1/27/2017

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 003-2017-SUNEDU/CD Otorgan licencia institucional a la

Otorgan licencia institucional a la Universidad de Piura RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 003-2017-SUNEDU/CD Lima, 26 de enero de 2017 I. VISTOS: La solicitud de licenciamiento institucional con Registro de Trámite Documentario Nº 11430-2016-SUNEDU-TD, presentada el 12 de mayo de 2016 por la Universidad de Piura (en adelante, la Universidad), el Informe Técnico de Licenciamiento Nº 012-2016-SUNEDU/02-12 y el Informe Nº 003-2017-SUNEDU/02-12 (en adelante Informe Complementario), de la Dirección
Otorgan licencia institucional a la Universidad de Piura
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 003-2017-SUNEDU/CD
Lima, 26 de enero de 2017
I. VISTOS:

La solicitud de licenciamiento institucional con Registro de Trámite Documentario Nº 11430-2016-SUNEDU-TD, presentada el 12 de mayo de 2016 por la Universidad de Piura (en adelante, la Universidad), el Informe Técnico de Licenciamiento Nº 012-2016-SUNEDU/02-12
y el Informe Nº 003-2017-SUNEDU/02-12 (en adelante Informe Complementario), de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, DILIC); y el Informe Legal Nº 003-2017-SUNEDU-03-06 de la Oficina de Asesoría Jurídica (en adelante, OAJ); y,
II. CONSIDERANDO:

II.1 Antecedentes Que, según lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, el licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el 43 NORMAS LEGALES
Viernes 27 de enero de 2017
El Peruano / servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento:

Que, los numerales 15.1 y 19.1 de los artículos 15 y 19 de la citada ley, establecen como una de las funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, atribuida al Consejo Directivo, la de aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades;

Que, mediante Resolución Nº 006-2015-SUNEDU/ CD, el Consejo Directivo de la SUNEDU, aprobó el "Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano", que contiene: el Modelo de Licenciamiento Institucional, las CBC, el Plan de Implementación Progresiva del proceso de Licenciamiento y el Cronograma - Solicitud de Licenciamiento Institucional 1
;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional para Universidades Públicas o Privadas con autorización provisional o definitiva, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 007-2015-SUNEDU/CD (en adelante, el Reglamento)
2
, el procedimiento de licenciamiento institucional se desarrolla en tres etapas denominadas:
revisión documentaria, verificación presencial y emisión de la resolución, encontrándose las dos primeras de ellas, orientadas a evaluar el cumplimiento de las CBC por parte de las universidades solicitantes, a través de la revisión de los documentos que éstas alcancen para dicho fin y su verificación a través de la visita correspondiente;

Que, el 12 de mayo de 2016, la Universidad de Piura presentó su solicitud de licenciamiento institucional, adjuntando la documentación exigida por el artículo 13 del Reglamento;

Que, iniciado el procedimiento por Resolución de Trámite Nº 087-2016-SUNEDU-DILIC, del 23 de mayo del 2016, la DILIC designó al equipo a cargo de la etapa de revisión documentaria.

Que, revisada la documentación remitida por la Universidad, se efectuaron observaciones por lo que mediante Oficio Nº 274-2016-SUNEDU/02-12, notificado el 5 de agosto de 2016, se requirió a la Universidad, presente información para la subsanación en un plazo de diez días hábiles;

Que, mediante Oficio s/n, recibido el 10 de agosto de 2016, la Universidad solicitó la ampliación de plazo para la subsanación de observaciones, la cual le fue concedida y comunicada con Oficio Nº 293-2016-SUNEDU/02-12;

Que, los días 7 de setiembre, 11 y 25 de octubre y 10 de noviembre de 2016, la Universidad remitió información adicional con el objetivo de levantar las observaciones realizadas;

Que, el 10 de noviembre de 2016, la DILIC emitió el Informe de Revisión Documentaria Nº 168-2016-SUNEDU/
DILIC-EV;

Que, a través del Oficio Nº 443-2016-SUNEDU/02-12, notificado el 17 de noviembre de 2016, se informó a la Universidad el resultado favorable de la etapa de Revisión Documentaria, las fechas programada para realizar la visita de verificación presencial (en adelante, la Visita), así como la conformación de la Comisión de Verificación que realizaría dichas diligencias;

Que, mediante el Oficio s/n, presentado el 21 de noviembre de 2016, la Universidad manifestó su conformidad con las fechas de Visita, con los funcionarios propuestos para realizar la Visita y designó a los representantes para que faciliten el acceso a sus instalaciones y suscriban los documentos que sean requeridos;

Que, la Visita se llevó a cabo los días 28 y 29 de noviembre del 2016, en la Sede ubicada en la ciudad de Piura en dirección Av. Ramón Mugica Nº 131, Urb.

San Eduardo (SL01). Así como también los días 1 y 2 de diciembre de 2016, en los dos locales ubicados en la ciudad de Lima con dirección en: Calle Mártir Olaya Nº 162, Mirafl ores (F01L01) y Jirón Aldebarán Nº 160, Santiago de Surco (F01L02) suscribiéndose las actas correspondientes;

Que, el 07 de diciembre de 2016, se expidió el Informe de Verificación Presencial Nº 181-2016-SUNEDU/DILIC-EV, el cual concluyó que se verificó el cumplimiento de las CBC en la Universidad;

Que, el 15 de diciembre de 2016, la DILIC
emitió el Informe Técnico de Licenciamiento Nº 012-2016-SUNEDU/02-12 (en adelante, el Informe Técnico de Licenciamiento), que concluyó que la Universidad cumple con las CBC, disponiéndose la remisión del expediente al Consejo Directivo, para el inicio de la tercera etapa del procedimiento de licenciamiento;

Que, el 12 de enero de 2017, la DILIC emitió el Informe Nº 003-2017-SUNEDU/02-12 (en adelante, el Informe Complementario, a través del cual complementa la evaluación realizada a la Universidad;

II.2 Análisis de cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad Que, según el análisis contenido en el Informe Técnico de Licenciamiento y el Informe Complementario, la Universidad cumple con las CBC para ofrecer el servicio educativo superior universitario, de acuerdo a lo expresado en el siguiente cuadro:

CONDICIÓN I. EXISTENCIA DE OBJETIVOS ACADÉMICOS,
GRADOS Y TÍTULOS A OTORGAR Y PLANES DE ESTUDIO
CORRESPONDIENTES.

