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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 276-2016-MIDIS Modifican Directiva N° 001-2013-MIDIS, Procedimientos
11/22/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 276-2016-MIDIS Modifican Directiva N° 001-2013-MIDIS, Procedimientos
Modifican Directiva Nº 001-2013-MIDIS, Procedimientos Generales para la Operatividad del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 276-2016-MIDIS Lima, 21 de noviembre de 2016 VISTO: El Oficio Nº 1324-2016-MIDIS/PNAEQW-DE, emitido por la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29792, se creó el Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 276-2016-MIDIS
Lima, 21 de noviembre de 2016
VISTO:
El Oficio Nº 1324-2016-MIDIS/PNAEQW-DE, emitido por la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma.
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social como organismo rector de las políticas nacionales en materia de desarrollo social, superación de la pobreza y promoción de la inclusión y equidad social, así como de la protección social de poblaciones en situación de riesgo, vulnerabilidad y abandono;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cuyo propósito es brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres (03) años de edad y del nivel de educación primaria de la Educación Básica en instituciones educativas públicas;
Que, por Decreto Supremo Nº 006-2014-MIDIS y Decreto Supremo Nº 004-2015-MIDIS, se dispuso que el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, de forma progresiva, atienda a los escolares de nivel secundaria de las instituciones públicas localizadas en los pueblos indígenas que se ubican en la Amazonia Peruana, y se modificó el segundo párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, estableciendo que el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma tendrá una vigencia de seis (06) años;
Que, por otro lado, mediante Decreto Supremo Nº 001-2013-MIDIS, se establecieron disposiciones generales para la transferencia de recursos financieros a los comités u organizaciones que, de acuerdo con el modelo de cogestión, se constituyan para la provisión de bienes y servicios, de conformidad con lo estipulado en la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;
Que, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobó, mediante Resolución Ministerial Nº 016-2013-MIDIS, la Directiva Nº 001-2013-MIDIS, Procedimientos Generales para la Operatividad del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, que contiene las disposiciones para la conformación y el reconocimiento de los comités u organizaciones, así como los procedimientos operativos, de compras y de rendición de cuentas para la provisión de los bienes y servicios del programa; modificada por Resolución Ministerial Nº 264-2013-MIDIS; en observancia de lo dispuesto por el artículo 6 del referido Decreto Supremo
Nº 001-2013-MIDIS;
Que, mediante el documento de Visto, en el marco de sus competencias, y como resultado de la evaluación realizada durante los primeros 100 días de Gobierno, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma ha señalado que existe una reducida oferta disponible de proveedores para las adquisiciones que realizan los Comités de Compras del programa, situación que se genera por la exigencia de que el mismo proveedor cuente con todos los servicios necesarios que engloban la prestación del proveedor (como almacenamiento y transporte), al no permitirse la subcontratación de la prestación, poniendo, de este modo, en riesgo el abastecimiento oportuno de los alimentos necesarios para la ejecución de las prestaciones a cargo del programa;
Que, en ese sentido, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, en mérito a las experiencias recogidas en los procesos de compra anteriores, considera necesario efectuar la modificación de la Directiva Nº 001-2013-MIDIS, en el extremo relativo a autorizar por excepción, la subcontratación de los servicios logísticos de almacenaje y de transporte de alimentos, manteniendo el proveedor la responsabilidad por la ejecución total del contrato ante el Comité de Compra; lo que permitirá ampliar la oferta disponible de proveedores del programa y una ejecución adecuada de sus prestaciones;
Que, en atención a lo expuesto, se estima pertinente modificar la Directiva Nº 001-2013-MIDIS, aprobada 604788 NORMAS LEGALES
Martes 22 de noviembre de 2016 / El Peruano mediante Resolución Ministerial Nº 016-2013-MIDIS, modificada con Resolución Ministerial Nº 264-2013-MIDIS;
en el extremo de considerar la subcontratación de los servicios logísticos de almacenaje y de transporte en la contratación de la prestación de los proveedores de los Comités de Compras, a fin de optimizar la operatividad del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma y coadyuvar al cumplimiento de sus objetivos institucionales;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación de la Directiva Nº 001-2013-MIDIS
Modificar el literal e) del numeral 6.4.4 de la Directiva Nº 001-2013-MIDIS, Procedimientos Generales para la Operatividad del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, aprobada por Resolución Ministerial Nº 016-2013-MIDIS, modificada con Resolución Ministerial Nº 264-2013-MIDIS, el cual queda redactado de la siguiente manera:
"6.4 Del Proceso de Compra. (...)
6.4.4 Los Comités de Compra realizan las contrataciones de productos y raciones para la atención del servicio alimentario, de acuerdo al siguiente proceso: (...)
e) Firma del Contrato. (...)
No se permite la cesión de posición contractual ni la subcontratación de la prestación a cargo del proveedor, excepto la subcontratación de los servicios logísticos de almacenaje y de transporte de alimentos.
En caso de subcontratación, el proveedor mantiene la responsabilidad por la ejecución total del contrato ante el Comité de Compra".
Artículo 2.- Publicación Publíquese la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe) y en el Portal Institucional Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.qaliwarma.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
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