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RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 004-2017-SUNEDU/CD Aprueban modificación del Anexo 4 del Modelo

Aprueban modificación del Anexo 4 del Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano, aprobado por Res. Nº 006-2015-SUNEDU/CD y de Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional para Universidades Públicas o Privadas con autorización provisional o definitiva, aprobado por Res. Nº 007-2015-SUNEDU/CD RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 004-2017-SUNEDU/CD Lima, 26 de enero de 2017 VISTOS: El Informe Nº 005-2017/SUNEDU-02-12
Aprueban modificación del Anexo 4 del Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano, aprobado por Res. Nº 006-2015-SUNEDU/CD y de Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional para Universidades Públicas o Privadas con autorización provisional o definitiva, aprobado por Res. Nº 007-2015-SUNEDU/CD
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 004-2017-SUNEDU/CD
Lima, 26 de enero de 2017
VISTOS:

El Informe Nº 005-2017/SUNEDU-02-12 de la Dirección de Licenciamiento y el Memorando Nº 164-2015/SUNEDU-03-06 de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 30220- Ley Universitaria, se creó la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, la Sunedu), como un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, de supervisar la calidad de dicho servicio, y fiscalizar si los recursos públicos y beneficios otorgados por ley a las universidades han sido destinados a fines educativos y al mejoramiento de la calidad.

Que, de acuerdo con el primer párrafo del artículo 13 de la Ley Universitaria, debe entenderse al licenciamiento como el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, las CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento;

Que, mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 006-2015-SUNEDU/CD, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó el "Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano", el cual contiene el Modelo de Licenciamiento Institucional, las CBC, el Plan de Implementación Progresiva del proceso de Licenciamiento y el Cronograma - Solicitud de Licenciamiento Institucional;

1
Que, la segunda y quinta disposición complementaria final de la Ley Universitaria indica que pertenecen al sistema universitario, es decir las reconoce como universidades a la Facultad de Teología Pontificia y Civil de Lima, la Universidad Seminario Evangélico de Lima y Universidad Seminario Bíblico Andino; tienen naturaleza de derecho privado y registran actividad académica;

Que, las disposiciones complementarias y finales establecidas en la Ley Universitaria establecen normas de naturaleza y contenido de carácter residual, excepcional y supletorio, las cuales constituyen regímenes jurídicos especiales;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional para Universidades Públicas o Privadas con autorización provisional o definitiva, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 007-2015-SUNEDU/
CD
2
, la universidad que considere haber cumplido con las CBC, antes de la fecha establecida en el cronograma, podrá presentarse al procedimiento antes de la fecha asignada;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 19.2 del artículo 19 de la Ley Universitaria, concordante con el numeral 10.7 del artículo 10 del Reglamento que establece el procedimiento de elaboración de normas de la Sunedu, aprobado con la Resolución del Consejo Directivo Nº 018-2016-SUENDU/CD, 3
corresponde al Consejo Directivo aprobar la modificación de la propuesta normativa, estableciendo un Grupo 9 del Anexo 4 y asignándole una fecha establecida para la presentación 49 NORMAS LEGALES
Viernes 27 de enero de 2017
El Peruano / de las universidades mencionadas al proceso de licenciamiento;

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en la sesión SCD Nº 003-2017 y contando con el visado de la Dirección de Licenciamiento y de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Sunedu.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la modificación del Anexo 4:

Cronograma- Solicitud de Licenciamiento Institucional del Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano, aprobado con Resolución del Consejo Directivo Nº 006-2015-SUNEDU/CD.

Artículo 2.- Aprobar la incorporación del Grupo 9 en el del Anexo 4, incorporando a las universidades señaladas en la segunda y quinta disposición complementaria final de la Ley Universitaria: i) Facultad de Teología Pontificia y Civil de Lima; ii) Universidad Seminario Evangélico de Lima; y iii) Seminario Bíblico Andino; asignándole el período comprendido entre el 15 de noviembre de 2017
al 15 de diciembre 2017 para su presentación al proceso de licenciamiento.

Artículo 3.- Modificase la Única Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional para Universidades Públicas o Privadas con autorización provisional o definitiva, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 007-2015-SUNEDU/CD, en los siguientes términos:

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Única.- Respecto del artículo 6 del presente Reglamento, para las universidades que forman parte del Grupo 8, contenido en el Cronograma - Solicitud de Licenciamiento Institucional (Anexo Nº 04) del "Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano" aprobado por la Resolución del Consejo Directivo Nº 006-2015-SUNEDU/CD, el plazo de adecuación únicamente para éstas, se extenderá hasta el mayo de 2018. Asimismo, para las universidades que forman parte del Grupo 9, el plazo de adecuación se extenderá hasta julio de 2018.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Sunedu (www.sunedu.gob.pe).

Regístrese y publíquese.

LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA
Presidente del Consejo Directivo de la SUNEDU
1
Publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 24 de noviembre de 2015.

2
Publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 3 de diciembre de 2015.

3
Publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 18 de mayo de 2016.

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