Esta Condición tiene seis (6) componentes: I.1 Objetivos institucionales, I.2 Objetivos académicos y planes de estudio, I.3 Grados y títulos, I.4 Sistemas de información, I.5 Procesos de admisión y I.6 Plan de Gestión de la Calidad Institucional.

Respecto del primer componente, se verificó que la Universidad estableció sus objetivos institucionales en el artículo segundo de su Estatuto, los cuales fueron aprobados por Acuerdo de Consejo Superior Nº 1909/15 del 13 de julio de 2015 y ratificado a través del Acuerdo de Consejo Superior Nº 2223/16, del 03 de octubre de 2016.

Cabe precisar que el Consejo Superior es la autoridad competente para aprobar los objetivos institucionales según el artículo décimo tercero, literal a, numeral 2 del Estatuto de la Universidad.

Sobre el segundo componente, se revisaron los planes de estudio de los sesenta y un (61) programas de estudio, de los cuales, cincuenta y tres (53) son programas existentes y ocho (08) programas son nuevos, considerados para el procedimiento de licenciamiento institucional, que conducen a los grados de Bachiller, Maestro y Doctor. Los planes de estudio se encuentran de acuerdo con las disposiciones de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria.

Con relación al tercer componente, la Universidad presentó el Reglamento de Grados y Títulos, denominado "Norma D-10
Reglamento de Grados y Títulos de la Universidad de Piura", aprobado por Acuerdo de Consejo Superior CS 2313/16 del 07 de noviembre de 2016, el cual norma los procedimientos a seguir para la obtención del grado académico de Bachiller.

Asimismo, la Universidad presentó el "Reglamento del Funcionamiento Académico de Posgrado de la Universidad de Piura", aprobado mediante Acuerdo de Consejo Superior CS 1848/16, del 05 de setiembre de 2016, el cual contiene las disposiciones que regulan las modalidades y requisitos comunes para la obtención de los grados de Maestro y Doctor.

Cabe precisar que, como antecedente de los reglamentos citados, la Universidad presentó el "Reglamento de Funcionamiento Académico General", del 10 de octubre de 2010.

El cuarto componente se refiere a la existencia de sistemas de información que brinden soporte a diversos procesos internos. Al respecto, la Universidad demostró, tanto a nivel documentario como durante la verificación presencial, la existencia de los siguientes sistemas que son utilizados por ésta: (i) Sistema de Información de Gestión Económica y Financiera, denominado "Sistema ERP 07/Solution"; (ii)
Sistema de Información de Gestión Docente, denominado "Sistema de Gestión Académica (SIGA)"; (iii) Sistema de Información de Matrícula, denominado "Asignación de carga académica"; (iv) Sistema de Información de Registro Académico, denominado "Gestión de Alumnos" en el Sistema de Gestión Académica SIGA; (v) Sistema de Información de Aprendizaje Virtual, denominada Plataforma de Aprendizaje Virtual; (vi) Sistema de Información de Gestión de Biblioteca, denominado Sistema Millenium; y , el (vii) Sistema de Información de Pagos Virtuales, denominado Sistema de Pagos Virtuales.

44 NORMAS LEGALES
Viernes 27 de enero de 2017 / El Peruano Sobre el quinto componente, la Universidad presentó el documento denominado "Norma E-01 Sistema de Admisión a UDEP Tomo II - Normas Generales", que norma las nueve (9) modalidades de admisión a la Universidad: (i) Prueba de Aptitud Escolar (PAE); (ii) Certificación UDEP; (iii)
Test de Aptitud Académica (TAA); (iv) Premio Excelencia; (v) Bachillerato Internacional; (vi) Traslado Externo; (vii)
Entrevista Académico-Personal (EAP); (viii) Concurso de Becas y Semibecas; e (ix) Hijo de diplomático. Este reglamento fue aprobado mediante Acuerdo de Consejo Superior Nº 2199/10 del 13 de diciembre de 2010 y modificado mediante el Acuerdo de Consejo Superior Nº 1848/16 del 09 de setiembre de 2016. Además, la Universidad presentó informes estadísticos sobre el proceso de admisión e ingresantes de los años 2014 y 2015.

Respecto al último componente, la Universidad presentó el documento denominado "Plan de Gestión de Calidad Institucional", aprobado por Acuerdo de Consejo Superior Nº 1848/16 del 05 de setiembre de 2016, que tiene como objetivo implementar el Sistema de Gestión de la Calidad Universitaria (SGCU) a nivel institucional de acuerdo a los requisitos de la Norma ISO 9001: 2015 y el Método de Control Bioestructurado de Procesos. El citado Plan contiene un proceso de implementación de cinco (5) fases: planificación, lanzamiento del proyecto, aseguramiento de la calidad, control de la calidad, mejora de la calidad.

Adicionalmente, la Universidad cuenta con la Oficina de Innovación y Calidad, que depende del Vicerrectorado de Investigación y Ordenamiento Académico, quien actúa como un intermediario entre el Consejo Superior y el Sistema de Gestión de Calidad Educativa. Además, la Universidad cuenta con una (01) Dirección y dos (02) Coordinaciones, la de Acreditación y la de Mejora Continua. En la Visita, se verificó el funcionamiento de esta área y el personal que presta servicios en ésta.

Como antecedente a la aprobación del Plan de Gestión de Calidad Institucional, la Universidad presentó un Plan de Gestión de la calidad correspondiente a la Facultad de Educación.

CONDICIÓN II. OFERTA EDUCATIVA A CREARSE
COMPATIBLE CON LOS FINES PROPUESTOS EN LOS
INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO.

La Condición II consta de los siguientes componentes: II.1
Creación de nuevas universidades y II.2 Creación de nuevos programas de estudio.

Es pertinente señalar que los indicadores 9 al 13 de las CBC, correspondientes al primer componente, no son aplicables a la Universidad, en tanto su aplicación corresponde para universidades nuevas. Respecto al segundo componente, la Universidad presentó la justificación para la creación de los ocho (08) programas de estudio de posgrado que forman parte de su nueva oferta académica (descritos en el Anexo Nº 1 adjunto a la presente resolución), los que cuentan con su respectivo plan de financiamiento.

