12/20/2016

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 8617-2016-MIDIS/PNAEQW Rectifican Anexo N° 1: Manual del

Rectifican Anexo Nº 1: Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma - versión Nº 02 RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 8617-2016-MIDIS/PNAEQW Lima, 14 de diciembre de 2016 VISTO: La Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 8563- 2016-MIDIS/PNAEQW, de fecha 02 de diciembre de 2016; el Informe Nº 00552-2016-MIDIS/PNAEQW-UOP , de fecha 06 de diciembre de 2016, de la Unidad de Organización
Rectifican Anexo Nº 1: Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma - versión Nº 02
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 8617-2016-MIDIS/PNAEQW
Lima, 14 de diciembre de 2016
VISTO:

La Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 8563- 2016-MIDIS/PNAEQW, de fecha 02 de diciembre de 2016;
el Informe Nº 00552-2016-MIDIS/PNAEQW-UOP , de fecha 06 de diciembre de 2016, de la Unidad de Organización de las Prestaciones, el Informe Nº 12655-2016-MIDIS/ PNAEQW-UAJ, de fecha 14 de diciembre de 2016, de la Unidad de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 8563-2016-MIDIS/PNAEQW, de fecha 23 de noviembre de 2016, se aprobó el Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Atención 607052 NORMAS LEGALES
Martes 20 de diciembre de 2016 / El Peruano del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma - versión Nº 02 (Código de documento normativo Nº MAN-05-PNAEQW-UOP), que se adjuntó como Anexo Nº 1 de dicha resolución, y forma parte integrante de la misma, y cuya vigencia tendrá vigencia a partir de la convocatoria del proceso de compra del año 2017;

Que, el artículo Nº 201.1, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que: "Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión";

Que, mediante Informe Nº 00552-2016-MIDIS/ PNAEQW-UOP, la Unidad de Organización de las Prestaciones informó que, se ha omitido consignar parte de los literales b) y c) del Requisito Obligatorio Nº 13 -
Modalidad Raciones, establecido en el numeral 71) del Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma - versión Nº 02 (Código de documento normativo Nº MAN-05-PNAEQW-UOP), conforme se verifica a continuación:
[...]
b) Los insumos que se utilizaran para la producción del pan, deberán contar con fichas técnicas del fabricante, Registro Sanitario o de acuerdo a la reglamentación establecida por la Autoridad Sanitaria competente (D.L.

Nº 1222) o Autorización Sanitaria o Validación requisitos obligatorios señalados en las Especificaciones Técnicas de Alimentos y demás requisitos, de acuerdo a lo establecido en las bases integradas del proceso de compras convocado [...].

Que, al respecto, la Unidad de Organización de las Prestaciones señala que los literales b) y c)
correspondientes al Requisito Obligatorio Nº 13 -
Modalidad Raciones, establecidos en el numeral 71), deben decir lo siguiente:
"b) Los insumos que se utilizarán para la producción del pan, deberán contar con fichas técnicas del fabricante, Registro Sanitario o de acuerdo a la reglamentación establecida por la Autoridad Sanitaria competente (D.L.Nº1222) o Autorización Sanitaria o Validación Técnica Oficial del Plan HACCP o Certificación de Principios Generales de Higiene (PGH), según corresponda, otorgadas por la Autoridad Sanitaria, según normativa sanitaria vigente".
c) Se compromete a ingresar por Mesa de Partes de la Unidad Territorial, la documentación completa (foliada, firmada y sellada) de todos los productos industrializados e insumos a emplear para la elaboración del componente sólido, que acredite el cumplimiento de los requisitos obligatorios señalados en las Especificaciones Técnicas de Alimentos y demás requisitos, de acuerdo a lo establecido en las bases integradas del proceso de compras convocado".

Que, asimismo, la Unidad de Organización de las Prestaciones informó también que en el tercer párrafo del Requisito Obligatorio Nº 17 - Modalidad Raciones, establecido en el numeral 71) del Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma - versión Nº 02 (Código de documento normativo Nº MAN-05-PNAEQW-UOP), se ha consignado la palabra productos, conforme se verifica a continuación:
[...]
El proveedor deberá disponer de un espacio dentro de la unidad de transporte, para que un personal (propio o contratado) del PNAEQW realice la supervisión de rutas de la modalidad de productos en las IIEE. Los productos deberán ser entregados dentro de la IE [...].

