12/15/2016

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 179-2016-SINEACE/CDAH-P Modifican la Res.

Modifican la Res. Nº 102-2016-SINEACE/ CDAH-P a efectos de corregir errores materiales RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 179-2016-SINEACE/CDAH-P Lima, 12 de diciembre de 2016 VISTOS: Los Informes Nº 040-2016-SINEACE/ST-DEC-IEES, 159-2016-SINEACE/ESP-EVAYCE-DEC-IEES y Nº044-2016-SINEACE/ST-DEC-IEES, emitidos por la Dirección de Evaluación y Certificación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Presidencia
Modifican la Res. Nº 102-2016-SINEACE/ CDAH-P a efectos de corregir errores materiales
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 179-2016-SINEACE/CDAH-P
Lima, 12 de diciembre de 2016
VISTOS:

Los Informes Nº 040-2016-SINEACE/ST-DEC-IEES, 159-2016-SINEACE/ESP-EVAYCE-DEC-IEES y Nº044-2016-SINEACE/ST-DEC-IEES, emitidos por la Dirección de Evaluación y Certificación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE; y,
CONSIDERANDO:

Que, con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 102- 2016-SINEACE/CDAH-P, se oficializaron los acuerdos Nº 130-2016-CDAH y Nº131-2016-CDAH, de sesión del 04 de agosto 2016 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante los cuales se autorizó la certificación y registro como Evaluadores de Competencias Profesionales a 36 participantes del II Proceso de selección de evaluadores de competencias profesionales 2016, en las carreras técnicas de: Enfermería, Prótesis Dental, Farmacia, Terapia Física y Rehabilitación, Laboratorio Clínico, Contabilidad y Negocios Internacionales; y, a 13
participantes del III proceso de selección de evaluadores de competencias profesionales 2016, en las carreras técnicas de: Administración de Negocios Internacionales, Mecánica Automotriz, Enfermería, Mecatrónica y Contabilidad;

Que, mediante los informes de vistos, la Dirección de Evaluación y Certificación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, informa que la citada resolución contiene los siguientes errores materiales: "T erapia Física", siendo lo correcto "Fisioterapia y Rehabilitación"; "Negocios Internacionales", siendo lo correcto "Administración de Negocios Internacionales"; y, "Mecatrónica", siendo lo correcto "Mecatrónica Automotriz";

Que, de conformidad con el inciso 201.1 del Artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; siendo así, corresponde generar el correspondiente acto resolutivo a efectos de proceder a la rectificación de los errores materiales advertidos en la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 102- 2016-SINEACE/CDAH-P;

Que, de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en uso de las prerrogativas contenidas en la Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificar con efecto retroactivo al 11 de agosto 2016, la Resolución de Presidencia del Consejo 606440 NORMAS LEGALES
Jueves 15 de diciembre de 2016 / El Peruano Directivo Ad Hoc Nº 102-2016-SINEACE/CDAH-P, a efectos de corregir los errores materiales contenidos en los considerandos quinto y sexto, así como en el Artículo 1º del apartado resolutivo y anexos de la citada resolución, precisándose que en adelante:
- Donde dice: "T erapia Física", debe decir: "Fisioterapia y Rehabilitación";
- Donde dice: "Negocios Internacionales", debe decir:
"Administración de Negocios Internacionales"
- Donde dice: "Mecatrónica", debe decir: "Mecatrónica Automotriz".

Artículo 2º.- Mantener subsistentes los demás extremos la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 102-2016-SINEACE/CDAH-P, del 11 de agosto 2016.

Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal web institucional (www.sineace.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc

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