11/05/2016

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 164-2016-CONCYTEC-P Aprueban subvención a favor de la Academia

Aprueban subvención a favor de la Academia Nacional de Ciencias RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 164-2016-CONCYTEC-P Lima, 3 de noviembre de 2016 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 030-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 261 -2016-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los Informes Nº 258-2016-CONCYTEC-OGPP y Nº 221-2016-CONCYTEC -OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que,
Aprueban subvención a favor de la Academia Nacional de Ciencias
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 164-2016-CONCYTEC-P
Lima, 3 de noviembre de 2016
VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 030-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 261
-2016-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los Informes Nº 258-2016-CONCYTEC-OGPP y Nº 221-2016-CONCYTEC -OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2016-CONCYTEC-P, modificada a través de la Resolución de Presidencia Nº 062-2016-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 003-2016 -CONCYTEC-OGPP
"Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016" (en adelante, la Directiva);

Que, mediante Oficio Nº 261-2016-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación de una subvención a favor de una persona jurídica privada por un monto total de S/ 99,000.00, en el marco del Convenio Específico de Subvención de Cooperación Institucional suscrito entre la Academia Nacional de Ciencias y el FONDECYT;

Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 030-2016 -FONDECYT-UPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar una subvención a persona jurídica privada por un monto total de S/ 99,000.00, a favor de la Academia Nacional de Ciencias, para cofinanciar el programa en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalado en el referido Informe Técnico Legal. Los referidos órganos adjuntan el Certificado de Crédito Presupuestario Nº 0000000699, y copia del Convenio Específico de Subvención de Cooperación Institucional;

Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar el desembolso solicitado en el Informe Técnico Legal Nº 030-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, el citado Convenio Específico de Subvención de Cooperación Institucional y en la normativa vigente sobre la materia;

Que, mediante Informe Nº 258-2016-CONCYTEC-OGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, concluyendo que la aprobación de la subvención a favor de persona jurídica privada solicitada por el FONDECYT se enmarca en la Directiva y cuenta con disponibilidad presupuestal para ser atendida hasta por el importe total de S/ 99,000.00, con la cual se cofinanciará el programa en CTI señalado en el Informe Técnico Legal Nº 030-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM;

Que, con el Informe Nº 221-2016-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 030-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y en el Informe Nº 258-2016-CONCYTEC-OGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva;

Con la visación de la Secretaria General (e), del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT , del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar una subvención a favor de persona jurídica privada por la suma total de S/ 99,000.00 (Noventa y Nueve Mil y 00/100 Soles); en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:

Nº Tipo de Cofinanciamiento Programa o proyecto Programa o proyecto Institución Monto aprobadoS/ (En Soles)
Monto Total S/ (En Soles)
1
Subvenciones a personas jurídicas privadas Programa "Distinción al Mérito Santiago Antúnez de Mayolo Gomero"
Academia Nacional de Ciencias 99,000.00 99,000.00
Monto Total S/ 99,000.00
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GISELLA ORJEDA, PhD
Presidente

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