3/04/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 098-2017-MEM/DM Autorizan transferencia financiera a favor del SENAMHI

Autorizan transferencia financiera a favor del SENAMHI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 098-2017-MEM/DM Lima, 3 de marzo de 2017 VISTO: El Informe Nº 043-2017-MEM-OGP/PRE de fecha 27 de febrero de 2017 de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante el literal f) de la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017,
Autorizan transferencia financiera a favor del SENAMHI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 098-2017-MEM/DM
Lima, 3 de marzo de 2017
VISTO: El Informe Nº 043-2017-MEM-OGP/PRE de fecha 27 de febrero de 2017 de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el literal f) de la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a efectuar una transferencia financiera a favor del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI), como aporte institucional para la implementación de estaciones hidrométricas a fin de promover la inversión en centrales hidroeléctricas, hasta por la suma de S/ 700 000,00 (setecientos mil y 00/100
Soles);

Que, la referida disposición señala que dichas transferencias de recursos, a ser financiadas con cargo al presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, se autorizan mediante resolución del Titular del Pliego, la que se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenios celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y las entidades públicas o Gobiernos Regionales, siendo en este caso el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI);

Que, asimismo, establece la obligación de las entidades que reciben las referidas transferencias de recursos de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales fueron transferidos;

Que, en virtud a la precitada disposición, con fecha 16 de febrero de 2017 el Ministerio de Energía y Minas y el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI) celebran un Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional con el objeto de establecer los mecanismos de coordinación y cooperación entre las partes para la operación y mantenimiento de las estaciones hidrológicas automáticas ubicadas en las cuencas de los ríos Marañón y Huallaga del proyecto "Suministro, Instalación y Puesta en Funcionamiento de un Sistema Hidrológico Automático y Equipos de Medición para Fines Hidroenergéticos";

Que, en la Cláusula Quinta del citado convenio el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir al Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI) recursos económicos por S/ 700 000,00 (setecientos mil y 00/100 Soles) para atender los gastos de operación y mantenimiento de catorce (14) estaciones 16 NORMAS LEGALES
Sábado 4 de marzo de 2017 / El Peruano hidrológicas automáticas ubicadas en las cuencas de los ríos Marañón y Huallaga;

Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, es necesario autorizar la transferencia financiera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI), mediante la correspondiente resolución del Titular del Pliego;

Con la opinión favorable del Director (e) de Presupuesto y el visto bueno del Director General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de Administración, del Director General de Asesoría Jurídica, y de la Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas;

De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; y, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de T esorería, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2012-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de la transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados del pliego a favor del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI)
Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados por un monto total ascendente a S/ 700 000,00 (setecientos mil y 00/100 Soles), a favor del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI), como aporte institucional para la operación y mantenimiento de las estaciones hidrológicas automáticas ubicadas en las cuencas de los ríos Marañón y Huallaga del proyecto "Suministro, Instalación y Puesta en Funcionamiento de un Sistema Hidrológico Automático y Equipos de Medición para Fines Hidroenergéticos", de acuerdo al siguiente detalle:

Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes 2.4 Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional S/ 700 000,00
-------------------TOTAL S/ 700 000,00
==========
Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectúa de conformidad con el siguiente detalle:

Al:

Pliego : 331 Servicio Nacional Meteorología e Hidrología - SENAMHI
Unidad Ejecutora : 001 Servicio Nacional Meteorología e Hidrología - SENAMHI
Unidad Ejecutora SIAF : 474 Servicio Nacional Meteorología e Hidrología - SENAMHI
Cuenta Corriente : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : 20131366028
Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional celebrado entre el Ministerio de Energía y el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.