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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 129-2017-MIMP Modifican la R.M N° 095-2017-MIMP mediante la cual se
4/25/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 129-2017-MIMP Modifican la R.M N° 095-2017-MIMP mediante la cual se
Modifican la R.M Nº 095-2017-MIMP mediante la cual se constituyó la Red Nacional de Personas Adultas Mayores RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 129-2017-MIMP Lima, 24 de abril de 2017 VISTOS: Visto; el Memorándum Nº 255-2017-MIMP/DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y el Informe Nº 03-2017-MIMP/DGFC/DIPAM de la Dirección de Personas Adultas Mayores, el Informe Nº 075-2017-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables -
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 129-2017-MIMP
Lima, 24 de abril de 2017
VISTOS:
Visto; el Memorándum Nº 255-2017-MIMP/DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y el Informe Nº 03-2017-MIMP/DGFC/DIPAM de la Dirección de Personas Adultas Mayores, el Informe Nº 075-2017-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP;
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 1098, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mu-jer y Poblaciones Vulnerables, establece que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ejerce rectoría en las políticas nacionales y sectoriales sobre la promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2011- MIMDES, se aprobó la Política Nacional en relación a las Personas Adultas Mayores, que tiene dentro de sus objetivos prioritarios, mejorar la calidad de vida de la población adulta mayor y la creación de un entorno social favorable para las personas adultas mayores, que potencien su desarrollo y favorezcan el ejercicio de sus derechos;
Que, el artículo 3º de la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, dispuso que el MIMP ejerce la rectoría sobre la promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores, razón por la cual en el marco de sus competencias y de la normatividad vigente se encargará de normar, promover, coordinar, dirigir, ejecutar, supervisar fiscalizar, sancionar, registrar información, monitorear y realizar las evaluaciones de las políticas, planes, programas y servicios a favor de ella, en coordinación con los gobiernos regionales, gobiernos locales, entidades públicas, privadas y sociedad civil, que brindan las facilidades del caso;
Que, asimismo el artículo 23º de la citada Ley señala que el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales conformarán espacios para abordar la temática de las personas adultas mayores, pudiendo constituir para tal fin comisiones multisectoriales, consejos regionales y mesas de trabajo, respectivamente, integradas por representantes del Estado;
Que, es una Política Nacional del Estado convocar la más amplia participación, en este caso de las personas adultas mayores y otros actores sociales, a fin de comprometerlos en el diseño y ejecución de programas y proyectos específicos, promover la asociación y el fortalecimiento de las organizaciones de personas adultas mayores, con el objetivo de constituir Redes a nivel local y regional para potenciar las acciones de sus integrantes y generar mecanismos para el intercambio de información, conocimiento y experiencias;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-MIMP
se aprobó el "Plan Nacional para las Personas Adul tas Mayores 2013-2017", con el objeto de implementar ac-ciones coordinadas entre las organizaciones gubernamen-tales y la sociedad civil a fin de aumentar la participación e integración social del adulto mayor, a través del incremen-to en la cobertura y calidad de los servicios de salud, la garantía de una asistencia alimentaria y nutricional y la generación de oportunidades para una vida armónica con su familia y su comunidad. En ese sentido, en aras de un trabajo concertado se requiere tomar acciones concretas para la implementación y cum plimiento de las medidas establecidas en la Ley de la Persona Adulta Mayor, en el "Plan Nacional para las Personas Adul tas Mayores 2013-2017" en coherencia con la Política Nacional, que redunden en beneficio de la población objetivo a fin de al canzar mejores condiciones y calidad de vida;
Que, en ese contexto mediante Resolución Ministerial Nº 095-2017-MIMP se Constituyó la Red Nacional de Personas Adultas Mayores de la Dirección de Personas Adultas Mayores, con el objeto de trabajar de manera articulada y concertada la política nacional en relación a las Personas Adultas Mayores;
Que, mediante los informes de vistos la Dirección de Personas Adultas Mayores de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del MIMP, señala que con el objeto que la Red antes mencionada pueda abordar situaciones de riesgo de desastres naturales o de cualquier otra naturaleza que afecten la integridad, seguridad o salud de las personas adultas mayores, y a fin de contar con un enfoque estructurado para manejar estrategias de desarrollo y mitigación del riesgo, solicita incorporar un Quinto Componente: "Gestión de Riesgos" a la estructura de la Red Nacional de Personas Adultas Mayores de la Dirección de Personas Adultas Mayores. Asimismo, por razones de estrategia para la articulación geográfica solicita que se amplíe la "Estructura y Conformación" de la Red antes mencionada, incorporando a la "Mesa de la Red Lima Metropolitana". En ese sentido, resulta necesario modificar la Resolución Ministerial Nº 095-2017-MIMP;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del MIMP
y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mu jer y Poblaciones Vulnerables y su Re glamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y su modificatoria; Ley Nº 30490 - Ley de la Persona Adulta Mayor y en el Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013-2017;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar los artículos 1 y 3 de la Resolución Ministerial Nº 095-2017-MIMP mediante la cual se constituyó la Red Nacional de Personas Adultas Mayores, quedando redactados de la siguiente manera:
"Artículo 1.- Constitución de la Red Nacional de Personas Adultas Mayores.
Constituir la Red Nacional de Personas Adultas Mayo-res, con el objeto de trabajar de manera articulada y concertada la política nacional en relación a las Personas Adultas Mayores.
Para tal efecto y con la finalidad de realizar este trabajo de manera organizada, se ha diseñado la intervención a través de los siguientes componentes:
• Primer Componente: Autocuidado • Segundo Componente: Protección de Derechos • Tercer Componente: Reinserción Ocupacional • Cuarto Componente: Relaciones Intergeneracionales • Quinto Componente: Gestión de Riesgos"
"Artículo 3.- Estructura y Conformación de la Red Nacional de Personas Adultas Mayores.
...
1.7. Macro Red Lima Metropolitana, está conformada por Mancomunidades:
1.7.1. Mesa de la Red Metropolitana de Lima Mancomunidad Municipal Lima - Norte: integrada por seis (6) mesas distritales Mesa Distrital Comas (sede)
Mesa Distrital Independencia Mesa Distrital Carabayllo Mesa Distrital Santa Rosa Mesa Distrital Puente Piedra Mesa Distrital Ancón."
Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la Dirección de la Persona Adulta Mayor de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del MIMP.
Artículo 3.- Disponer que la Resolución Ministerial Nº 095-2017-MIMP mediante la cual se constituyó la Red Nacional de Personas Adultas Mayores, así como la presente resolución, sean publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP (www.mimp.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
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