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ACUERDO REGIONAL N° 023-2017-GRLL/CR Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad
5/29/2017
ACUERDO REGIONAL N° 023-2017-GRLL/CR Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad
Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Pacanga, Provincia de Chepén, departamento de La Libertad ACUERDO REGIONAL Nº 023-2017-GRLL/CR Trujillo, 20 de abril del 2017 El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad en Sesión Extraordinaria de fecha 20 de abril de 2017, VISTO Y DEBATIDO, el Dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial que contiene la propuesta de Acuerdo Regional, relativo a la Autorización de transferencia
ACUERDO REGIONAL Nº 023-2017-GRLL/CR
Trujillo, 20 de abril del 2017
El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad en Sesión Extraordinaria de fecha 20 de abril de 2017, VISTO Y DEBATIDO, el Dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial que contiene la propuesta de Acuerdo Regional, relativo a la Autorización de transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Pacanga para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública "CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO
Y VEREDAS DEL SECTOR BARRIO PIURA DEL C.P.
PACANGUILLA, DISTRITO DE PACANGA, PROVINCIA
DE CHEPÉN - LA LIBERTAD"; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Estado y artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867
y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39º de la Ley Nº 27867, que señala:
"Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)";
Que, los literales a) y d) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modificar o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados financieros y Presupuestarios;
Que, el inciso e) del numeral 15.1 del artículo 15º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, respecto a las transferencias financieras permitidas durante el año fiscal 2017 autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno subnacional y de éstos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo.
Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2017, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado;
Que el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las transferencias financieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de fondos públicos de contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino;
Que, de conformidad a lo establecido por el segundo párrafo del numeral 75.2 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el que señala que en caso de los Gobiernos Regionales las transferencias financieras a otros pliegos presupuestales, se aprueban mediante acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; lo cual implica, la suscripción de los respectivos Convenios de Financiamiento por el Gobierno Regional y los Pliegos Presupuestales involucrados, debiendo establecer los montos de cofinanciamiento de ambas partes, de ser el caso; para el proceso de ejecución de las actividades o proyectos de inversión pública materia del convenio;
Que, mediante Oficio Nº 0702-2016-MDP/A de fecha 16 de diciembre de 2016, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacanga, en el marco del "Convenio de colaboración interinstitucional para Transferencia como apoyo económico financiero de ejecución de obra pública entre el Gobierno Regional La Libertad y la Municipalidad Distrital de Pacanga", solicita al Gobernador del Gobierno Regional de La Libertad, que se viabilice la Transferencia Financiera por la suma de S/. 1'162,142.00 para cubrir el monto de cofinanciamiento para ejecución del proyecto de inversión pública "CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO
Y VEREDAS DEL SECTOR BARRIO PIURA DEL C.P.
PACANGUILLA, DISTRITO DE PACANGA, PROVINCIA
DE CHEPÉN - LA LIBERTAD";
Que, el Gerente Regional de Presupuesto con Oficio Nº 005-2017-GR-LL-GGR-GRP, emite la opinión correspondiente relativa a la transferencia financiera referida en el párrafo precedente, señalando que la atención de la Transferencia Financiera estaría sujeto a las condiciones excepcionales y a la priorización de la Gerencia Regional de Infraestructura; y a la evaluación previa de los recursos financieros que administra la Gerencia Regional de Administración;
Que, la Gerencia Regional de Infraestructura mediante Oficio Nº 402-2017-GRLL-GGR/GRI
hace el requerimiento ante la Gerencia Regional de Administración para que se considere el financiamiento para el proyecto antes aludido con cargo a los Saldos de Balance, quien con el Oficio Nº 116-2017-GRLL-GGR/GRA de fecha 28 de febrero 2017 manifiesta que está siendo considerado en los Saldos de Balance del Año Fiscal 2017, y a través de su Oficio Nº 146-2017-GRLL-GGR/GRA comunica que conforme a la coordinación realizada con la Gerencia Regional de Infraestructura, se considera viable destinar con cargo a dichos saldos la suma de S/. 1'162,142.00 para la Transferencia Financiera para ejecución del Proyecto de Inversión Pública "CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO
Y VEREDAS DEL SECTOR BARRIO PIURA DEL C.P.
PACANGUILLA, DISTRITO DE PACANGA, PROVINCIA
DE CHEPÉN - LA LIBERTAD";
Que, con Informe Legal Nº 116-2016-GRLL-GGR/ GRAJ/EPJV, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica opina que es viable la aprobación del Acuerdo del Consejo Regional, que autorice la suscripción del "CONVENIO DE
TRANSFERENCIA FINANCIERA PARA LA EJECUCIÓN
DE OBRA PÚBLICA ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL LA
LIBERTAD Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAO", hasta por la suma de S/. 1'162,142.00 correspondiente al PIP "CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO Y VEREDAS
DEL SECTOR BARRIO PIURA DEL C.P. PACANGUILLA,
DISTRITO DE PACANGA, PROVINCIA DE CHEPÉN - LA
LIBERTAD";
Que, estando a lo acordado, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; artículos 15º y 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23º y 64º del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad aprobado con Ordenanza Regional Nº 005-2010-GR-LL/CR; demás normas complementarias.
Con dispensa de lectura y aprobación del acta, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, ACORDÓ POR
UNANIMIDAD, lo siguiente:
Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Pacanga, hasta por la suma de UN MILLÓN CIENTO
SESENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y DOS Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1'162,142.00), destinados a la ejecución del PIP "CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO
Y VEREDAS DEL SECTOR BARRIO PIURA DEL C.P.
PACANGUILLA, DISTRITO DE PACANGA, PROVINCIA
DE CHEPÉN - LA LIBERTAD"; los cuales no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional de La Libertad, la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en el literal e) del numeral 15.1 del artículo 15º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia financiera autorizada en el artículo precedente.
Artículo Tercero.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad.
POR TANTO:
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
EDWIN MARTÍN CASTELLANOS GARCÍA
Presidente Consejo Regional La Libertad
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