10/21/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 413-2016-MEM/DM Otorgan a favor de YURA SA, concesión definitiva para

Otorgan a favor de YURA SA, concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto Línea de Transmisión en 30 kV S.E, Cantera, ubicado en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 413-2016-MEM/DM Lima, 4 de octubre de 2016 VISTO: El Expediente Nº 14365815 sobre la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de 602055 NORMAS LEGALES Viernes 21 de octubre de 2016 El Peruano / transmisión de energía eléctrica para el proyecto Línea
Otorgan a favor de YURA SA, concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto Línea de Transmisión en 30 kV S.E, Cantera, ubicado en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 413-2016-MEM/DM
Lima, 4 de octubre de 2016
VISTO: El Expediente Nº 14365815 sobre la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de 602055 NORMAS LEGALES
Viernes 21 de octubre de 2016
El Peruano / transmisión de energía eléctrica para el proyecto Línea de Transmisión en 30 kV S.E. Yura - S.E. Cantera, presentado por Yura S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11002253 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº XII - Sede Arequipa, Oficina Registral de Arequipa;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el documento ingresado con Registro Nº 2538403 de fecha 28 de setiembre de 2015, Yura S.A.
solicita la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto Línea de Transmisión en 30 kV S.E. Yura - S.E. Cantera, ubicado en el distrito de Yura, provincia y departamento de Arequipa, cuyas coordenadas UTM (WGS 84) figuran en el Expediente;

Que, mediante la Resolución Directoral Nº 072-2015-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM de fecha 20 de marzo de 2015, la Dirección General de Asuntos Ambientales del Viceministerio de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción aprueba a favor de Yura S.A., la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Línea de Subtransmisión 30 kV S.E. Cantera Caliza -
Cemento Yura", ubicado en el distrito de Yura, provincia y departamento de Arequipa, el cual se refiere al mismo proyecto que es objeto de la solicitud indicada en el considerando que antecede;

Que, la petición se encuentra amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación;

Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, luego de haber verificado y evaluado que la empresa peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento ha emitido el Informe Nº 433-2016-MEM/DGE-DCE recomendando otorgar la concesión de transmisión;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 28 de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Con la opinión favorable de la Directora General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de Yura S.A., la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto Línea de Transmisión en 30 kV S.E. Yura - S.E. Cantera, ubicado en el distrito de Yura, provincia y departamento de Arequipa, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:

Salida/Llegada de la Línea de Transmisión Tensión (kV)
Nº de Ternas Longitud (km)
Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m)
S.E. YURA - S.E. CANTERA 30 01 20,052 11
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 491-2016 a suscribirse entre Yura S.A. y el Ministerio de Energía y Minas, el cual consta de 19 cláusulas y 03
anexos.

Artículo 4.- Autorizar a la Directora General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión, aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 5.- El texto de la presente Resolución Ministerial debe incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión Nº 491-2016 referido en el artículo 3 de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, debe ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y será notificada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas

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