11/19/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 947-2016 MTC/01
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 947-2016 MTC/01 Lima, 14 de noviembre de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 1033-2016/PROINVERSION/DSI, Informe Técnico Nº 63-2016/DSI e Informe Legal Nº 044-2016/ DSI de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN, y, el Memorándum Nº 2312-2016-MTC/09 e Informe Nº 1314-2016-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, el 13 de setiembre de 2016, la empresa Santa Sofía Puertos S.A., solicitó a la Agencia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 947-2016 MTC/01
Lima, 14 de noviembre de 2016
VISTOS:
El Oficio Nº 1033-2016/PROINVERSION/DSI, Informe Técnico Nº 63-2016/DSI e Informe Legal Nº 044-2016/ DSI de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN, y, el Memorándum Nº 2312-2016-MTC/09 e Informe Nº 1314-2016-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
CONSIDERANDO:
Que, el 13 de setiembre de 2016, la empresa Santa Sofía Puertos S.A., solicitó a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la suscripción de un Convenio de Estabilidad Jurídica;
Que, mediante Oficio Nº 1033-2016/PROINVERSION/ DSI, PROINVERSIÓN remitió para conformidad de este Ministerio, el Proyecto de Convenio de Estabilidad Jurídica a suscribirse con la empresa Santa Sofía Puertos S.A., adjuntando para ello el Informe Técnico Nº 63-2016/ DSI e Informe Legal Nº 044-2016/DSI, mediante los cuales se concluye que la empresa Santa Sofía Puertos S.A., ha cumplido con la presentación de la información, documentación y los requisitos establecidos en la normativa de la materia; por lo que, resulta procedente la suscripción del Convenio de Estabilidad Jurídica;
Que, mediante Memorándum Nº 2312-2016-MTC/09, que hace suyo el Informe Nº 1314-2016-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable sobre la suscripción del proyecto de Convenio de Estabilidad Jurídica a ser celebrado con la empresa Santa Sofía Puertos S.A.;
Que, la solicitud presentada por la empresa Santa Sofía Puertos S.A. y el proyecto de Convenio de Estabilidad Jurídica presentado por PROINVERSIÓN, tienen por objeto que la empresa Santa Sofía Puertos S.A. se obligue a emitir acciones representativas de su capital por un monto ascendente a la suma de US$ 84´068,738.71 (Ochenta y Cuatro Millones Sesenta y Ocho Mil Setecientos Treinta y Ocho con 71/100 Dólares de los Estados Unidos de América) en virtud del aporte a realizar por el inversionista nacional TRABAJOS MARÍTIMOS S.A. - TRAMARSA en un plazo no mayor de dos (02) años, contado a partir del 18 de noviembre de 2015, fecha del Título Habilitante;
Que, el Convenio de Estabilidad Jurídica solicitado se encuentra dentro de los alcances de lo establecido en los Decretos Legislativos Nº 662 y Nº 757, en la Ley Nº 27342
- Ley que regula los Convenios de Estabilidad Jurídica al amparo de los Decretos Legislativos Nº 662 y 757 y en el Reglamento de los Regímenes de Garantía a la Inversión Privada, aprobado por Decreto Supremo Nº 162-92-EF, Decreto Legislativo Nº 1011 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 148-2008-EF;
Que, el artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 662
señala que los convenios de estabilidad se otorgarán por un plazo de vigencia de diez años contados a partir de la fecha de su celebración;
Que, de conformidad con el artículo 30, inciso d) del Reglamento de los Regímenes de Garantía a la Inversión Privada, aprobado por Decreto Supremo Nº 162-92-EF , y , el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 136-97-EF , corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones o quien este designe y a PROINVERSIÓN, en su condición de organismo nacional competente, la suscripción del Convenio de Estabilidad Jurídica;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, establece en el artículo 6 y en el literal k) del artículo 7 que el Ministro representa al Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
pudiendo delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado;
Que, los literales i) y j) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, señalan que los Viceministros tienen como función específica representar al Ministro en los actos y gestiones que le sean encomendados y las demás que el Ministro les delegue, en el ámbito de su competencia;
Que, estando a lo opinado por PROINVERSIÓN, y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, procede la aprobación del Convenio de Estabilidad Jurídica con la empresa Santa Sofía Puertos S.A., así como, corresponde autorizar al funcionario que lo suscribirá en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370 y en los Decretos Supremos Nº 162-92-EF, Nº 136-97-EF y
Nº 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Convenio de Estabilidad Jurídica a ser celebrado entre el Estado Peruano representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN
con la empresa Santa Sofía Puertos S.A.
Artículo 2.- Autorizar a la Viceministra de Transportes, para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el Convenio a que se refiere el artículo anterior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Ministro de Transportes y Comunicaciones
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