10/26/2016

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 239-2016-SERFOR/DE Aprueban "Lineamientos para el otorgamiento

Aprueban "Lineamientos para el otorgamiento de la Licencia para conductores certificados de caza deportiva" RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 239-2016-SERFOR/DE Lima, 21 de octubre de 2016 VISTO: El Informe Técnico Nº 102-2016-SERFOR/DGPCFFS-DPR de fecha 6 de julio de 2016; el Informe Técnico Nº 119-2016-SERFOR/DGPCFFS-DPR de fecha 9 de agosto de 2016 y el Informe Técnico Nº 157-2016-SERFOR/DGPCFFS-DPR de fecha 6 de octubre de 2016, emitidos por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección
Aprueban "Lineamientos para el otorgamiento de la Licencia para conductores certificados de caza deportiva"
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 239-2016-SERFOR/DE
Lima, 21 de octubre de 2016
VISTO:

El Informe Técnico Nº 102-2016-SERFOR/DGPCFFS-DPR de fecha 6 de julio de 2016; el Informe Técnico Nº 119-2016-SERFOR/DGPCFFS-DPR de fecha 9 de agosto de 2016 y el Informe Técnico Nº 157-2016-SERFOR/DGPCFFS-DPR de fecha 6 de octubre de 2016, emitidos por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y el Informe Legal Nº 253-2016-SERFOR-OGAJ de fecha 17 de octubre de 2016 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, el artículo 14 de la referida Ley, establece que una de las funciones del SERFOR, es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre;

Que, asimismo el artículo 104 de la precitada Ley, refiere entre otros, que el reglamento regula la práctica de la caza deportiva y las actividades económicas y servicios vinculados a dicha actividad a fin de optimizar sus beneficios ecológicos y socioeconómicos;

Que, en concordancia con lo señalado en el considerando anterior, el artículo 92 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2015-MINAGRI, señala que los conductores certificados de caza deportiva son aquellas 602546 NORMAS LEGALES
Miércoles 26 de octubre de 2016 / El Peruano personas naturales, conocedoras de la normatividad y práctica de la caza deportiva, que contando con una licencia otorgada por la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre - ARFFS, conducen y apoyan a los cazadores deportivos que tomen sus servicios;

Que, en ese sentido el citado Reglamento, ha regulado el procedimiento de otorgamiento de Licencia para conductores certificados de caza deportiva, estableciendo para tal efecto los requisitos para su otorgamiento, así como las obligaciones materia de cumplimiento por parte del titular de dicha licencia;

Que, por otro lado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 194-2016-SERFOR/DE de fecha 2 de setiembre del 2016, se dispuso la prepublicación de los "Lineamientos para el otorgamiento de la Licencia para conductores certificados de caza deportiva" con el propósito de recibir comentarios y/o aportes por un plazo de quince (15) días hábiles, a las disposiciones contenidas en dicho proyecto normativo; a efectos que ello coadyuve a optimizar su aplicación y alcance;

Que, estando a ello y mediante los documentos del Visto, la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, sustenta la propuesta normativa denominada "Lineamientos para el otorgamiento de la Licencia para conductores certificados de caza deportiva", recomendando por tanto su aprobación y recogiendo de esta manera los comentarios y/o aportes considerados pertinentes como consecuencia del proceso de participación ciudadana y de la evaluación correspondiente, dispuesto mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 194-2016-SERFOR/DE;

Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR, son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los "Lineamientos para el otorgamiento de la Licencia para conductores certificados de caza deportiva", que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y los Lineamientos en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, la referida resolución y los "Lineamientos para el otorgamiento de la Licencia para conductores certificados de caza deportiva", serán publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOHN LEIGH VETTER
Director Ejecutivo (e)
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

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