimiento de sus funciones, pudiendo para tal efecto, realizar las convocatorias que sean necesarias.
Para efectos de lo establecido en el literal "c" del artículo 5, el Grupo de Trabajo Multisectorial podrá invitar a participar en sus trabajos a los Ministerios de Salud, Cultura y del Ambiente."
Artículo 4.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Educación, el Ministro de Agricultura y Riego;
el Ministro de la Producción, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN
Ministro de Agricultura y Riego
EDUARDO FERREYROS KÜPPERS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS
Ministro del Interior
ANA MARÍA ROMERO - LOZADA LAUEZZARI
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE
Ministro de la Producción
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)