10/29/2016

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 171-2016-PROMPERU/SG

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 171-2016-PROMPERU/SG Lima, 26 de octubre de 2016 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 171-2016-PROMPERU/SG
Lima, 26 de octubre de 2016
Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU.

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;

Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística de PROMPERU, se ha contemplado realizar la actividad "Sense of Place, evaluación de la percepción del destino Tumbes - Piura", a realizarse en las ciudades de Guayaquil, República del Ecuador y Tumbes y Piura, República del Perú, del 2 al 6 de noviembre de 2016, con el objetivo de conocer la percepción para el turista ecuatoriano proveniente de Guayaquil del destino Tumbes - Piura, evaluando de esta manera la oferta turística actual y potencial de estos destinos para poder ampliar la promoción al mercado fronterizo del Ecuador;

Que, es importante este viaje de reconocimiento y análisis in situ porque permitirá evaluar la percepción local y determinar las principales fortalezas del destino Tumbes - Piura; viaje que deberá durar el tiempo promedio del vacacionista ecuatoriano y el resultado de esta investigación permitirá promover nuestro destino, según las preferencia y expectativas del mercado fronterizo del Ecuador;

Que, en tal razón, la Dirección de Promoción del Turismo de PROMPERU ha solicitado que se autorice la comisión de servicios de la señorita Carla Mariana Urbano Donayre, quien labora en dicha Dirección, a la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, para que en representación de PROMPERU, desarrolle actividades vinculadas a la promoción turística del Perú;

Que, la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;

De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Carla Mariana Urbano Donayre, a la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 2 al 3 de noviembre de 2016, para que en representación de PROMPERU lleve a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, durante las actividades mencionadas en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y apellidos Viáticos día
US $
Nº días Total Viáticos Carla Mariana Urbano Donayre 370,00 1 370,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Carla Mariana Urbano Donayre, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERU, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la actividad que realizará; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.

Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARACELLY LACA RAMOS
Secretaria General

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