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RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
12/02/2016
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
Disponen publicar proyecto de resolución que aprueba la modificación de la Norma "Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos" en la página web de OSINERGMIN RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 260-2016-OS/CD Lima, 29 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el literal c) el artículo 3.1 de la Ley Nº 27332, "Ley Marco de los Organismos Reguladores", señala que la función normativa de los Organismos Reguladores comprende la facultad de
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 260-2016-OS/CD
Lima, 29 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, el literal c) el artículo 3.1 de la Ley Nº 27332, "Ley Marco de los Organismos Reguladores", señala que la función normativa de los Organismos Reguladores comprende la facultad de dictar, en el ámbito y materia de sus respectivas competencias, entre otros, reglamentos y normas técnicas. En tal sentido, el artículo 21 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, precisa que corresponde a Osinergmin dictar reglamentos y normas de carácter general, aplicables a todas las entidades y usuarios, definiendo los derechos y obligaciones de las entidades y de éstas con sus usuarios;
Que, mediante Resolución Nº 476-2008-OS/CD, se aprobó la Norma "Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos" (Guía), con el objetivo de dar cumplimiento a lo establecido en el Reglamento del Comité de Operación Económica del Sistema (COES)", aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2008-EM, respecto de la elaboración de los Procedimientos Técnicos que, de acuerdo a la Ley Nº 28832, el COES debe proponer a Osinergmin para su aprobación, en materia de operación del Sistema 605670 NORMAS LEGALES
Viernes 2 de diciembre de 2016 / El Peruano Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) y administración del Mercado de Corto Plazo;
Que, sobre la base de la experiencia recabada, se advierte que la Guía vigente presenta algunos aspectos que requieren adecuación, en particular sobre los plazos en ella previstos y la necesidad de una evaluación a aspectos económicos en las propuestas de procedimiento remitidas por el COES, motivo por el cual se ha elaborado el proyecto normativo que la modifica;
Que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el artículo 25 del Reglamento General de Osinergmin, no tendrán carácter vinculante ni darán lugar a procedimiento administrativo;
Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, corresponde publicar el proyecto de resolución que modifica la Norma "Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos", para la recepción de comentarios y sugerencias por parte de los interesados;
Que, se ha emitido el Informe Técnico Legal Nº 719-2016-GRT de la Gerencia de Regulación de T arifas, el cual complementa la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del artículo 3º, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores, en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica; en el Reglamento COES aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2008-EM; en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas;
Estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Osinergmin en su Sesión Nº 40-2016.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la publicación en la página Web de Osinergmin www.osinergmin.gob.pe, del proyecto de resolución que aprueba la modificación de la Norma "Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos", aprobada con Resolución Nº 476-2008-OS/CD, conjuntamente con su exposición de motivos y el Informe Técnico Legal Nº 719-2016-GRT que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º.- Definir un plazo de veinte (20) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas (GRT) de Osinergmin, ubicada en la Avenida Canadá Nº 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: PRCOES@osinergmin.gob.pe. La recepción de las opiniones y sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Sra. Carmen Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo, sólo se podrán remitir comentarios, para su análisis, hasta las 06:00 p.m.
Artículo 3º.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano.
JESÚS TAMAYO PACHECO
Presidente del Consejo Directivo
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