11/03/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 422-2016-MC Aprueban lista de proyectos priorizados para ser financiados

Aprueban lista de proyectos priorizados para ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 422-2016-MC Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTOS, el Oficio Nº 1277-2016-EF/50.06 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; los Informes Nº 000577-2016/OGPP/SG/MC y Nº 000599-2016/OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 000363-2016-SG/MC de la Secretaría
Aprueban lista de proyectos priorizados para ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 422-2016-MC
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTOS, el Oficio Nº 1277-2016-EF/50.06 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; los Informes Nº 000577-2016/OGPP/SG/MC y Nº 000599-2016/OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 000363-2016-SG/MC de la Secretaría General; el Memorando Nº 000429-2016/VMPCIC/MC; y el Proveído Nº 008007-2016/ VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y normas modificatorias, se aprobaron medidas con el objeto de impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios con los gobiernos regionales y/o locales y universidades públicas que reciban recursos provenientes del canon, sobrecanon y regalías mineras, en lo que les sea aplicable;

Que, el artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1238, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el ámbito de sus competencias, a efectuar la ejecución de proyectos de inversión pública en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, deporte y ambiente, incluyendo su mantenimiento, mediante los procedimientos establecidos en la Ley Nº 29230;

Que, los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 409-2015-EF, disponen que corresponde a las Entidades Públicas aprobar la lista de proyectos priorizados, los cuales deben estar en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar 603363 NORMAS LEGALES
Jueves 3 de noviembre de 2016
El Peruano / con la declaración de viabilidad en el marco del SNIP
y, cuando corresponda, podrán incluir investigación aplicada y/o innovación tecnológica; para lo cual, la lista de proyectos priorizados a ejecutar en el marco de la Ley Nº 30264, deberá ser aprobada por resolución del Titular de la Entidad Pública del Gobierno Nacional;

Que, asimismo, los numerales 8.1 y 8.2 del artículo 8 del Reglamento antes mencionado, disponen que tratándose de proyectos a ejecutar en el marco de la Ley Nº 30264, de manera previa a la emisión de la resolución que prioriza los proyectos y su mantenimiento, de ser el caso, la Entidad Pública solicita opinión favorable a la Dirección General de Presupuesto Público respecto a la Capacidad Presupuestal con la que cuenta para el financiamiento de los proyectos y su mantenimiento, de ser el caso; y dentro de los diez (10)
días de recibida la opinión favorable sobre la Capacidad Presupuestal, la Entidad Pública emite la resolución que aprueba la lista de proyectos priorizados;

Que, mediante Oficio Nº 1277-2016-EF/50.06, recibido el 18 de octubre de 2016, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión favorable respecto a la capacidad presupuestal para la ejecución de proyectos de inversión pública bajo el mecanismo de obras por impuestos hasta por la suma de S/ 95 136 752,65 (Noventa y cinco millones ciento treinta y seis mil setecientos cincuenta y dos con 65/100 Soles);

Que, con Memorando Nº 000363-2016-SG/MC de fecha 19 de octubre de 2016, la Secretaría General solicita la priorización de proyectos de inversión pública que deberán ejecutarse bajo el mecanismo de obras por impuestos;

Que, en este sentido, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Memorando Nº 000429-2016/VMPCIC/MC de fecha 25 de octubre de 2016 y Proveído Nº 008007-2016/VMPCIC/MC de fecha 02 de noviembre de 2016, propone la priorización de tres (03) proyectos de inversión pública, los cuales se encuentran en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional en materia de cultura y cuentan con declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública;

Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, corresponde aprobar la lista de proyectos priorizados para ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento;

Con el visado de la Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Secretaria General, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado; la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico; el Decreto Supremo Nº 409-2015-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29230 y del artículo 17 de la Ley Nº 30264; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la lista de proyectos priorizados para ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley Nº 30264 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 409-2015-EF, los mismos que a continuación se detallan:


DEPARTA-MENTO
CÓDIGO
SNIP
NOMBRE DEL
{G}PROYECTO
MONTO DE
INVERSIÓN EN
SOLES
1 CUSCO 313663
RECUPERACION DEL
MONUMENTO TEMPLO
SANTIAGO APÓSTOL
DE KUÑOTAMBO,
DISTRITO DE
RONDOCAN, PROVINCIA
DE ACOMAYO,
DEPARTAMENTO DE
CUSCO
4 988,328.97

DEPARTA-MENTO
CÓDIGO
SNIP
NOMBRE DEL
{G}PROYECTO
MONTO DE
INVERSIÓN EN
SOLES
2 LA LIBERTAD 267330
RECUPERACION
DE LA GALERIA B,
SECTOR CERRO DEL
CASTILLO DEL SITIO
ARQUEOLOGICO DE
MARCAHUAMACHUCO,
DISTRITO DE
HUAMACHUCO,
PROVINCIA DE
SÁNCHEZ CARRION, LA
LIBERTAD
3 903,188.90
3 LA LIBERTAD 172122
ACONDICIONAMIENTO
TURISTICO DEL
COMPLEJO
ARQUEOLOGICO EL
BRUJO DE MAGDALENA
DE CAO, DISTRITO DE
MAGDALENA DE CAO,
ASCOPE, LA LIBERTAD
1 000,000.00 (*) (*) Según lo indicado en el Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura y el Gobierno Regional de La Libertad.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Cultura

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