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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 066-2017-INEI Autorizan ejecución de la Encuesta "Estadística Industrial
5/25/2017
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 066-2017-INEI Autorizan ejecución de la Encuesta "Estadística Industrial
Autorizan ejecución de la Encuesta "Estadística Industrial Mensual 2017" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 066-2017-INEI Lima, 22 de febrero de 2017 Visto el Oficio Nº 003-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/ DIGECOMTE, de la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, solicitando autorización para la ejecución de la Encuesta "Estadística Industrial Mensual 2017". CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 066-2017-INEI
Lima, 22 de febrero de 2017
Visto el Oficio Nº 003-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/ DIGECOMTE, de la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, solicitando autorización para la ejecución de la Encuesta "Estadística Industrial Mensual 2017".
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática" el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizados por los órganos del Sistema para la producción de las estadísticas oficiales del país;
Que, la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, es la encargada de planear coordinar y supervisar las actividades estadísticas que se desarrollen en su Sector y con la finalidad de recopilar información básica sobre la actividad económica del subsector industrial a través de la elaboración de indicadores económicos coyunturales del Sector, requiere en el presente año, ejecutar la Encuesta "Estadística Industrial Mensual 2017" dirigida a una muestra de 3 423 empresas seleccionadas a nivel nacional;
Que, mediante Informe Nº 009-2017-INEI/DNCE del 10 de febrero de 2017, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, ha analizado la cobertura, temática, actividad a investigar, temporalidad, unidad de observación, tamaño de la muestra y modalidad de recojo de los datos, y ha validado el procedimiento metodológico que se utiliza para el cálculo del índice de la producción industrial manufacturera; remitida por la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, por lo que resulta necesario autorizar la ejecución de la Encuesta "Estadística Industrial Mensual 2017", a nivel nacional, que estará a cargo de la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial a través de la Dirección de Estudios Económicos MYPE e Industria del Ministerio de la Producción y las Direcciones Regionales de PRODUCE o la que haga sus veces, dentro del ámbito de su competencia administrativa;
Que resulta pertinente autorizar la ejecución de la Encuesta "Estadística Industrial Mensual 2017"para Establecimientos manufactureros, dirigida a las personas naturales y jurídicas ubicadas en el territorio nacional, que se dediquen a la actividad manufacturera, así como aprobar el formulario respectivo y establecer el plazo máximo para la presentación de la información solicitada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; y, Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática".
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la Encuesta "Estadística Industrial Mensual 2017", dirigida a una muestra de empresas seleccionadas a nivel nacional, cuya relación se encuentra publicada en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (http://www.produce.gob. pe). La Encuesta estará a cargo de la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción.
Artículo 2º.- Aprobar el formulario de la mencionada Encuesta, que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 3º.- Disponer, que las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información, podrán obtener su formulario electrónico a través de un aplicativo Web que estará disponible en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es https:// extranet.produce.gob.pe utilizando para ello la respectiva CLAVE de ACCESO que le será proporcionada por la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, ubicada en calle Uno Oeste Nº 060 Urb. Córpac, San Isidro - Lima, solicitándolo al correo est_manufactura@
produce.gob.pe.
Artículo 4º.- Precisar que el formulario electrónico debidamente absuelto deberá ser remitido en forma virtual a través del aplicativo WEB en la siguiente dirección:
https://extranet.produce.gob.pe en el orden siguiente:
- La primera parte del formulario, correspondiente a la Producción Estadística se entregará a más tardar, en el décimo (10) día hábil de finalizado el mes que se informa.
- La segunda parte del formulario, referido a la Opinión Empresarial será remitido a más tardar el quinto (05) día hábil de finalizado el mes que se informa. La constancia de presentación de la información se podrá imprimir una vez remitida la información vía internet y consolidada por el Ministerio.
Artículo 5º.- Las empresas que por primera vez son incluidas en la Muestra de la Encuesta "Estadística Industrial Mensual 2017", deberán también remitir su información mensualizada del ejercicio fiscal 2016. Cabe indicar que la institución queda facultada en solicitar a los informantes datos de períodos anteriores si así lo requieren para fines estadísticos.
Artículo 6º.- Sólo para aquellas empresas que no tengan facilidad de acceso a internet, de manera excepcional y por un tiempo determinado y previa coordinación con la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, podrán solicitar el envío del formulario físico a la siguiente dirección de correo electrónico: est_manufactura@produce.gob.pe o comunicarse en Lima : Ministerio de la Producción al 616- 2222 anexo 3312-3313-3314-3321-3322. En las Regiones: Direcciones Regionales PRODUCE.
Artículo 7º.- Las personas naturales y jurídicas a que se refiere el Art. 1º de la presente Resolución, que incumplan con la presentación del formulario en el plazo y términos indicados, serán sancionadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º, 89º y 90º del D. S. Nº 043-2001-PCM.
Regístrese y comuníquese.
ANIBAL SANCHEZ AGUILAR
Jefe (e)
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