3/28/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 101-2017-MIMP Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de la

Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor y su exposición de motivos en el Portal Institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 101-2017-MIMP Lima, 27 de marzo de 2017 VISTO: El Memorándum Nº 198-2017-MIMP/DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, establece el marco normativo
Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor y su exposición de motivos en el Portal Institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 101-2017-MIMP
Lima, 27 de marzo de 2017
VISTO:

El Memorándum Nº 198-2017-MIMP/DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, establece el marco normativo que garantiza los mecanismos legales para el pleno ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores, a fin de mejorar su calidad de vida y propiciar su plena integración al desarrollo social, económico, político y cultural de la Nación, contribuyendo de este modo al respeto de su dignidad;

Que, la referida norma en su Quinta Disposición Complementaria Final, dispone que el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de la Mujer y Poblaciones, reglamenta la referida ley dentro de los ciento ochenta días contados desde su entrada en vigencia;

Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, señala que es competencia de dicho Sector el diseñar, establecer, promover, ejecutar y supervisar políticas públicas a favor de las personas adultas mayores;

Que, de acuerdo a lo previsto en los literales a) y b) del artículo 65 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP, la Dirección de Personas Adultas Mayores de la Dirección General de la Familia y la Comunidad es la dependencia encargada de proponer lineamientos, dispositivos legales, planes, programas, proyectos y normas internas en temas de personas adultas mayores, especialmente en aquellos sectores de la población que sufren discriminación o desprotección social; así como de promover los derechos de las personas adultas mayores, en concordancia con la política nacional y los acuerdos internacionales;

Que, en el Informe Nº 039-2017-MIMP-DGFC-DIPAM/YRR la Dirección de Personas Adultas Mayores, atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo sustenta la necesidad de que la propuesta reglamentaria sea consultada a la sociedad civil; en consecuencia, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, es necesario disponer la publicación del Proyecto de reglamento de la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, por un plazo de seis (06) días hábiles;

Con las visaciones del Viceministro de Poblaciones Vulnerables, la Secretaría General, la Directora General de la Familia y la Comunidad y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1098 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y sus modificatorias;
y, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del Proyecto de Reglamento.

Dispóngase la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor y la exposición de motivos de la referida propuesta normativa en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe), para recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por un plazo de seis (06) días hábiles, contados desde la publicación de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Mecanismo de Participación La Dirección de Personas Adultas Mayores de la Dirección General de la Familia y la Comunidad es la encargada de recibir, procesar, evaluar e incluir de ser el caso, las opiniones, comentarios y/o sugerencias que reciban sobre el proyecto citado en el artículo precedente, que serán remitidos a la citada Dirección a través de las direcciones electrónicas: yrios@mimp.gob.pe y mmartinez@mimp.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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