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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 009-2017/SUNAT Aprueban modificación de los numerales 2.1 y 2.2
1/21/2017
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 009-2017/SUNAT Aprueban modificación de los numerales 2.1 y 2.2
Aprueban modificación de los numerales 2.1 y 2.2 de las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la bonificación por función crítica o riesgosa a los trabajadores de la SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 009-2017/SUNAT Lima, 18 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que el artículo 12º de la Ley N.º 29816, autoriza a la SUNAT a otorgar una bonificación adicional por función crítica o riesgosa, la misma que se otorga sólo en función del trabajo crítico o riesgoso efectivamente realizado; asimismo,
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 009-2017/SUNAT
Lima, 18 de enero de 2017
CONSIDERANDO:
Que el artículo 12º de la Ley N.º 29816, autoriza a la SUNAT a otorgar una bonificación adicional por función crítica o riesgosa, la misma que se otorga sólo en función del trabajo crítico o riesgoso efectivamente realizado;
asimismo, precisa que dicha bonificación se aprueba mediante Resolución de Superintendencia;
Que mediante Resolución de Superintendencia N.º
219-2016/SUNAT se actualizaron las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la bonificación por función crítica o riesgosa a los trabajadores de la SUNAT, comprendidos en los regímenes laborales previstos en los Decretos Legislativos N.
os 276 y 728;
Que de acuerdo con el Informe Técnico N.º
002-2017-SUNAT/8A0100 emitido por la Oficina de Planificación y Organización de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, resulta necesario adecuar las definiciones de función crítica y función riesgosa, a fin de que sean acordes a los cambios organizacionales y tengan la flexibilidad que requiere la operatividad de los procesos institucionales; por lo que resulta necesario aprobar la modificación de los numerales 2.1 y 2.2 de las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la bonificación por función crítica o riesgosa a los trabajadores de la SUNAT;
De conformidad con lo señalado en el Informe N.º
002-2017-SUNAT-8A0100 emitido por la Oficina de Planificación y Organización de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos y en uso de las facultades conferidas en el artículo 12º de la Ley N.º 29816 y en los incisos g) y s) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria-SUNAT, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N.º 122-2014/SUNAT y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modificar los numerales 2.1 y 2.2 de las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la bonificación por función crítica o riesgosa a los trabajadores de la SUNAT, cuya actualización fue aprobada por Resolución de Superintendencia N.º 219-2016/SUNAT, por los siguientes textos:
"2.1. Función Crítica es aquella que es estratégica para el logro de los objetivos y metas de la Institución y por su incidencia en los productos y servicios que ésta debe proporcionar, siempre que así se califique mediante Resolución de Superintendencia, previa evaluación favorable en base a los criterios que establezca la Intendencia Nacional de Recursos Humanos.
2.2. Función Riesgosa es aquella que implique alto riesgo para el trabajador por la labor que efectúa desarrollando funciones de control o facilitación de las obligaciones tributarias, siempre que así se califique mediante Resolución de Superintendencia, previa evaluación favorable en base a los criterios que establezca la Intendencia Nacional de Recursos Humanos."
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR PAÚL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA
Superintendente Nacional
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