3/22/2017

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000082-2017-J/ONPE Aprueban el diseño de la cédula de sufragio para la

Aprueban el diseño de la cédula de sufragio para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000082-2017-J/ONPE Lima, 14 de marzo de 2017 VISTOS: el Informe Nº 000014-2017-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral, el Informe Nº 000195-2017-SGOE-GGE/ONPE de la Sub Gerencia de Operaciones Electorales de la Gerencia de Gestión Electoral, el Informe Nº 000024-2017-GG/ONPE de la Gerencia General, así como el Informe Nº 000126-2017-GAJ/ONPE de
Aprueban el diseño de la cédula de sufragio para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000082-2017-J/ONPE
Lima, 14 de marzo de 2017
VISTOS: el Informe Nº 000014-2017-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral, el Informe Nº 000195-2017-SGOE-GGE/ONPE de la Sub Gerencia de Operaciones Electorales de la Gerencia de Gestión Electoral, el Informe Nº 000024-2017-GG/ONPE de la Gerencia General, así como el Informe Nº 000126-2017-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Mediante Resolución Nº 0046-2017-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) convocó a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017, para el día domingo 11 de junio de 2017, en 27
circunscripciones del país, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control ciudadanos;

De conformidad con el artículo 37º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE) en concordancia con el literal c) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es función de la ONPE planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente, precisándose en el literal b) del mismo artículo que es función de este organismo constitucional autónomo diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo;

Asimismo, el artículo 159º de la LOE, dispone que corresponde a la ONPE determinar las características de las cédulas de sufragio, la impresión y distribución de las mismas, así como decidir acerca de las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector;

Teniendo en cuenta la aplicación supletoria del artículo 165º de la LOE, en lo que corresponde, la ONPE tiene a su cargo la elaboración, publicación y presentación del diseño de la cédula de sufragio ante los personeros participantes de la consulta popular en curso; es por
ello que, tiene la facultad de incorporar mecanismos de control para garantizar la seguridad y eficacia del proceso, para tal fin se ha considerado un diseño de cédula con la inclusión de un código de barras, siendo la principal ventaja de esta incorporación reconocer en forma única y no ambigua las cédulas de sufragio que se emplearán en las mesas de sufragio para la votación de los electores, garantizando el derecho al voto secreto. Cabe precisar que, este código será idéntico para todas las cédulas de un mismo distrito electoral;

De acuerdo a lo señalado y lo establecido en el literal d) y e) del artículo 68º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias, la Gerencia de Gestión Electoral, a través del Informe de vistos, ha propuesto a la Gerencia General la aprobación del diseño y especificaciones técnicas de la Cédula de Sufragio correspondientes al proceso de Consulta Popular convocado;

La Gerencia General, mediante el documento de vistos, presentó a la Jefatura Nacional la propuesta de diseño y especificaciones técnicas de la Cédula de Sufragio para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017, recomendando su aprobación y publicación correspondiente; a fin de que sea sometida al procedimiento de presentación de tachas de acuerdo a lo estipulado en el artículo 167º de la LOE, de ser el caso; por lo que, es necesario emitir la Resolución Jefatural que las apruebe;

De conformidad con lo dispuesto en los literales b), g) y h) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como en los literales o) y s) del artículo 11º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias;

Con el visado de la Gerencia General, de la Secretaría General y de las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Gestión Electoral;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el diseño de la cédula de sufragio para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 2, y sus especificaciones técnicas contenidas en el Anexo Nº 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, así como de los promotores y autoridades sometidas a consulta, el contenido de la presente Resolución Jefatural y de sus anexos.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ADOLFO CARLO MAGNO CASTILLO MEZA
Jefe
ANEXO Nº 1
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL DISEÑO
DE LA CÉDULA DE SUFRAGIO PARA LA CONSULTA
POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO
DE AUTORIDADES MUNICIPALES 2017
1. MEDIDAS:

1.1. La cédula de sufragio tendrá las siguientes medidas:
• 01 a 02 autoridades: 16.00 cm. de largo x 21.00 cm. de ancho.
• 03 a 04 autoridades: 23.00 cm. de largo x 21.00 cm. de ancho.
• 05 a 06 autoridades: 29.70 cm. de largo x 21.00 cm. de ancho.

2. ANVERSO:

2.1. Encabezado: presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina superior derecha, y debajo de este, centrado en dos líneas, el texto donde se consigna el nombre del distrito y la provincia a la que pertenece, ambos en letras de color negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE en el extremo derecho, ambos de color negro.

2.2. Subtítulo: se muestra un recuadro en fondo de color gris, con el texto: "CONSULTA POPULAR DE
REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORIDADES
MUNICIPALES 2017", en letras de color blanco.

2.3. Instrucciones al elector: se muestra un recuadro en fondo de color gris, con el texto: "MARQUE CON UNA
CRUZ + .O UN ASPA x DENTRO DEL RECUADRO DEL
SI O DEL NO", en letras de color negro.

2.4. Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se considera un diseño que contempla 6
filas. Cada fila consta de un fondo con trama de color gris con las siglas: "JNE ONPE RENIEC", caladas con letras de color blanco en forma diagonal. Cada una de estas filas presenta 4 secciones claramente diferenciadas:

2.4.1 Número: enumera correlativamente, cada una de estas filas de las autoridades sometidas a consulta, impreso en color gris, al lado izquierdo.

2.4.2. Pregunta: presenta dos líneas de texto, en la primera línea detalla el nombre de la autoridad sometida a consulta y en la segunda línea la pregunta si debe dejar el cargo que ocupa (alcalde y/o regidor), en letras de color negro.

2.4.3. Primera opción de respuesta: recuadro impreso en fondo color verde con el texto "SI", en letras de color blanco.

2.4.4. Segunda opción de respuesta: recuadro impreso en fondo color cyan con el texto "NO", en letras de color blanco.

2.5. Pie de página: se muestra un recuadro en fondo de color gris, con las siglas: "JNE ONPE
RENIEC", caladas con letras de color blanco en forma diagonal, donde se indica el nombre del departamento en letras de color negro ubicado al extremo del lado derecho. Debajo de este fondo, presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina inferior izquierda.

3. REVERSO:

3.1. Fondo de color gris, con las siglas: "JNE ONPE
RENIEC" caladas con letras de color blanco en forma diagonal, y repetidas de manera uniforme sobre el área del fondo.

3.2. El encabezado muestra en dos líneas el siguiente texto: "CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL
MANDATO DE AUTORIDADES MUNICIPALES 2017", debajo van los "ORGANISMOS ELECTORALES", "JNE - ONPE - RENIEC", uno debajo del otro en letras de color negro. Inmediatamente después se muestra el Escudo Nacional, impreso en color negro.

3.3. Se ha consignado el título: "CEDULA DE
SUFRAGIO", centrado debajo del Escudo Nacional, donde se precisan las siguientes indicaciones para los miembros de mesa: "FIRMA OBLIGATORIA DEL PRESIDENTE
DE LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS
QUE SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE
INSTALACION", en letras de color negro.

3.4. A continuación se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo de este, está ubicado el área asignada para la firma del personero del promotor y finalmente se consignan los espacios correspondientes a las firmas de los personeros de las autoridades sometidas a consulta.

El diseño de cédula publicado mide 29.70 cm. de largo x 21.00 cm. de ancho, es de formato vertical a todo color en el anverso y 01 color en el reverso.

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