10/21/2016

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 228-2016-RE

Remiten al Congreso de la República, la documentación relativa al "Protocolo de 1996 relativo al Convenio sobre la Prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, 1972" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 228-2016-RE Lima, 20 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el "Protocolo de 1996 relativo al Convenio sobre la Prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, 1972" fue adoptado el
Remiten al Congreso de la República, la documentación relativa al "Protocolo de 1996 relativo al Convenio sobre la Prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, 1972"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 228-2016-RE
Lima, 20 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:

Que, el "Protocolo de 1996 relativo al Convenio sobre la Prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, 1972"
fue adoptado el 7 de noviembre de 1996 en el marco de la "Reunión especial de las Partes contratantes para considerar y adoptar el Protocolo de 1996 relativo al Convenio de Londres 1972", llevada a cabo del 28 de octubre al 8 de noviembre de 1996, en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte;

Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú;
y, el primer párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al "Protocolo de 1996
relativo al Convenio sobre la Prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, 1972" adoptado el 7 de noviembre de 1996 en el marco de la "Reunión especial de las Partes contratantes para considerar y adoptar el Protocolo de 1996 relativo al Convenio de Londres 1972", llevada a cabo del 28 de octubre al 8 de noviembre de 1996, en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores

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