3/04/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 119-2017-IN

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 119-2017-IN Lima, 3 de marzo de 2017 VISTOS; la Carta Nº 147/AMERIPOL - SECRETARÍA EJECUTIVA, de fecha 30 de enero de 2017, del Delegado del Secretario Ejecutivo de AMERIPOL; y, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 68-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 23 de febrero de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 147/AMERIPOL - SECRETARÍA EJECUTIVA, de fecha 30 de enero de 2017, el Delegado del Secretario Ejecutivo

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 119-2017-IN
Lima, 3 de marzo de 2017
VISTOS; la Carta Nº 147/AMERIPOL - SECRETARÍA
EJECUTIVA, de fecha 30 de enero de 2017, del Delegado del Secretario Ejecutivo de AMERIPOL; y, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 68-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 23 de febrero de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta Nº 147/AMERIPOL -
SECRETARÍA EJECUTIVA, de fecha 30 de enero de 2017, el Delegado del Secretario Ejecutivo de AMERIPOL hace extensiva la invitación a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, para que dos funcionarios policiales (un hombre y una mujer)
participen en la décima tercera edición de la carrera atlética "Policía Héroe de Paz", con motivo de celebrarse un aniversario más de profesionalización de la Policía Nacional del Ecuador, a realizarse el 5 de marzo de 2017, en la ciudad de San Francisco de Quito, República del Ecuador;

Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 68-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 23 de febrero de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente que prosiga el trámite de aprobación del expediente del viaje al exterior, en comisión de servicios, del 4 al 6 de marzo de 2017, a la ciudad de San Francisco de Quito, República del Ecuador, de la Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Lidia Luisa Gonzales Cuadros y del Suboficial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Julio César Girón Ramos, por cuanto su participación como representantes de la Policía Nacional del Perú en el evento deportivo realzará la imagen institucional, así como establecerá lazos de cordialidad entre las policías pertenecientes a la comunidad de AMERIPOL;

Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, redunda en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de gastos de inscripciones, transporte interno, alojamiento y alimentación, son asumidos por la Federación Deportiva Policial Ecuatoriana (FEDEPOE), conforme lo señala la Carta Nº 147/AMERIPOL - SECRETARIA EJECUTIVA, de fecha 30 de enero de 2017, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002:

Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio Nº 968-2017-DIREJADM-DIRECFIN-PNP/DIVPRE., de fecha 22 de febrero de 2017;

Que, asimismo el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, de fecha 11 de marzo de 2009, establece que los viajes al exterior 19 NORMAS LEGALES
Sábado 4 de marzo de 2017
El Peruano / con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad comisión de servicios;

Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que Regula Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;

Que, asimismo el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1º del decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano";

Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Lidia Luisa Gonzales Cuadros y del Suboficial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Julio César Girón Ramos, del 4 al 6 de marzo de 2017, a la ciudad de San Francisco de Quito, República del Ecuador, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente, son efectuados con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Importe US$ Días Pers. Total US$
Pasajes aéreos 452.51 X 2 = 905.02
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos asignados.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS
Ministro del Interior

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