CONDICIÓN III: INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO
ADECUADO AL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES (AULAS, BIBLIOTECAS, LABORATORIOS, ENTRE OTROS).

La Condición III tiene los siguientes componentes: III.1
Ubicación de locales, III.2 Posesión de locales, III.3 Seguridad estructural y seguridad en caso de siniestros, III.4 Seguridad de uso de laboratorios y talleres, III.5 Disponibilidad de servicios públicos, III.6 Dotación de servicios higiénicos, III.7
Talleres y laboratorios para la enseñanza, III.8 Ambientes para docentes, III.9 Mantenimiento de la infraestructura y equipamiento.

La Universidad presentó los documentos solicitados como medios de verificación que acreditan el cumplimiento de los indicadores correspondientes de los mencionados componentes.

Asimismo, en la Visita, se constató lo declarado sobre los requerimientos de infraestructura y equipamiento adecuado para el cumplimiento de las funciones de la Universidad. Además, se verificó que los tres (03) locales de la Universidad cuentan con bibliotecas físicas y con acervo bibliográfico en físico para todos sus programas.

CONDICIÓN IV: LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN A SER
DESARROLLADAS.

La Condición IV consta de tres componentes: IV.1 Líneas de investigación, IV.2 Docentes que realizan investigación y IV.3
Registro de documentos y proyectos de investigación.

Con relación al primer componente de esta CBC, la Universidad cuenta con el documento denominado "Norma A - 17 Consejo de Investigación y Políticas, Normas y Procedimientos para el fomento y la realización de la Investigación", aprobado en el numeral 7 del acuerdo CS 1848/16 del 05 de setiembre de 2016.

El órgano de investigación de la Universidad es la Dirección de Investigación, cuyo Director ostenta el grado académico de Doctor y fue designado por acuerdo de Consejo Superior CS
150/16, aprobado el 22 de enero de 2016. La Dirección de Investigación depende del Vicerrectorado de Investigación.

De otro lado, la Universidad presentó un total de veintisiete (27)
líneas de investigación, aprobadas por Acuerdo de Consejo Superior CS 1848/16 del 05 de setiembre de 2016, de las cuales 41% pertenecen a la Facultad de Ingeniería, 15% a la Facultad de Derecho y 11% a la Facultad de Educación; el Instituto de Ciencias para la Familia y las otras facultades representan el 33% del total de las líneas de investigación. Las líneas de investigación comprenden a todos los programas de estudios de la Universidad.

También se verificó que la Universidad cuenta con el Código de Ética para Investigadores, aprobado a través del Acuerdo del Consejo Superior CS 1367/16, del 28 de marzo de 2016, el cual contiene políticas anti plagio y de resguardo de los derechos involucrados.

Asimismo, la Universidad presentó el documento denominado "Normas sobre la Propiedad Intelectual de la Universidad de Piura", aprobado mediante acuerdo del Consejo Superior 1464/16, del 02 de mayo de 2016, en el que establece que "la Universidad tiene la titularidad de los derechos patrimoniales sobre las creaciones intelectuales concebidas o puestas en práctica por su personal (...)", que hace referencia a toda la comunidad universitaria.

Respecto del segundo componente, la Universidad declaró ciento noventa y cinco (195) docentes que realizan investigación y se encuentran inscritos en el Directorio Nacional de Investigadores e Innovadores (DINA) del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC).

Sobre el tercer componente, se verificó que la Universidad cuenta con un Repositorio Institucional denominado PIRHUA - Repositorio Institucional de la Universidad de Piura. Asimismo, la Universidad se encuentra registrada en el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, T ecnología e Innovación, denominado ALICIA.

De otro lado, la Universidad presentó un registro de veinticinco (25) proyectos de investigación en proceso de ejecución para los que cuenta con un presupuesto financiado exclusivamente por la Universidad y en colaboración con otras instituciones.

CONDICIÓN V: VERIFICACIÓN DE LA DISPONIBILIDAD DE
PERSONAL DOCENTE CALIFICADO CON NO MENOS DE
25% DE DOCENTES A TIEMPO COMPLETO.

La Condición V consta de tres componentes: V.1 Existencia del 25% del total de docentes, como mínimo, a tiempo completo, V.2 Requisitos para el ejercicio de la docencia y V.3 Selección evaluación y capacitación docente.

Sobre los docentes a tiempo completo, la Universidad cuenta con doscientos cuarenta y nueve (249) docentes a tiempo completo, lo que representa el 48% del total de los docentes declarados.

Con relación a los requisitos para ejercer la docencia, de los quinientos veintidós (522) docentes declarados por la Universidad, cuatrocientos cincuenta y cuatro (454) docentes ejercían la docencia a la entrada en vigencia de la Ley Nº 30220.

Los docentes contratados con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, cuyo número asciende a sesenta y ocho (68), están compuestos por cincuenta y dos (52) con grado de Magíster y dieciséis (16) con grado de Doctor. En tal sentido, todos los docentes declarados cuentan con los requisitos establecidos en el artículo 82 de la Ley Nº 30220 y su Tercera Disposición Complementaria Transitoria.

La Universidad presentó los documentos denominados "Sistema de reclutamiento, selección, incorporación y contratación de personal de la UDEP" y la "Guía del sistema de gestión de desempeño para personal docente y sistema de gestión de desempeño para el docente evaluador", que contienen los principales criterios de evaluación del desempeño para los docentes de la Universidad y tienen como fundamento el sistema de evaluación del desempeño, aprobado por Acuerdo de Consejo Superior Nº 1958/13 del 09 de septiembre de 2013.

En tal sentido, cuenta con mecanismos y procedimientos para la selección, evaluación periódica del desempeño y ratificación de sus docentes, incluyendo como criterio la calificación de los estudiantes por semestre académico, aprobados por el Consejo Superior.

45 NORMAS LEGALES
Viernes 27 de enero de 2017
El Peruano /
CONDICIÓN VI: VERIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS
EDUCACIONALES COMPLEMENTARIOS BÁSICOS (SERVICIO MÉDICO, SOCIAL, PSICOPEDAGÓGICO,
DEPORTIVO, ENTRE OTROS.

