11/12/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1014/RE-2016 Delegan en el Secretario General la facultad de oficializar

Delegan en el Secretario General la facultad de oficializar mediante resolución el carácter internacional de eventos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1014/RE-2016 Lima, 10 de noviembre de 2016 VISTA: La Hoja de Trámite (GAB) Nº 1329, de 28 de octubre de 2016, del Despacho Ministerial; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2001-RE se estableció que el Ministerio de Relaciones Exteriores es la entidad del Gobierno Central encargada de otorgar carácter internacional a cualquier
Delegan en el Secretario General la facultad de oficializar mediante resolución el carácter internacional de eventos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1014/RE-2016
Lima, 10 de noviembre de 2016
VISTA:

La Hoja de Trámite (GAB) Nº 1329, de 28 de octubre de 2016, del Despacho Ministerial;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2001-RE
se estableció que el Ministerio de Relaciones Exteriores es la entidad del Gobierno Central encargada de otorgar carácter internacional a cualquier asamblea, conferencia, congreso o seminario que se realice en el territorio de la República, con la participación de delegaciones extranjeras;

Que, en el referido Decreto Supremo, modificado por el Decreto Supremo Nº 083-2016-RE, se prevé que los interesados en la realización de un evento internacional en el Perú, dirigirán una solicitud para su oficialización al sector del Gobierno Central al que corresponda el carácter de la reunión. Si este sector considera que la realización del evento implica un aporte a los intereses del Estado, transmitirá la solicitud al Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual, de considerarlo conveniente, oficializará el carácter internacional del evento mediante resolución ministerial o resolución emitida por el órgano a quien se delegue dicha facultad.

604038 NORMAS LEGALES
Sábado 12 de noviembre de 2016 / El Peruano Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normativa lo autorice;

Con los visados de la Secretaría General y de la Oficina General de Asuntos Legales:

Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Delegar en el Secretario General, la facultad de oficializar mediante resolución el carácter internacional de eventos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, modificado por el Decreto Supremo Nº 083-2016-RE, atendiendo a los considerandos de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores

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