12/09/2016

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 317-2016/SUNAT Aprueban nueva versión del Programa de Declaración

Aprueban nueva versión del Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo - Formulario Virtual Nº 615 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 317-2016/SUNAT Lima, 7 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que en uso de las facultades concedidas por el artículo 88º del T exto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, se aprobó mediante la Resolución de Superintendencia Nº 161-2016/SUNAT, el Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo (PDT ISC), Formulario Virtual
Aprueban nueva versión del Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo - Formulario Virtual Nº 615
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 317-2016/SUNAT
Lima, 7 de diciembre de 2016
CONSIDERANDO:

Que en uso de las facultades concedidas por el artículo 88º del T exto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, se aprobó mediante la Resolución de Superintendencia Nº 161-2016/SUNAT, el Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo (PDT ISC), Formulario Virtual Nº 615 - versión 2.9;

Que mediante el Decreto Supremo Nº 306-2016-EF
se modificó el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a determinados bienes contenidos en el Nuevo Apéndice III del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo (TUO de la Ley del IGV e ISC), aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias;

Que atendiendo a la modificación señalada en el considerando anterior, resulta necesario aprobar una nueva versión del PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615;

Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello sería innecesario, en la medida que su finalidad es adecuar el PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615
a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 306-2016-EF;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 88º del Código Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816, cuyo último Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modificatorias; el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias; el artículo 5 de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y norma modificatoria; y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobación de nueva versión del PDT
ISC, Formulario Virtual Nº 615
Apruébase la versión 3.0 del PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615.

Artículo 2. Obtención de la nueva versión del PDT
ISC, Formulario Virtual Nº 615
La nueva versión del PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615 aprobada por la presente resolución, estará a disposición de todos los interesados en SUNAT Virtual a partir del 10 de diciembre de 2016.

La SUNAT, a través de sus dependencias facilita la obtención del indicado PDT.

Artículo 3. Utilización de la nueva versión del PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615 y del PDT ISC, Formulario Virtual 615 - versión 2.9
3.1 El PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615 - versión 3.0, a partir del 10 de diciembre de 2016:
a. Deberá ser utilizado por aquellos sujetos que deban declarar y pagar el ISC de bienes contenidos en el Nuevo Apéndice III del TUO de la Ley del IGV e ISC, cuyas disposiciones hubieran sido modificadas por el Decreto Supremo Nº 306-2016-EF.
b. Podrá ser utilizado por aquellos sujetos que deban declarar y pagar el ISC de bienes contenidos en el Nuevo Apéndice III del TUO de la Ley del IGV e ISC, cuyas disposiciones no hubieran sido modificadas por el Decreto Supremo Nº 306-2016-EF.

3.2 El uso de la versión 3.0 del PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615, es obligatorio a partir del 1 de enero de 2017, independientemente del periodo que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones sustitutorias o rectificatorias.

3.3 El PDT ISC, Formulario Virtual Nº 615 - versión 2.9, podrá continuar siendo utilizado hasta el 31 de diciembre de 2016 solo por aquellos sujetos que deban declarar y pagar el ISC de bienes contenidos en el Nuevo Apéndice III del TUO de la Ley del IGV e ISC, cuyas disposiciones no hubieran sido modificadas por el Decreto Supremo Nº 306-2016-EF .

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ
Superintendenta Nacional (e)

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