La Condición VI consta de ocho componentes: VI.1 Servicios de salud (por local declarado), VI.2 Servicio social (por sede y filial), VI.3 Servicios psicopedagógicos (por sede y filial), VI.4 Servicios deportivos (por sede y filial), VI.5 Servicios culturales (por sede y filial), VI.6 Servicios de seguridad y vigilancia (por local declarado), VI.7 Adecuación al entorno y protección al ambiente (institucional) y VI.8 Acervo bibliográfico (por local declarado), todos ellos materia de verificación presencial además de la correspondiente revisión documentaria.

Con relación a los servicios de salud, se verificó que la Universidad cuenta con presupuesto del tópico de salud propio dentro de las instalaciones de la Universidad para todos sus locales donde se brinda el servicio educativo conducente a grado académico. En la Visita se constató que la Universidad cuenta con personal, con ambientes físicos y mobiliarios para brindar los servicios de salud.

Respecto al servicio social, la Universidad cuenta con presupuesto para el servicio social, que está disponible para todos sus estudiantes a través de la Oficina de Vida Universitaria.

Esta oficina se encarga de promover, organizar y gestionar actividades de ayuda social a la comunidad, así como proyectos de voluntariado profesional y pre profesional, relacionados con los programas que dictan. Las actividades y proyectos se llevan a cabo tanto en su sede, como en su filial. En la visita se constató que esta oficina cuenta con personal, con un ambiente físico y mobiliario para brindar el servicio social.

Sobre los servicios psicopedagógicos, la Universidad cuenta con presupuesto asignado para dicho servicio, asimismo se verificó en la Visita que está disponible para todos sus estudiantes.

La Universidad presentó el documento denominado "Reglamento de Deportes de la Universidad de Piura", aprobado mediante Acuerdo de Consejo Superior CS 1103/16, del 03 de octubre del 2016. Este reglamento tiene como objetivo, normar las actividades interesadas a fomentar y desarrollar el deporte en la Universidad, así como establecer las bases para el funcionamiento de sus actividades deportivas y uso de sus instalaciones. La Universidad cuenta con siete (07) disciplinas deportivas en total, los cuales son: Sede Piura (5): Fútbol y Rugby (varones); Ajedrez, Atletismo y Básquet (mixto); Filial Lima (5): Futsal (varones); Vóley, Ajedrez, Básquet y Tenis de mesa (mixto). En la visita se constató que la Universidad cuenta con el personal y con ambientes físicos para realizar las actividades deportivas.

La Universidad cuenta con presupuesto para los servicios culturales, disponibles para todos sus estudiantes, a través de la realización de actividades extracurriculares (Danza, Teatro, Guitarra, Diseño Gráfico, Pintura, Apreciación Musical, Cajón, Violín, Emprende e Innova, Tai Chi, Proyección Social, Dibujo, Cine, Coral, Oratoria, entre otros), Grupo Orquestal, Coro Universitario, Teatro, Centro Cultural.

Con relación a los servicios de seguridad y vigilancia, la Universidad cuenta con presupuesto y contrato correspondiente al referido servicio, para todos sus locales donde brinda el servicio educativo conducente a grado académico. En la visita se verificó la prestación del servicio de vigilancia, así como las instalaciones y equipamiento respectivos.

La Universidad cuenta con políticas, planes y acciones de adecuación para la protección al ambiente, que se desarrollan en el documento denominado "Sistema de Políticas, Planes y Acciones de Adecuación al Entorno y protección al Ambiente de la Universidad de Piura", aprobado mediante Acuerdo de Consejo Superior CS 1848/16, del 05 de septiembre de 2016.

Sobre el acervo bibliográfico, la Universidad presenta información digital correspondiente a su acervo bibliográfico físico. Se evidencia toda la información referente a libros, y se incluye título, autor, carrera relacionada, número de ejemplares, y locales donde se encuentran los libros.

CONDICIÓN VII: EXISTENCIA DE MECANISMOS DE
MEDIACIÓN E INSERCIÓN LABORAL (BOLSA DE TRABAJO
U OTROS).

La Condición VII consta de dos componentes: VII.1 Mecanismos de mediación e inserción laboral para estudiantes y egresados y VII.2 Mecanismos de coordinación y alianzas estratégicas con el sector público o privado.

La Universidad cuenta con el área denominada la Oficina de Alumni, cuyas funciones están establecidas en su Manual de Organización y Funciones (MOF) y es la encargada de ejecutar el Plan de Seguimiento del Graduado, además de contar con un registro de graduados para el periodo 2014-2015.

La Universidad presentó el documento denominado "Manual de Procesos y Procedimientos de la Oficina de Alumni", donde se identifican cuatro (4) procesos evidencian la existencia de mecanismos de coordinación con los sectores público y privado, enfocados en la mediación e inserción laboral de sus alumnos y egresados.

La Universidad presentó además el documento denominado "Plan de Seguimiento al Graduado", aprobado mediante Acuerdo de Consejo Superior CS 1848/16, del 05 de septiembre de 2016;
cuyo objetivo es la promoción de espacios entre los alumnos y la Universidad para fomentar la permanencia de los graduados a la Universidad y sus proyectos, así como para conseguir su presencia en los programas de formación continua. Además, se establece que los graduados gozarán de beneficios (como descuentos) para el desarrollo de otras actividades, y accederán a servicios tales como: sesiones de continuidad, foros, conversatorios, cursos de familia, noches de talento, seminarios de actualización, seminarios y cursos de especialización.

Adicionalmente, la Universidad presentó el documento denominado "Registro de Graduados 2014-2015" de agosto de 2016, en el cual se presenta información de los graduados por programa académico.

La Universidad cuenta con una plataforma virtual de bolsa de trabajo, disponible para sus estudiantes y egresados (http:// udep.trabajando.pe/), así como un "Manual de Usuario Alumno / Graduado de la Bolsa de Trabajo UDEP", en el cual se detalla el procedimiento para el uso de la mencionada plataforma.

La Universidad cuenta con diecinueve (19) convenios con instituciones públicas y privadas para la realización de prácticas pre profesionales y profesionales de sus alumnos y egresados.

CONDICIÓN VIII: CBC COMPLEMENTARIA:

TRANSPARENCIA DE UNIVERSIDADES.

