5/12/2017

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 054-2017-P-CNM Aprueban el reordenamiento del

Aprueban el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Consejo Nacional de la Magistratura RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 054-2017-P-CNM San Isidro, 3 de mayo de 2017 VISTOS: El Proveído Nº 001163-2017-DG/CNM de la Dirección General del CNM; la opinión técnica favorable contenida en el Memorando Nº 000048-2017-OPCT/CNM, de la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica del CNM; y los Informes Nº 000042 y 000040-2017-ARH-OAF/
Aprueban el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Consejo Nacional de la Magistratura
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 054-2017-P-CNM
San Isidro, 3 de mayo de 2017
VISTOS:

El Proveído Nº 001163-2017-DG/CNM de la Dirección General del CNM; la opinión técnica favorable contenida en el Memorando Nº 000048-2017-OPCT/CNM, de la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica del CNM;
y los Informes Nº 000042 y 000040-2017-ARH-OAF/ CNM, del Área de Recursos Humanos del CNM; sobre reordenamiento del CAP Provisional;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27183, Ley que autoriza al Consejo Nacional de la Magistratura a realizar un proceso de racionalización de personal, el régimen laboral de los trabajadores de la institución es el normado en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo 003-97-TR, que regula el régimen laboral de la actividad privada;

Que, el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM)
en el marco de la Constitución y su Ley Orgánica, y las normas que regulan los Sistemas Administrativos,
aprobó su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), mediante Resolución Nº 156-2015-P-CNM, y modificatorias; en base a los «Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública», aprobados por el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM;

Que, conforme a la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) serán sustituidos por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE);

Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, prevé que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades;

Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley Nº 30057, con la finalidad de viabilizar el tránsito de las Entidades al nuevo régimen del servicio civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, que regula las «Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE», la cual incluye los lineamientos para que las Entidades del Sector Público aprueben su Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional);
modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE; aplicable para supuestos de excepción y solo en tanto las Entidades comprendidas en los mismos cumplan con las condiciones establecidas;

Que, de acuerdo con el numeral 7.5 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF, o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al Régimen del Servicio Civil, previsto en la Ley Nº 30057;

Que, el numeral 5 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIRPE, y modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIRPE, establece que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar ajustes sobre cambios de los campos, número de orden, cargo estructural, código, clasificación, situación del cargo y cargo de confianza, así como, de otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad. No requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional, y podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización o quien haga sus veces;

Que, mediante Resolución Nº 110-2016-P-CNM de fecha 23.08.2016, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Consejo Nacional de la Magistratura, de acuerdo a los lineamientos establecidos por SERVIR;

Que, la Dirección General del CNM con Proveído de Vistos, y en razón de las necesidades institucionales, dispone se gestione el reordenamiento del CAP
Provisional del CNM;

Que, mediante Informes Nº 000042 y 000040-2017-ARH-OAF/CNM, el Área de Recursos Humanos del CNM propone el reordenamiento de cargos del CAP Provisional del Consejo Nacional de la Magistratura, sustentando su aprobación, en concordancia con la estructura orgánica vigente;

Que, mediante Informe Nº 000048-2017-OPCT/ CNM, la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica del CNM, emite opinión favorable a la propuesta de reordenamiento de cargos del CAP Provisional;

En mérito a las consideraciones expuestas en el presente, resulta viable la aprobación del reordenamiento de cargos del CAP Provisional del Consejo Nacional de la Magistratura, conforme anexo que forma parte de la presente Resolución, el mismo que consta de ciento sesenta (160) cargos y se ha elaborado tomando en cuenta la información sobre cargos estructurales, la clasificación, códigos y los límites porcentuales dispuestos en los dispositivos normativos vigentes y documentos de gestión;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH: «Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE», aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/PE; el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado mediante Resolución Nº 156-2015-P-CNM, y modificatorias;

Con el visado de la Dirección General, la Oficina de Asesoría Jurídica, la Oficina de Administración y Finanzas, la Oficina de Presupuesto e Inversiones y la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica del Consejo Nacional de la Magistratura;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP
Provisional) del Consejo Nacional de la Magistratura conforme Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección General y a la Oficina de Administración y Finanzas del Consejo Nacional de la Magistratura, que adopten las acciones de personal necesarias, a fin de implementar lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Consejo Nacional de la Magistratura y en el Portal del Estado Peruano, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial «El Peruano».

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

GUIDO AGUILA GRADOS
Presidente

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