10/13/2016

DECRETO SUPREMO N° 281-2016-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, a favor del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles DECRETO SUPREMO Nº 281-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 601436 NORMAS LEGALES Jueves 13 de octubre de 2016 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprueban los créditos presupuestarios correspondientes a los pliegos presupuestarios
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, a favor del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles
DECRETO SUPREMO Nº 281-2016-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
601436 NORMAS LEGALES
Jueves 13 de octubre de 2016 / El Peruano
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprueban los créditos presupuestarios correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, encontrándose entre ellos, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, según el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales es un órgano de línea de ámbito nacional que ejerce la Autoridad Ambiental Sectorial y se encarga de velar por el cumplimiento de las normas socio ambientales, con el fin de asegurar la viabilidad socio ambiental de los proyectos de infraestructura y servicios de transporte;

Que, mediante la Ley Nº 29968, se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente;

Que, el numeral 1.3 del artículo 1 de la citada Ley, estable que el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) es el ente encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) regulados en la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental;

Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29968, faculta al Ministerio de Economía y Finanzas para que mediante decreto supremo se aprueben las transferencias de partidas que deban realizarse, en el marco de las transferencias de funciones que se produzcan por la aplicación de la citada Ley;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2015-MINAM se aprueba el Cronograma de Transferencia de Funciones de las Autoridades Sectoriales al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) en el marco de la Ley Nº 29968; asimismo, el artículo 4 del referido Decreto Supremo establece que la culminación de cada uno de los procesos de transferencia de funciones se formaliza mediante Resoluciones Ministeriales del Ministerio del Ambiente; estableciéndose en su artículo 5 que las acciones que realicen las Autoridades Sectoriales y el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), en el marco de los procesos de transferencia se sujetan a sus presupuestos institucionales respectivos, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Público;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 160-2016-MINAM, se aprueba la culminación del proceso de transferencia de funciones del subsector Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE); determinándose que a partir del 14 de julio de 2016, el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE)
asume las funciones materia de la transferencia;

Que, mediante el Oficio Nº 086-2016-SENACE/SG
el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones continuar con el trámite de aprobación de la transferencia de partidas a favor de la referida institución, en el marco de la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29968;

Que, a través del Memorándum Nº 1190-2016-MTC/16, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales remite a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el Informe Nº 009-2016-MTC/16.03, en el cual determina la suma de CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS
SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 197 573,00), como monto a transferir a favor del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), para el ejercicio de las funciones del subsector Transportes;

Que, a través del Memorando Nº 1582-2016-MTC/09.03, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones adjunta el Informe Nº 931-2016-MTC/09.03 de la Oficina de Presupuesto de la citada Oficina General, en el cual considera procedente la transferencia de recursos a favor del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), e informa que se cuenta con disponibilidad presupuestal en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del presupuesto institucional del pliego 036:

Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el indicado financiamiento; en virtud de lo cual, a través del Oficio Nº 1839-2016-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS
SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 197 573,00) del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor del pliego 052: Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), para financiar las funciones transferidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, subsector Transportes;

De conformidad con lo establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29968, Ley de Creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE)
y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL
QUINIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 197 573,00) del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor del pliego 052: Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), para financiar las funciones transferidas del subsector Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000605 : Control, Aprovechamiento y Calidad Ambiental FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 197 573,00
--------------- TOTAL EGRESOS 197 573,00
========
A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 052 : Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5004922 : Evaluación de Estudios de Impacto Ambiental Detallado EIA-d FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 197 573,00
--------------- TOTAL EGRESOS 197 573,00
========
601437 NORMAS LEGALES
Jueves 13 de octubre de 2016
El Peruano / Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y la Ministra del Ambiente.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de octubre del año dos mil dieciséis.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Ministro de Transportes y Comunicaciones
ELSA GALARZA CONTRERAS
Ministra del Ambiente

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