La Condición VIII evalúa la transparencia de la información institucional de la Universidad.

Se verificó en la página institucional, que la Universidad publicó su Misión y Visión, el reglamento y calendario de admisión, temario para los exámenes de admisión, número de postulantes e ingresantes según modalidades de ingreso de los últimos dos años, convocatorias a concursos públicos para el ingreso a la carrera docente, número de estudiantes por facultades y programas de estudio, el Reglamento General del Estudiante de la Universidad, ambientes o espacios destinados a brindar los servicios sociales, deportivos o culturales, título de los proyectos de investigación, actualizados al último semestre académico, tarifas de los servicios prestados por toda índole, plana docente y docentes investigadores, malla curricular de todos sus programas de estudios.

II.3 De la oferta académica existente y la nueva Que, el artículo 3 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional para Universidades Públicas o Privadas con autorización provisional o definitiva, dispone que la solicitud de licenciamiento institucional debe comprender la oferta académica existente y la nueva oferta académica aprobada por la autoridad competente de la Universidad. Asimismo, el tercer párrafo del referido artículo señala que el otorgamiento de la licencia de funcionamiento institucional no exime a la Universidad del cumplimiento de las CBC específicas que la SUNEDU establezca y de la obtención de la licencia de funcionamiento para cada programa de estudios conducentes a grado académico, título profesional o título de segunda especialidad;

Que, la Universidad -en su solicitud de Licenciamiento Institucional- presentó su oferta académica existente y nueva, conformada por sesenta y un (61) programas, de los cuales, cincuenta y tres (53) son programas existentes y ocho (08) programas son nuevos, conducentes a grado académico;

II.4 Del plazo de vigencia de la Licencia Institucional Que, respecto al plazo de la licencia institucional, de conformidad con el artículo 13 de la Ley Universitaria, tendrá una vigencia mínima de seis (6) años, siempre 46 NORMAS LEGALES
Viernes 27 de enero de 2017 / El Peruano que la universidad acredite el cumplimiento integral con las CBC;

Que, en relación con el plazo de la licencia institucional, la DILIC desarrolló una metodología para determinar la vigencia de la licencia. Al respecto, la Ley Universitaria establece que la universidad es una comunidad académica orientada, entre otros fines, principalmente a la investigación, como una función esencial y obligatoria. En ese sentido, la producción científica de una universidad, es un criterio objetivo -adicional al cumplimiento de las CBC- que puede ser utilizado para determinar el plazo para el otorgamiento de la licencia institucional;

Que, la citada metodología se basa en un análisis cuantitativo y otro cualitativo. El primero consiste en la categorización de universidades peruanas, de acuerdo con los resultados que éstas evidenciaron en el Scimago Institutions Ranking - SIR IBER 2015
3
. Dicho ranking se elabora sobre la base de tres (3) dimensiones:
investigación, innovación y posicionamiento en la web.

Esta metodología utiliza dos (2) variables objetivas dentro de la dimensión de investigación: producción científica e impacto normalizado. Considerando estas dos (2)
variables, la DILIC ha desarrollado un análisis a través de quintiles, con el objeto de categorizar a las universidades peruanas y ver su posición relativa respecto a otras universidades de la región de América Latina, lo que permite visualizar el nivel de producción científica y el impacto que ellas tienen respecto a la cantidad de citas en otros documentos;

Que, aplicando el análisis cuantitativo, el periodo de licencia institucional se determina del modo siguiente:
diez (10) años de licencia, en caso se encuentre ubicada en el quintil cinco (5) de producción científica y en el quintil cinco (5) de impacto normalizado (según el ranking SIR);
ocho (8) años de licencia, en caso su ubicación sea en el quintil cuatro (4) o cinco (5) de producción científica y quintil cinco (5) o cuatro (4) en impacto normalizado; y seis (6) años de licencia, en caso se ubique por debajo del quintil cuatro (4) en por lo menos uno de los dos indicadores utilizados. Asimismo, si no llegara a figurar en el ranking SIR, también se otorgará el periodo de licencia mínimo de seis (6) años;

Que, con base del análisis señalado, la Universidad se ubica en el quintil 4 respecto del indicador de nivel de producción científica (documentos publicados en revistas indexadas - América Latina) y en el quintil 5 respecto del indicador de impacto normalizado;

Que, de conformidad con el acuerdo de Consejo Directivo de la sesión SCD 047-2016, el análisis cuantitativo antes referido debe ser complementado con un análisis cualitativo, en el cual se toman en cuenta los siguientes factores: i) Docentes a tiempo completo que cuentan con condición de ordinarios, ii) consolidación de carrera docente universitaria, iii) docentes calificados e iv) internacionalización de los grados académicos de los docentes;

Que, al respecto, sobre el factor "Docentes a tiempo completo con condición de ordinarios", se verificó que 8 de cada 10 docentes a tiempo completo de la Universidad son docentes ordinarios. En el factor "Docentes calificados" se evidencia que el 26% de los docentes de la Universidad cuenta con grado de Doctor y el 54%
con grado de Maestro. Además, en cuanto al factor "Internacionalización de los grados académicos de los docentes", el 59% de los docentes con título de Maestro o Doctor han recibo su grado académico de una universidad extranjera;

Que, el Consejo Directivo de la Sunedu, con base en el análisis descrito y en virtud a las atribuciones otorgadas por la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, ha determinado que corresponde otorgar a la Universidad una licencia institucional por un plazo de ocho (8) años;

Que, el artículo 24 del Reglamento, establece como obligación de la Universidad mantener las CBC que dieron lugar al otorgamiento de la licencia de funcionamiento institucional, quedando sujeto a las acciones de supervisión y fiscalización posterior;

Que, en virtud de lo expuesto, y estando a lo dispuesto en el artículo 13, numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNEDU, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU, los artículos 23
y 24 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional para Universidades Públicas o Privadas con Autorización Provisional o Definitiva, aprobado mediante la Resolución Nº 007-2015-SUNEDU/CD del Consejo Directivo, a lo acordado en la sesión SCD Nº 002-2017 del Consejo Directivo; y contando con el visado de la Dirección de Licenciamiento y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- OTORGAR LA LICENCIA INSTITUCIONAL
a la Universidad de Piura, para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede ubicada en la Avenida Ramón Mugica Nº 131, Urbanización San Eduardo, del distrito, provincia y departamento de Piura; y, en su filial en el departamento de Lima, que cuenta con dos (2) locales ubicados en la Calle Mártir José Olaya Nº 162, del distrito de Mirafl ores, provincia de Lima y en el Jirón Aldebarán Nº 160, del distrito de Santiago de Surco, provincia de Lima, con una vigencia de ocho (8) años, computados a partir de la notificación de la presente resolución.

