12/15/2016

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 115-2016-SENACE/J Aprueban Directiva Recursos Impugnativos en

Aprueban Directiva Recursos Impugnativos en Procedimientos Administrativos a cargo del Senace RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 115-2016-SENACE/J Lima, 13 de diciembre de 2016 VISTO: El Informe Nº 222-2016-SENACE-SG/OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29968 se creó el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho
Aprueban Directiva Recursos Impugnativos en Procedimientos Administrativos a cargo del Senace
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 115-2016-SENACE/J
Lima, 13 de diciembre de 2016
VISTO: El Informe Nº 222-2016-SENACE-SG/OAJ
emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29968 se creó el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente, encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) regulados en la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, y sus normas reglamentarias;

Que, la Ley Nº 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2016-MINAM, establecen medidas para optimizar y fortalecer el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, integrando procedimientos que conlleven a la revisión y evaluación del Estudio de Impacto Ambiental a través de la Certificación Ambiental Global;

Que, el artículo 206 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, son impugnables los actos definitivos que ponen fin a la instancia y los actos de trámite que determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión;

Que, de acuerdo a los literales j) y k) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2015-MINAM, son funciones de la Jefatura del Senace, la aprobación de guías y normas para la implementación y adecuado desempeño de la Institución, así como la emisión de resoluciones en los asuntos concernientes a las actividades del Senace;

Que, conforme a lo establecido en los literales a)
y f) del artículo 23 del citado documento de gestión, la Oficina de Asesoría Jurídica, es el órgano encargado, entre otros, de formular y proponer disposiciones legales o reglamentarias sobre materias vinculadas a las competencias del Senace;

Que, en mérito a dichas facultades, la Oficina de Asesoría Jurídica propuso a la Alta Dirección, el proyecto de Directiva Recursos Impugnativos en Procedimientos Administrativos a cargo del Senace, para uniformizar la instrucción en la tramitación de los recursos impugnativos 606441 NORMAS LEGALES
Jueves 15 de diciembre de 2016
El Peruano / que se interpongan dentro de los procedimientos administrativos a cargo de la Dirección de Certificación Ambiental y la Dirección de Registros Ambientales del Senace, incluyendo aquellos en el que participan otras entidades, como es el caso de la Certificación Ambiental Global; con la finalidad de garantizar el derecho a un debido procedimiento administrativo y consolidar el derecho de defensa de los administrados;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 103-2016-SENACE/J, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de octubre de 2016, se dispuso la publicación del proyecto de la Directiva Recursos Impugnativos en Procedimientos Administrativos a cargo del Senace, a fin de conocer las opiniones y/o sugerencias de la ciudadanía;

Que, en dicho proceso de discusión pública se recibieron diversos aportes y sugerencias de ciudadanos, así como de diferentes entidades autoritativas y opinantes técnicos hasta el 29 de noviembre de 2016, las mismas que se han tomado en consideración y han sido incorporadas al texto final del proyecto de Directiva en cuestión;

Con el visado de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace; la Ley Nº 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible; el Decreto Supremo Nº 005-2016-MINAM, que aprueba el Reglamento del Título II de la Ley Nº 30327; y, en el marco de las atribuciones establecidas en los literales j) y k) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2015-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobar la Directiva Nº 002-2016-SENACE/J Recursos Impugnativos en Procedimientos Administrativos a cargo del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, que como anexo adjunto forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y, en la misma fecha, en el Portal Institucional del Senace (www.senace. gob.pe) conjuntamente con el anexo que la integra.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICK WIELAND FERNANDINI
Jefe del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE

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