10/25/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 523-2016-MINEDU 602351 NORMAS LEGALES Martes 25 de octubre de 2016 El

602352 NORMAS LEGALES Martes 25 de octubre de 2016 / El Peruano Autorizan transferencia de recursos para financiar el pago de la Segunda Armada del Convenio Nº 175-2016-MINEDU suscrito entre el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Ingeniería RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 523-2016-MINEDU Lima, 24 de octubre de 2016 CONSIDERANDO Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
602352 NORMAS LEGALES Martes 25 de octubre de 2016 / El Peruano Autorizan transferencia de recursos para financiar el pago de la Segunda Armada del Convenio Nº 175-2016-MINEDU suscrito entre el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Ingeniería
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 523-2016-MINEDU
Lima, 24 de octubre de 2016
CONSIDERANDO
Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, mediante Resolución Ministerial Nº 0594-2015-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 12 269 332 782,00 (Doce mil doscientos sesenta y nueve millones trescientos treinta y dos mil setecientos ochenta y dos y 00/100 Soles) por toda Fuente de Financiamiento;

Que, la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante el Año Fiscal 2016, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales suscriban convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo; dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que transfiere los recursos, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, con fecha 30 de junio de 2016, el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Ingeniería - UNI, suscribieron el Convenio Nº 175-2016-MINEDU, en el marco de lo establecido en la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, con el objeto que la UNI, fuera del ámbito de su actividad ordinaria, se encargue de la recopilación y análisis de información relacionada al fortalecimiento de capacidades y bienestar de los docentes, sobre la base de la aplicación de la Encuesta Nacional a Docentes de Instituciones Educativas Públicas y Privadas para el año 2016 (ENDO 2016); estableciéndose además, que el Ministerio de Educación transferirá a favor de la UNI
hasta la suma de S/ 1 790 207,50 (Un millón setecientos noventa mil doscientos siete y 50/100 Soles), la cual cubrirá los gastos administrativos efectivamente realizados por la UNI para el cumplimiento del objeto del Convenio bajo comentario;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 408- 2016-MINEDU se autorizó una Transferencia Financiera a favor del Pliego 514: U.N. de Ingeniería, para financiar el pago de la Primera Armada del Convenio
Nº 175-2016-MINEDU;

Que, con Informe Nº 275-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIBRED, la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, sustenta y solicita se efectúe una Transferencia Financiera hasta por el monto de S/ 537 062,25 (Quinientos treinta y siete mil sesenta y dos y 25/100 Soles), para financiar el pago de la Segunda Armada del Convenio Nº 175-2016-MINEDU, conforme a lo establecido en el numeral X. Forma de Pago del Anexo A del referido Convenio;

Que, a través del Informe Nº 625-2016-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica emite opinión favorable a la Transferencia Financiera a efectuarse a favor de la UNI y señala que en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 01: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para financiar la citada Transferencia Financiera;

Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 537
062,25 (Quinientos treinta y siete mil sesenta y dos y 25/100 Soles), para financiar el pago de la Segunda Armada del Convenio Nº 175-2016-MINEDU;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510;
el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01; y, la Directiva Nº 002-2016-MINEDU/SPE-OPEP-UPP
"Procedimientos para la Autorización de Transferencias Financieras y el Registro de Información en el Marco de los Acuerdos y Convenios suscritos por el Ministerio de Educación en el año 2016", aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 123-2016-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorízase una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma de S/ 537 062,25 (Quinientos treinta y siete mil sesenta y dos y 25/100 Soles) por la Fuente de Financiamiento 01: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 514: U.N. de Ingeniería, para financiar el pago de la Segunda Armada del Convenio Nº 175-2016-MINEDU
suscrito entre el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Ingeniería - UNI.

Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 3.- La Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente transferencia en el marco del Convenio Nº 175-2016-MINEDU.

Artículo 4. Copia de la presente Resolución Ministerial se remite a la Oficina General de Administración del Ministerio de Educación, para que efectúe las acciones que correspondan.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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