Artículo 2.- RECONOCER que la Universidad de Piura cuenta con cincuenta y tres (53) programas existentes y ocho (08) programas que conforman su nueva oferta académica, los cuales se desarrollan en los tres (3) locales declarados, tal como se describe en el Anexo Nº 1 adjunto a la presente resolución.

Artículo 3.- ESTABLECER que el otorgamiento de la presente licencia institucional no exime a la Universidad de Piura de cumplir con las Condiciones Básicas de Calidad específicas por programas que establezca la SUNEDU.

Artículo 4.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Universidad de Piura.

Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal institucional de la SUNEDU (www.sunedu.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA
Presidente del Consejo Directivo de la SUNEDU
ANEXO Nº 1
DISTRIBUCIÓN DE LOS PROGRAMAS
POR LOCAL DECLARADO
SEDE: PIURA
LOCAL: SL01
DIRECCIÓN: AVENIDA RAMÓN MUGICA Nº 131,
URB. SAN EDUARDO, PIURA
TOTAL PROGRAMAS: 41
Nº PROGRAMAS EXISTENTES
GRADO
ACADÉMICO
DENOMINACIÓN DEL GRADO
ACADÉMICO
1 HISTORIA Y GESTIÓN
CULTURAL
BACHILLER BACHILLER EN HISTORIA Y
GESTIÓN CULTURAL
2 ARTES LIBERALES CON
MENCIÓN EN HISTORIA
BACHILLER BACHILLER EN ARTES
LIBERALES CON MENCIÓN EN
HISTORIA
3 ARTES LIBERALES CON
MENCIÓN EN FILOSOFÍA
BACHILLER BACHILLER EN ARTES
LIBERALES CON MENCIÓN EN
FILOSOFÍA
4 PSICOLOGÍA BACHILLER BACHILLER EN PSICOLOGÍA
5 PERIODISMO BACHILLER BACHILLER EN PERIODISMO
6 COMUNICACIONES DE
MARKETING
BACHILLER BACHILLER EN
COMUNICACIONES DE
MARKETING
7 COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL BACHILLER BACHILLER EN
COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
8 ECONOMÍA BACHILLER BACHILLER EN ECONOMÍA
9 ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS
BACHILLER BACHILLER EN
ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS
10 CONTABILIDAD Y AUDITORÍA BACHILLER BACHILLER EN CONTABILIDAD
Y AUDITORÍA
47 NORMAS LEGALES
Viernes 27 de enero de 2017
El Peruano /
Nº PROGRAMAS EXISTENTES
GRADO
ACADÉMICO
DENOMINACIÓN DEL GRADO
ACADÉMICO
11 INGENIERÍA INDUSTRIAL Y DE
SISTEMAS
BACHILLER BACHILLER EN INGENIERÍA
INDUSTRIAL Y DE SISTEMAS
12 INGENIERÍA CIVIL BACHILLER BACHILLER EN INGENIERÍA
CIVIL
13 INGENIERÍA MECÁNICO-ELÉCTRICA
BACHILLER BACHILLER EN INGENIERÍA
MECÁNICO - ELÉCTRICA
14 ARQUITECTURA BACHILLER BACHILLER EN
ARQUITECTURA
15 CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN.

NIVEL INICIAL
BACHILLER BACHILLER EN CIENCIAS DE
LA EDUCACIÓN
16 CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN,
NIVEL PRIMARIA
BACHILLER BACHILLER EN CIENCIAS DE
LA EDUCACIÓN
17 CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN,
NIVEL SECUNDARIA.

ESPECIALIDAD HISTORIA Y
CIENCIAS SOCIALES
BACHILLER BACHILLER EN CIENCIAS DE
LA EDUCACIÓN
18 CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN,
NIVEL SECUNDARIA.

ESPECIALIDAD MATEMÁTICA
Y FÍSICA
BACHILLER BACHILLER EN CIENCIAS DE
LA EDUCACIÓN
19 CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN.

NIVEL SECUNDARIA.

ESPECIALIDAD LENGUA Y
LITERATURA
BACHILLER BACHILLER EN CIENCIAS DE
LA EDUCACIÓN
20 CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN.

NIVEL SECUNDARIA.

ESPECIALIDAD LENGUA
INGLESA
BACHILLER BACHILLER EN CIENCIAS DE
LA EDUCACIÓN
21 DERECHO BACHILLER BACHILLER EN DERECHO
22 MAESTRÍA EN INGENIERÍA
MECÁNICO-ELÉCTRICA
CON MENCIÓN EN
SISTEMAS ENERGÉTICOS Y
MANTENIMIENTO
MAESTRO MÁSTER EN INGENIERÍA
MECÁNICO-ELÉCTRICA
CON MENCIÓN EN
SISTEMAS ENERGÉTICOS Y
MANTENIMIENTO
23 MAESTRÍA EN INGENIERÍA
MECÁNICO-ELÉCTRICA
CON MENCIÓN EN
SISTEMAS ELÉCTRICOS Y
AUTOMATIZACIÓN INDUSTRIAL
MAESTRO MÁSTER EN INGENIERÍA
MECÁNICO-ELÉCTRICA
CON MENCIÓN EN
SISTEMAS ELÉCTRICOS Y
AUTOMATIZACIÓN INDUSTRIAL
24 MAESTRÍA EN INGENIERÍA
MECÁNICO-ELÉCTRICA CON
MENCIÓN EN AUTOMÁTICA Y
OPTIMIZACIÓN
MAESTRO MÁSTER EN INGENIERÍA
MECÁNICO-ELÉCTRICA CON
MENCIÓN EN AUTOMÁTICA Y
OPTIMIZACIÓN
25 MAESTRÍA EN INGENIERÍA CIVIL
CON MENCIÓN EN VIAL
MAESTRO MÁSTER EN INGENIERÍA CIVIL
CON MENCIÓN EN VIAL
26 MAESTRÍA EN INGENIERÍA CIVIL
CON MENCIÓN EN RECURSOS
HÍDRICOS
MAESTRO MÁSTER EN INGENIERÍA CIVIL
CON MENCIÓN EN RECURSOS
HÍDRICOS
27 MAESTRÍA EN SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
MAESTRO MÁSTER EN SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
28 MAESTRÍA EN DIRECCIÓN DE
PROYECTOS
MAESTRO MÁSTER EN DIRECCIÓN DE
PROYECTOS
29 MAESTRÍA EN DIRECCIÓN DE
OPERACIONES
MAESTRO MÁSTER EN DIRECCIÓN DE
OPERACIONES
30 DOCTORADO EN INGENIERÍA,
MENCIÓN AUTOMATIZACIÓN,
CONTROL Y OPTIMIZACIÓN DE
PROCESOS
DOCTOR DOCTOR EN INGENIERÍA
CON MENCIÓN EN:

