3/04/2017

DECRETO SUPREMO N° 041-2017-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio de Cultura, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y los Gobiernos Regionales de los departamentos de Loreto y Puno, para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad DECRETO SUPREMO Nº 041-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29792, Ley de creación, organización
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio de Cultura, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y los Gobiernos Regionales de los departamentos de Loreto y Puno, para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad
DECRETO SUPREMO Nº 041-2017-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS, compete a este Ministerio formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social;

Que, el artículo 18 de la Ley Nº 29792, encarga al MIDIS la articulación y coordinación entre niveles de gobierno y con otros organismos del Poder Ejecutivo, para la implementación de políticas nacionales y sectoriales, así como la evaluación de su cumplimiento;

Que, la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", declaró de interés público nacional, las intervenciones en el marco de la "Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, dirigida al desarrollo y protección de los derechos de los pueblos indígenas con énfasis en la Amazonía";

Que, el Decreto Legislativo Nº 1197 encarga al MIDIS, la coordinación de la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad - EASS, de los pueblos indígenas con énfasis en la Amazonía. En el marco de la citada estrategia se incorpora el manejo de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS, las que llevan diversos servicios sociales del estado, a bordo de las PIAS;

Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece, que a partir de la vigencia de la citada Ley, la coordinación de las acciones de la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, dirigida al desarrollo y protección de los pueblos indígenas con énfasis en la Amazonía, estará a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS);

Que, conforme a la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en el marco de lo dispuesto en el primer párrafo de la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, durante el año fiscal 2017, se autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de VEINTICINCO MILLONES Y 00/100
SOLES (S/ 25 000 000,00) a favor de las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de este último;

Que, asimismo, la citada disposición complementaria final señala que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social, se aprueban las disposiciones complementarias para la aplicación de dicha disposición, las que incluyen las acciones que deberán realizar las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales y el monto correspondiente a ser transferido;

Que, en dicho contexto, mediante Decreto Supremo Nº 001-2017-MIDIS, se aprobaron las acciones que el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Cultura, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Gobierno Regional 13 NORMAS LEGALES
Sábado 4 de marzo de 2017
El Peruano / del Departamento de Loreto y el Gobierno Regional del Departamento de Puno, deben cumplir para hacer efectiva la primera transferencia de los recursos a que se refiere la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS;

Que, a través del Informe Nº 039-2017-MIDIS-VMPES/ DGPE, la Dirección General de Políticas y Estrategias del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social propone una Transferencia de Partidas a favor de los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio de Cultura, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Gobierno Regional del Departamento de Loreto y Gobierno Regional del Departamento de Puno, hasta por el monto total de ONCE
MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL
NOVECIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 11 684 973,00) al haber verificado el cumplimiento de las condiciones establecidas para dichos pliegos en el Decreto Supremo Nº 001-2017-MIDIS;

Que, con Informe Nº 54-2017-MIDIS/SG/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, emite opinión favorable respecto de la Transferencia de Partidas hasta por la suma de ONCE MILLONES
SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS
SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 11 684 973,00) con cargo a los recursos del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio de Cultura, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Gobierno Regional del Departamento de Loreto y Gobierno Regional del Departamento de Puno; para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS; en el marco de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en mérito de lo cual, a través del Oficio Nº 196-2017-MIDIS/SG el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de ONCE
MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL
NOVECIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 11
684 973,00) a favor de los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio de Cultura, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Gobierno Regional del Departamento de Loreto y Gobierno Regional del Departamento de Puno, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de ONCE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA
Y CUA TRO MIL NOVECIENTOS SETENT A Y TRES Y 00/100
SOLES (S/ 11 684 973,00) del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio de Cultura, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Gobierno Regional del Departamento de Loreto y Gobierno Regional del Departamento de Puno, para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Central - MIDIS
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5002357 : Gestión del Desarrollo Social FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 11 684 973,00
------------------ TOTAL EGRESOS 11 684 973,00
============
A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 003 : Ministerio de Cultura UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Cultura - Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5001905 : Construcción de una ciudadanía intercultural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 1 669 684,00
------------------ SUBTOTAL PLIEGO 003 1 669 684,00
==========
PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Peru PROGRAMA PRESUPUESTAL 0135 : Mejora de las Capacidades Militares para la Defensa y el Desarrollo Nacional PRODUCTO 3000722 : Servicios de Apoyo al Estado ACTIVIDAD 5005262 : Servicios de Apoyo Cívico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 7 035 688,00
------------------ SUBTOTAL PLIEGO 026 7 035 688,00
==========
PLIEGO 033 : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil PROGRAMA PRESUPUESTAL 0079 : Acceso de la Población a la Identidad PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y servicios 449 844,00
---------------- SUBTOTAL PLIEGO 033 449 844,00
=========
SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 453 : Gobierno Regional del Departamento de Loreto UNIDAD EJECUTORA 400 : Región Loreto - Salud Loreto
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000515 : Atención Integral de salud de las poblaciones excluidas y dispersas a nivel nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 2 022 432,00
----------------- SUB TOTAL PLIEGO 453 2 022 432,00
==========
PLIEGO 458 : Gobierno Regional del Departamento de Puno UNIDAD EJECUTORA 400 : Región Puno - Salud Puno - Lampa
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
14 NORMAS LEGALES
Sábado 4 de marzo de 2017 / El Peruano ACTIVIDAD 5000515 : Atención Integral de salud de las poblaciones excluidas y dispersas a nivel nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 507 325,00
----------------- SUB TOTAL PLIEGO 458 507 325,00
===========
TOTAL EGRESOS 11 684 973,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se hace referencia en el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros Encargado del despacho del Ministerio de Economía y Finanzas
CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

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