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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 418-2016-INEI 607171 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de diciembre de 2016 El
12/21/2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 418-2016-INEI 607171 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de diciembre de 2016 El
Autorizan la ejecución de la "Encuesta Nacional de Variación Mensual del Empleo" durante el año 2017 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 418-2016-INEI Lima, 9 de diciembre de 2016 Visto el Oficio Nº 6598-2016-MTPE/4, de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo adjuntando el Oficio Nº 2593-2015-MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo y el Informe Nº 050-2016-INEI/DNCE de la Dirección Nacional de Censos
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 418-2016-INEI
Lima, 9 de diciembre de 2016
Visto el Oficio Nº 6598-2016-MTPE/4, de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo adjuntando el Oficio Nº 2593-2015-MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo y el Informe Nº 050-2016-INEI/DNCE de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática(INEI) sobre autorización para la ejecución de la "Encuesta Nacional de Variación Mensual del Empleo" para el año 2017, en Lima Metropolitana y Callao, y 29 principales ciudades del país.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática" el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Básicas referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales;
Que, la Dirección General de Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, requiere contar con información sobre el comportamiento de las variaciones coyunturales en la demanda de mano de obra en empresas del sector privado, así como las causas que inciden en el aumento y disminución de los trabajadores por ramas de actividad en nuestra economía entre otros objetivos, con excepción del sector construcción, para lo cual tiene programado realizar durante el período enero a diciembre de 2017, la "Encuesta Nacional de Variación Mensual del Empleo" en Lima Metropolitana, la Provincia Constitucional del Callao y 29 principales ciudades del país, la que servirá entre otros, para la toma de decisiones sobre las políticas de empleo y recursos humanos;
Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, ha evaluado la Ficha Técnica remitida por la Dirección General de Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; por lo que resulta necesario autorizar la ejecución de la "Encuesta Nacional de Variación Mensual del Empleo" durante el año 2017, dirigida a las empresas de 10 a más trabajadores que desarrollan actividades económicas, con excepción del sector construcción, para lo cual se ha seleccionado una muestra de 5,775 empresas en Lima Metropolitana y Callao y 8804 empresas para las 29 principales ciudades del país, así como aprobar el formulario respectivo y fijar el plazo máximo de entrega de la información, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Estadística e Informática;
Con la opinión técnica favorable de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática".
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la "Encuesta Nacional de Variación Mensual del Empleo" durante el año 2017, dirigida a una muestra representativa de empresas con 10 a más trabajadores de todos los sectores económicos, excepto construcción, ubicadas en las siguientes ciudades: Lima Metropolitana y Callao, Abancay, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Chachapoyas, Chiclayo, Chimbote, Chincha, Cusco, Huancayo, Huancavelica, Huánuco, Huaraz, lca, Iquitos, Moquegua, Paita, Cerro de Pasco, Pisco, Piura, Pucallpa, Puerto Maldonado, Puno-Juliaca, Sullana, Tacna, Talara, Tarapoto, Trujillo y Tumbes, la que será ejecutada por la Dirección General de Promoción del Empleo del MTPE en Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao y por las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, en las 29 principales ciudades del país.
Artículo 2º.- Aprobar el formulario de la mencionada Encuesta, que forma parte de la presente Resolución, la que será diligenciada por el informante de la siguiente manera:
En Lima Metropolitana y Callao a través del Sistema Intranet ENVME de la Encuesta http://disel.trabajao.gob. pe:8080/Sist_Ministerio/, mediante una clave de acceso que será entregada por el MTPE.
- En el resto de ciudades, se remitirá el cuestionario a través de mensajería o correo, y una vez diligenciado se remitirá a la Gerencia o Dirección Regional de Trabajo correspondiente en las 29 principales ciudades del país.
Artículo 3º.- Disponer que las empresas seleccionadas a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, remitan el formulario diligenciado hasta el día siete (7) del mes que se informa.
Artículo 4º.- Las empresas seleccionadas que incumplan con la presentación de la "Encuesta Nacional de Variación Mensual del Empleo" en Lima Metropolitana y Callao, y en las 29 principales ciudades del país, en la fecha establecida, serán pasibles de ser sancionadas con la multa respectiva, en aplicación de lo dispuesto por los Arts. 87º, 89º y 91º del D.S. Nº 043-2001-PCM.
Regístrese y comuníquese.
ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR
Jefe (e)
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