Que, la Unidad de Organización de las Prestaciones señala que el tercer párrafo del Requisito Obligatorio Nº 17 - Modalidad Raciones, establecido en el numeral 71), debe decir lo siguiente:
"El proveedor deberá disponer de un espacio dentro de la unidad de transporte, para que un personal (propio o contratado) del PNAEQW realice la supervisión de rutas de la modalidad de raciones en las IIEE. Las raciones deberán ser entregadas dentro de la IE".

Que, el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, aprobado por Resolución Ministerial Nº 124-2016-MIDIS, establece que la Dirección Ejecutiva, constituye la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa, encontrándose facultado para emitir la Resolución respectiva en asuntos de su competencia;

Con el visado de la Unidad de Organización de las Prestaciones, y la Unidad de Asesoría Jurídica;

En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, Decreto Supremo Nº 006-2014-MIDIS, Decreto Supremo Nº 004-2015-MIDIS, la Resolución Ministerial Nº 124-2016-MIDIS, y la Resolución Ministerial Nº 226-2016-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Rectificar el Anexo Nº 1: Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma - versión Nº 02 (Código de documento normativo Nº MAN-05-PNAEQW-UOP), de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 8563-2016-MIDIS/PNAEQW, de fecha 23 de noviembre de 2016, en el extremo del numeral 71), Requisito Obligatorio Nº 13 - Modalidad Raciones, literales b) y c), quedando redactado de la siguiente manera:

DICE:
[...]
b) Los insumos que se utilizaran para la producción del pan, deberán contar con fichas técnicas del fabricante, Registro Sanitario o de acuerdo a la reglamentación establecida por la Autoridad Sanitaria competente (D.L.

Nº 1222) o Autorización Sanitaria o Validación requisitos obligatorios señalados en las Especificaciones Técnicas de Alimentos y demás requisitos, de acuerdo a lo establecido en las bases integradas del proceso de compras convocado [...].

DEBE DECIR:
b) Los insumos que se utilizarán para la producción del pan, deberán contar con fichas técnicas del fabricante, Registro Sanitario o de acuerdo a la reglamentación establecida por la Autoridad Sanitaria competente (D.L.Nº1222) o Autorización Sanitaria o Validación Técnica Oficial del Plan HACCP o Certificación de Principios Generales de Higiene (PGH), según corresponda, otorgadas por la Autoridad Sanitaria, según normativa sanitaria vigente.
c) Se compromete a ingresar por Mesa de Partes de la Unidad Territorial, la documentación completa (foliada, firmada y sellada) de todos los productos industrializados e insumos a emplear para la elaboración del componente sólido, que acredite el cumplimiento de los requisitos obligatorios señalados en las Especificaciones Técnicas de Alimentos y demás requisitos, de acuerdo a lo establecido en las bases integradas del proceso de compras convocado.

Artículo Segundo.- Rectificar el Anexo Nº 1: Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma - versión Nº 02 (Código de documento normativo Nº MAN-05-PNAEQW-UOP), de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 8563-2016-MIDIS/PNAEQW, de fecha 23 de noviembre de 2016, en el tercer párrafo del Requisito Obligatorio Nº 17 - Modalidad Raciones, establecido en el numeral 71), quedando redactado de la siguiente manera:

607053 NORMAS LEGALES
Martes 20 de diciembre de 2016
El Peruano /
DICE:
[...]
El proveedor deberá disponer de un espacio dentro de la unidad de transporte, para que un personal (propio o contratado) del PNAEQW realice la supervisión de rutas de la modalidad de productos en las IIEE. Los productos deberán ser entregados dentro de la IE [...].

DEBE DECIR:

El proveedor deberá disponer de un espacio dentro de la unidad de transporte, para que un personal (propio o contratado) del PNAEQW realice la supervisión de rutas de la modalidad de raciones en las IIEE. Las raciones deberán ser entregadas dentro de la IE.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación del Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma - versión Nº 02 (Código de documento normativo Nº MAN-05-PNAEQW-UOP), con las rectificaciones dispuestas en la presente Resolución de Dirección Ejecutiva, en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.qw.gob.pe), el mismo día de la publicación de esta Resolución de Dirección Ejecutiva en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y notifíquese.

DIEGO GARCIA BELAUNDE SALDIAS
Director Ejecutivo Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma

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