AUTOMATIZACIÓN, CONTROL Y
OPTIMIZACIÓN DE PROCESOS
31 MAESTRÍA EN EDUCACIÓN
CON MENCIÓN EN GESTIÓN
EDUCATIVA
MAESTRO MAGÍSTER EN EDUCACIÓN
CON MENCIÓN EN GESTIÓN
EDUCATIVA
32 MAESTRÍA EN EDUCACIÓN,
CON MENCIÓN EN
PSICOPEDAGOGÍA
MAESTRO MAGÍSTER EN EDUCACIÓN
CON MENCIÓN EN
PSICOPEDAGOGÍA
33 MAESTRÍA EN CIENCIAS DE LA
EDUCACIÓN CON MENCIÓN EN
DIDÁCTICA DE LA ENSEÑANZA
DE LAS MATEMÁTICAS EN
EDUCACIÓN PRIMARIA
MAESTRO MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA
EDUCACIÓN CON MENCIÓN EN
DIDÁCTICA DE LA ENSEÑANZA
DE LAS MATEMÁTICAS EN
EDUCACIÓN PRIMARIA
34 MAESTRÍA EN CIENCIAS DE LA
EDUCACIÓN CON MENCIÓN EN
DIDÁCTICA DE LA ENSEÑANZA
DE LAS MATEMÁTICAS EN
EDUCACIÓN SECUNDARIA
MAESTRO MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA
EDUCACIÓN CON MENCIÓN EN
DIDÁCTICA DE LA ENSEÑANZA
DE LAS MATEMÁTICAS EN
EDUCACIÓN SECUNDARIA
35 MAESTRÍA EN DERECHO
PÚBLICO
MAESTRO MÁSTER EN DERECHO
PÚBLICO CON MENCIÓN EN
DERECHO PENAL Y PROCESAL
PENAL O MENCIÓN EN
DERECHO CONSTITUCIONAL
O MENCIÓN EN DERECHO
ADMINISTRATIVO Y
REGULATORIO
Nº PROGRAMAS EXISTENTES
GRADO
ACADÉMICO
DENOMINACIÓN DEL GRADO
ACADÉMICO
36 MAESTRÍA EN DERECHO DE
EMPRESA
MAESTRO MÁSTER EN DERECHO DE
LA EMPRESA CON MENCIÓN
EN DERECHO CORPORATIVO
O MÁSTER EN DERECHO
DE LA EMPRESA CON
MENCIÓN EN CONTRATACIÓN
INTERNACIONAL O MÁSTER
EN DERECHO DE LA
EMPRESA CON MENCIÓN EN
REGULACIÓN DEL MERCADO
O MÁSTER EN DERECHO DE
LA EMPRESA CON MENCIÓN
EN DERECHO LABORAL O
MÁSTER EN DERECHO DE LA
EMPRESA CON MENCIÓN EN
DERECHO TRIBUTARIO
37 MAESTRÍA EN DIRECCIÓN DE
EMPRESAS PARA EJECUTIVOS
- PIURA
MAESTRO MÁSTER EN DIRECCIÓN DE
EMPRESAS
Nº NUEVA OFERTA ACADÉMICA
GRADO
ACADÉMICO
DENOMINACIÓN DEL GRADO
ACADÉMICO
1 MAESTRÍA EN AGRONEGOCIOS MAESTRO MÁSTER EN AGRONEGOCIOS
2
MAESTRÍA EN EDUCACIÓN
CON MENCIÓN EN TUTORÍA Y
ORIENTACIÓN FAMILIAR
MAESTRO
MAGÍSTER EN EDUCACIÓN
CON MENCIÓN EN TUTORÍA Y
ORIENTACIÓN FAMILIAR
3 DOCTORADO EN EDUCACIÓN DOCTOR DOCTOR EN EDUCACIÓN
4 DOCTORADO EN DERECHO DOCTOR DOCTOR EN DERECHO
FILIAL: LIMA
LOCAL: F01L01
DIRECCIÓN: CALLE MÁRTIR JOSÉ OLAYA Nº 162,
MIRAFLORES
TOTAL PROGRAMAS: 25
Nº PROGRAMAS EXISTENTES
GRADO
ACADÉMICO
DENOMINACIÓN DEL GRADO
ACADÉMICO
1 HISTORIA Y GESTIÓN
CULTURAL
BACHILLER BACHILLER EN HISTORIA Y
GESTIÓN CULTURAL
2 ARTES LIBERALES CON
MENCIÓN EN HISTORIA
BACHILLER BACHILLER EN ARTES
LIBERALES CON MENCIÓN EN
HISTORIA
3 ARTES LIBERALES CON
MENCIÓN EN FILOSOFÍA
BACHILLER BACHILLER EN ARTES
LIBERALES CON MENCIÓN EN
FILOSOFÍA
4 PSICOLOGÍA BACHILLER BACHILLER EN PSICOLOGÍA
5 PERIODISMO BACHILLER BACHILLER EN PERIODISMO
6 COMUNICACIONES DE
MARKETING
BACHILLER BACHILLER EN
COMUNICACIONES DE
MARKETING
7 COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL BACHILLER BACHILLER EN
COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
8 ECONOMÍA BACHILLER BACHILLER EN ECONOMÍA
9 ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS
BACHILLER BACHILLER EN
ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS
10 ADMINISTRACIÓN DE
SERVICIOS
BACHILLER BACHILLER EN
ADMINISTRACIÓN DE
SERVICIOS
11 INGENIERÍA INDUSTRIAL Y DE
SISTEMAS
BACHILLER BACHILLER EN INGENIERÍA
INDUSTRIAL Y DE SISTEMAS
