12/28/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 427-2016-VIVIENDA Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2017 del

Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2017 del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 427-2016-VIVIENDA Lima, 23 de diciembre de 2016 Visto, el Memorando Nº 2418-2016/VIVIENDA-OGPP de la Oficina de General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministerios de Estado, la función de dirigir el proceso de Planeamiento
Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2017 del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 427-2016-VIVIENDA
Lima, 23 de diciembre de 2016
Visto, el Memorando Nº 2418-2016/VIVIENDA-OGPP de la Oficina de General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
y,
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministerios de Estado, la función de dirigir el proceso de Planeamiento Estratégico, en el marco del Sistema de Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, el acápite ii) del numeral 7.2 del artículo 7 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que el Titular de la entidad es responsable de lograr que los objetivos y las metas establecidas en el Plan Operativo Institucional y Presupuesto Institucional se refl ejen en las Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyectos a su cargo;

Que, el artículo 71 numeral 71.2 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades;

Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/PCD, aprueba la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico" la misma que señala que el proceso de planeamiento estratégico consta de cuatro fases, una de las cuales es la Fase Institucional;

Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 010-2016-CEPLAN/PDC, se aprueba la "Guía Metodológica de la Fase Institucional", con la finalidad de orientar el desarrollo de esta fase que será implementada por todas las entidades públicas en sus procesos de planeamiento estratégico;

Que, mediante Ley Nº 30518, publicada con fecha 02 de diciembre de 2016, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y mediante 608600 NORMAS LEGALES
Miércoles 28 de diciembre de 2016 / El Peruano Resolución Ministerial Nº 426-2016-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente al Año Fiscal 2017;

Que, de acuerdo a los literales b) y g) del artículo 38 del Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tiene como funciones, el normar y conducir la formulación, seguimiento y evaluación entre otros, el Plan Operativo Institucional; y, el proponer a la Alta Dirección la aprobación, entre otros, de los planes de Ministerio en el marco de la normatividad vigente;

Que, mediante Memorando Nº 2418-2016/VIVIENDA-OGPP , la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo y remite el Informe Nº 222-2016-VIVIENDA-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, donde se establece la pertinencia de aprobar el Plan Operativo Institucional 2017 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento que adjunta, de acuerdo al Presupuesto Institucional asignado al Ministerio a través de la Ley Nº 30518 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2017; y, se recomienda la prosecución del trámite correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo
Nº 006-2015-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2017 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- El Plan Operativo Institucional 2017, podrá ser modificado y/o reformulado durante el proceso de su ejecución a propuesta de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo 3.- Los Órganos y Programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento deben remitir a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el informe de seguimiento y evaluación trimestral y semestral respectivamente, de la ejecución de las metas establecidas en el Plan Operativo Institucional (POI)
2017, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes finalizado cada trimestre del año 2017.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) conjuntamente con el Plan Operativo Institucional 2017 que se aprueba por el artículo 1 de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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