11/05/2016

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 164-2016-SINEACE/CDAH-P Oficializan

Oficializan Acuerdo mediante el cual se acordó otorgar la acreditación a diversas carreras pedagógicas del Instituto Superior de Educación Público "Hno. Victorino Elorz Goicoechea", de Cajamarca, región Cajamarca RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 164-2016-SINEACE/CDAH-P Lima, 3 de noviembre de 2016 VISTOS: El Informe Nº 061-2016-SINEACE/ST-DEA-IEES, de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior; y, el Informe Nº 122-2016-SINEACE/TP-ST-OAJ,
Oficializan Acuerdo mediante el cual se acordó otorgar la acreditación a diversas carreras pedagógicas del Instituto Superior de Educación Público "Hno. Victorino Elorz Goicoechea", de Cajamarca, región Cajamarca
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 164-2016-SINEACE/CDAH-P
Lima, 3 de noviembre de 2016
VISTOS:

El Informe Nº 061-2016-SINEACE/ST-DEA-IEES, de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior; y, el Informe Nº 122-2016-SINEACE/TP-ST-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral;

Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa;

Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria del 09 de julio del 2014 se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley Nº 28740, dejándose sin efecto en tal sentido, al Consejo Superior y los órganos operadores del sistema;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 se constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE;

Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 163-2016-SINEACE/CDAH-P, del 31 de octubre 2016, se declara fundado el recurso de reconsideración interpuesto por el Instituto Superior de Educación Público "Hno. Victorino Elorz Goicoechea" de Cajamarca;

Que, en atención a lo indicado precedentemente y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo Nº 188-2016-CDAH de sesión del 19 de octubre 2016, acordó otorgar la acreditación a las carreras pedagógicas: Educación Inicial; Educación Primaria; Educación Básica Alternativa;

Educación Secundaria: especialidades de Matemática, Comunicación, Ciencias Sociales, Educación Física, Computación e Informática, Ciencia Tecnología y Ambiente, del Instituto Superior de Educación Público "Hno. Victorino Elorz Goicoechea", de Cajamarca, región Cajamarca, al haber alcanzado una valoración que permite otorgarle una vigencia de dos años, de acuerdo con el Procedimiento para la Evaluación y Acreditación de las Instituciones de Educación Superior No Universitaria- versión II;

Con el visto bueno de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, de la Secretaría Técnica y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa -
SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria y la Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 188-2016-CDAH de sesión del 19 de octubre 2016, mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc, acordó otorgar la acreditación a las carreras pedagógicas: Educación Inicial; Educación Primaria; Educación Básica Alternativa; Educación Secundaria: especialidades de Matemática, Comunicación, Ciencias Sociales, Educación Física, Computación e Informática, Ciencia Tecnología y Ambiente, del Instituto Superior de Educación Público "Hno. Victorino Elorz Goicoechea", de Cajamarca, región Cajamarca, con una vigencia de dos (2) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución.

Artículo 2º. - Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal web de la Entidad (www.sineace.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
SINEACE

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