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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 254-2016-MIDIS Aprueban los L ineamientos N° 004-2016-MIDIS,
10/20/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 254-2016-MIDIS Aprueban los L ineamientos N° 004-2016-MIDIS,
Aprueban los L ineamientos Nº 004-2016-MIDIS, "Disposiciones Generales para Transversalizar el Enfoque Intercultural en las Políticas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 254-2016-MIDIS Lima, 19 de octubre de 2016 VISTOS: El Informe Nº 334-2016-MIDIS/VMPES/DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias; el Memorando Nº 220-2016-MIDIS/VMPES, emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe Nº 029-2016-MIDIS/
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 254-2016-MIDIS
Lima, 19 de octubre de 2016
VISTOS:
El Informe Nº 334-2016-MIDIS/VMPES/DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias; el Memorando Nº 220-2016-MIDIS/VMPES, emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe Nº 029-2016-MIDIS/ VMPS/DGCOPS, emitido por la Dirección General de Coordinación de Prestaciones Sociales; el Memorando Nº 427-2016-MIDIS/VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe Nº 095-2016-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
y el Informe Nº 418-2016-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica;
y siendo competente para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial;
Que, la citada Ley Nº 29792, en su artículo 5 prevé que las políticas de desarrollo e inclusión social tienen su fundamento en los principios y valores de respeto a los derechos humanos, desarrollo humano, justicia social, equidad, inclusión, universalismo, solidaridad, 601978 NORMAS LEGALES
Jueves 20 de octubre de 2016 / El Peruano igualdad, descentralización, calidad, efectividad, participación social, interculturalidad, emprendimiento e intersectorialidad; y en el literal g) de su artículo 8, establece entre las funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, formular y aprobar las disposiciones normativas de su competencia;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2013-MIDIS, se aprobó la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social "Incluir para Crecer", como expresión de la política de desarrollo e inclusión social basada en la articulación de los diversos sectores y niveles de gobierno involucrados, según sus respectivas competencias, para el logro de resultados prioritarios de desarrollo e inclusión social; estableciéndose como una de las dimensiones transversales a dicha estrategia el aspecto de interculturalidad;
Que, por su parte, el artículo 54 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS, establece que la Dirección General de Políticas y Estrategias del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social es el órgano de línea responsable de proponer y conducir el diseño de las políticas y estrategias en materia de desarrollo e inclusión social, dirigir la articulación con otros actores públicos y privados para el establecimiento de la política, y la definición y seguimiento del funcionamiento del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social - SINADIS.
Asimismo tiene entre otras funciones, conducir y proponer políticas públicas y estrategias nacionales, en materia de desarrollo e inclusión social, considerando las dimensiones transversales de género e interculturalidad, dirigiendo el monitoreo y la supervisión para su cumplimiento;
Que, en el marco de sus competencias funcionales, la Dirección General de Políticas y Estrategias, mediante Informe Nº 334-2016-MIDIS/VMPES/DGPE, ha propuesto la aprobación de los lineamientos denominados "Disposiciones Generales para Transversalizar el Enfoque Intercultural en las Políticas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social", con el objetivo de facilitar la operatividad del enfoque intercultural en el diseño, implementación, evaluación y seguimiento de las políticas del Ministerio, a fin de que los procesos de desarrollo e inclusión social, dirigidos a la población culturalmente diversa, particularmente a los pueblos indígenas u originarios y a la población afroperuana, sean pertinentes a sus características culturales;
Que, estando a lo indicado en los documentos de Vistos, corresponde aprobar los lineamientos denominados "Disposiciones Generales para Transversalizar el Enfoque Intercultural en las Políticas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social", propuestos por la Dirección General de Políticas y Estrategias;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Políticas y Estrategias, de la Dirección General de Coordinación de Prestaciones Sociales, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los Lineamientos Nº 004-2016-MIDIS, "Disposiciones Generales para Transversalizar el Enfoque Intercultural en las Políticas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ", cuyo texto, en anexo, forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Políticas y Estrategias ejecute las acciones de difusión y asistencia técnica a los distintos órganos y unidades orgánicas del Ministerio, para la implementación de los lineamientos aprobados en el artículo precedente. Estas acciones se ejecutan en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la emisión de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis. gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
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