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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 009-2017-TR Aprueban Lineamiento Operativo que establece los

Aprueban Lineamiento Operativo que establece los procedimientos y órganos competentes par a la aplicación de la L e y Nº 30484 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 009-2017-TR Lima, 23 de enero de 2017 VISTOS: El Proveído Nº 6057-2016-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; el Informe Nº 68-2016-MTPE/2-ST del Secretario Técnico - Ley Nº 30484; y el Informe Nº 3399-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27803 se implementaron
Aprueban Lineamiento Operativo que establece los procedimientos y órganos competentes par a la aplicación de la L e y Nº 30484
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 009-2017-TR
Lima, 23 de enero de 2017
VISTOS: El Proveído Nº 6057-2016-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; el Informe Nº 68-2016-MTPE/2-ST del Secretario Técnico - Ley Nº 30484; y el Informe Nº 3399-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 27803 se implementaron las recomendaciones derivadas de las Comisiones creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos de promoción de la inversión privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales;

Que, la mencionada Ley, instituyó un Programa Extraordinario de Acceso a Beneficios, en adelante el Programa, sobre la base de la información que obra en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente, y cuyos destinatarios son los ex trabajadores comprendidos dentro del ámbito de la indicada Ley;

Que, corresponde al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo con previsto en el artículo 7º de la Ley Nº 27803 la implementación, conformación 36 NORMAS LEGALES
Martes 24 de enero de 2017 / El Peruano y ejecución del Programa Extraordinario de Acceso a Beneficios;

Que, mediante la Ley Nº 30484, se reactiva la Comisión Ejecutiva creada por la Ley Nº 27803, Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del estado sujetas a procesos de promoción de la inversión privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales;

Que el artículo 2 de la mencionada Ley, dispone respecto de la ejecución de beneficios, la incorporación de quienes eligieron reincorporación o reubicación laboral y no los ejecutaron, para lo cual se otorga un plazo de sesenta (60) días;

Asimismo el artículo 3 de la Ley Nº 30484, establece un plazo de sesenta (60) días para que los beneficiarios que optaron por la reincorporación o reubicación laboral puedan voluntariamente cambiar a la opción de compensación económica o jubilación adelantada;

Que en consecuencia resulta necesario expedir normas complementarias y operativas para la mejor ejecución de las funciones que le corresponden al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 30484;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 3399-2016-MTPE/4/8 considera procedente atender el pedido formulado y emitir el acto de administración interna.

Con la visación del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Trabajo; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Reglamento de Organización y Funciones del Sector aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, la Ley Nº 27803, así como la Ley Nº 30484.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébese el Lineamiento Operativo que establece los procedimientos y órganos competentes para la aplicación de la Ley Nº 30484, que como anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer que el anexo a que se refiere el artículo precedente se publicará, para su conocimiento por las diferentes empresas del Estado y entidades del Sector Público y Gobiernos Locales, en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www. trabajo.gob.pe.en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFONSO GRADOS CARRARO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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