12 INGENIERÍA INDUSTRIAL
CON MENCIÓN EN GESTIÓN
LOGÍSTICA
BACHILLER BACHILLER EN INGENIERÍA
INDUSTRIAL CON MENCIÓN EN
GESTIÓN LOGÍSTICA
13 INGENIERÍA INDUSTRIAL CON
MENCIÓN EN GESTIÓN DE
OPERACIONES
BACHILLER BACHILLER EN INGENIERÍA
INDUSTRIAL CON MENCIÓN EN
GESTIÓN DE OPERACIONES
14 DERECHO BACHILLER BACHILLER EN DERECHO
15 MEDICINA HUMANA BACHILLER BACHILLER EN MEDICINA
16 MAESTRÍA EN FILOSOFÍA CON
MENCIÓN EN ANTROPOLOGÍA
FILOSÓFICA
MAESTRO MÁSTER EN FILOSOFÍA CON
MENCIÓN EN ANTROPOLOGÍA
FILOSÓFICA
48 NORMAS LEGALES
Viernes 27 de enero de 2017 / El Peruano
Nº PROGRAMAS EXISTENTES
GRADO
ACADÉMICO
DENOMINACIÓN DEL GRADO
ACADÉMICO
17 MAESTRÍA EN COMUNICACIÓN
ESTRATÉGICA DE LAS
ORGANIZACIONES
MAESTRO MÁSTER EN COMUNICACIÓN
ESTRATÉGICA EN LAS
ORGANIZACIONES
18 MAESTRÍA EN INGENIERÍA CIVIL
CON MENCIÓN EN VIAL
MAESTRO MÁSTER EN INGENIERÍA CIVIL
CON MENCIÓN EN VIAL
19 MAESTRÍA EN EDUCACIÓN
CON MENCIÓN EN TEORÍAS Y
GESTIÓN EDUCATIVA
MAESTRO MAGÍSTER EN EDUCACIÓN
CON MENCIÓN EN TEORÍAS Y
GESTIÓN EDUCATIVA
20 MAESTRÍA EN BUEN GOBIERNO
Y SISTEMA ELECTORAL
MAESTRO MAESTRO EN BUEN
GOBIERNO Y SISTEMA
ELECTORAL
21 MAESTRÍA EN ESTUDIOS
POLÍTICOS APLICADOS CON
MENCIÓN EN ESTUDIOS
ELECTORALES Y GESTIÓN
MAESTRO MAESTRO EN ESTUDIOS
POLÍTICOS APLICADOS CON
MENCIÓN EN ESTUDIOS
ELECTORALES Y GESTIÓN
22 MAESTRÍA EN DERECHO
ADMINISTRATIVO Y
REGULATORIO
MAESTRO MÁSTER EN DERECHO
ADMINISTRATIVO Y
REGULATORIO
Nº NUEVA OFERTA ACADÉMICA
GRADO
ACADÉMICO
DENOMINACIÓN DEL GRADO
ACADÉMICO
1 MAESTRÍA EN GESTIÓN
CULTURAL
MAESTRO MAGÍSTER EN GESTIÓN
CULTURAL
2 DOCTORADO EN
HUMANIDADES CON MENCIÓN
EN ESTUDIOS SOBRE CULTURA
DOCTOR DOCTOR EN HUMANIDADES
CON MENCIÓN EN ESTUDIOS
SOBRE CULTURA
3 MAESTRÍA EN DERECHO
MARÍTIMO Y GESTIÓN
PORTUARIA
MAESTRO MÁSTER EN DERECHO
MARÍTIMO Y GESTIÓN
PORTUARIA
FILIAL: LIMA
LOCAL: F01L02
DIRECCIÓN: JIRÓN ALDEBARÁN Nº 160,
SANTIAGO DE SURCO
TOTAL PROGRAMAS: 7
Nº PROGRAMAS EXISTENTES
GRADO
ACADÉMICO
DENOMINACIÓN DEL GRADO
ACADÉMICO
1 MÁSTER EN DIRECCIÓN DE
EMPRESAS
MAESTRO MÁSTER EN DIRECCIÓN DE
EMPRESAS
2 MÁSTER PARA EJECUTIVOS
MEDEX
MAESTRO MÁSTER EN DIRECCIÓN DE
EMPRESAS
3 MÁSTER EN DIRECCIÓN DE
EMPRESAS A TIEMPO PARCIAL
PARA EJECUTIVOS JÓVENES
MAESTRO MÁSTER EN DIRECCIÓN DE
EMPRESAS
4 DOCTORADO EN GOBIERNO DE
ORGANIZACIONES
DOCTOR DOCTOR EN GOBIERNO DE
ORGANIZACIONES
5 MAESTRÍA SENIOR EXECUTIVE
MBA (SEMBA)
MAESTRO MÁSTER EN DIRECCIÓN DE
EMPRESAS
6 MAESTRÍA EN DIRECCIÓN DE
EMPRESAS PARA EJECUTIVOS
MENSUAL
MAESTRO MÁSTER EN DIRECCIÓN DE
EMPRESAS
Nº NUEVA OFERTA ACADÉMICA
GRADO
ACADÉMICO
DENOMINACIÓN DEL GRADO
ACADÉMICO
1 MAESTRÍA EN GOBIERNO DE
LAS ORGANIZACIONES
MAESTRO MAGÍSTER EN GOBIERNO DE
LAS ORGANIZACIONES
1
Publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 24 de noviembre de 2015.

2
Publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 3 de diciembre de 2015.

3
Ranking disponible en la página web: http://www.scimagoir.com/pdf/ iber_new/SIR%20Iber%202015%20HE.pdf. Para efectos de elaborar el ranking para América Latina, se sistematizó el listado de Universidades pertenecientes a la mencionada región.

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.