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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 400-2017/MINSA Modifican la Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para
5/27/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 400-2017/MINSA Modifican la Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para
Modifican la Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para el Manejo de Pacientes con Intoxicación por Plomo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 400-2017/MINSA Lima, 25 de mayo del 2017 Visto el Expediente Nº 17-036559-001, que contiene las Notas Informativas Nºs. 536-2017/DGIESP/MINSA y 161-2017-DENOT-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 400-2017/MINSA
Lima, 25 de mayo del 2017
Visto el Expediente Nº 17-036559-001, que contiene las Notas Informativas Nºs. 536-2017/DGIESP/MINSA
y 161-2017-DENOT-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;
Que, el artículo 123 de la precitada Ley, modificada por la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud de nivel nacional. Como organismo del Poder Ejecutivo tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política de salud y actúa como la máxima autoridad normativa en materia de salud;
Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud ha previsto que el Ministerio de Salud es competente en Salud de las Personas;
Que, el artículo 4 de la precitada Ley, establece que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;
Que, los literales a) y b) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161 disponen como funciones rectoras del Ministerio de Salud, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 511-2007/ MINSA se aprueba la Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para el Manejo de Pacientes con Intoxicación por Plomo, cuyo literal c) del subnumeral V.1 del numeral V
establece como uno de los Criterios de Diagnóstico a las Pruebas de Laboratorio, que incluye el dosaje de plomo en sangre venosa: método de absorción atómica;
Que, asimismo el subnumeral VII.2 del numeral VII de la precitada Guía Técnica establece el Manejo Según Categorías de Exposición;
Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, es competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de Salud Pública en materia de Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, Raras y Huérfanas;
Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública
ha propuesto la modificatoria del literal c) del subnumeral V.1 del numeral V y del subnumeral VII.2 del numeral VII de la Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para el Manejo de Pacientes con Intoxicación por Plomo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 511-2007/MINSA, a efecto de incorporar la toma de muestra de sangre capilar con la Voltamperometría sin dejar de lado la obtención de muestras de sangre venosa para análisis mediante absorción atómica en caso sea necesario, así como de evitar la confusión en el abordaje de los pacientes al establecer que el manejo en pacientes por encima y por debajo del valor referencia respectivo (niños menores de doce años y mujeres; adultos no expuestos ocupacionalmente y adultos expuestos ocupacionalmente), respectivamente;
Que, asimismo, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública ha elaborado para su aprobación el Documento Técnico: Manual de Atención de Personas Expuestas a Plomo, cuya finalidad es contribuir a la prevención de la intoxicación y a la mejora de la calidad de vida de las personas expuestas a fuentes de contaminación por Plomo;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública;
Que, mediante Informe Nº 296-2017-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud ha emitido la opinión legal correspondiente;
Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar la Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para el Manejo de Pacientes con Intoxicación por Plomo, aprobada por Resolución Ministerial Nº 511-2007/ MINSA, de acuerdo al siguiente detalle:
"(...)
V. DIAGNÓSTICO
V.1 CRITERIOS DE DIAGNÓSTICO (...)
c) Dosaje de plomo en sangre.
Mayor de 10 μg/dl para niños y gestantes.
Mayor de 20 μg/dl para adultos no expuestos ocupacionalmente.
Mayor de 40 μg/dl para los expuestos ocupacionalmente (OPS/OMS, OIT)".
"VII. MANEJO SEGÚN NIVEL DE COMPLEJIDAD Y
CAPACIDAD RESOLUTIVA (...)
VII.2. MANEJO SEGÚN CATEGORÍAS DE
EXPOSICIÓN
Por debajo del valor de referencia Realizar una evaluación médica integral, a cargo del profesional de salud del establecimiento de salud, previamente entrenado en el contenido de la presente Guía de Práctica Clínica.
De encontrarse sintomatología compatible con intoxicación por plomo y que no pueda ser explicada por otra patología, el médico tratante deberá realizar referencia al establecimiento de salud con mayor capacidad resolutiva para la evaluación especializada.
El especialista definirá la necesidad de realizar toma de muestra para biomarcador de efecto, la cual será enviada al laboratorio de referencia definido por el Instituto Nacional de Salud (INS).
En caso no exista evidencia de síntomas o signos compatibles, el control será anual mediante evaluación médica integral de la persona expuesta, siempre y cuando persistan factores de riesgo.
Por encima del valor de referencia Si los resultados de la prueba de tamizaje muestran valores de plomo mayor o igual a 45 μg/dl, tomar una muestra de sangre venosa y enviarla al laboratorio de referencia nacional (CENSOPAS) para la prueba de espectrofotometría por absorción atómica en horno de grafito, según protocolo vigente.
Realizar una evaluación médica integral, a cargo del profesional de salud del establecimiento, previamente entrenado en el contenido del presente manual y la guía de práctica clínica para el manejo de pacientes con intoxicación por plomo.
De encontrarse sintomatología compatible con intoxicación por Plomo y que no pueda ser explicada por otra patología, el médico tratante deberá realizar referencia al establecimiento de salud con mayor capacidad resolutiva para la evaluación especializada. El especialista definirá la necesidad de realizar toma de muestra para biomarcador de daño y efecto, la cual será enviada al laboratorio de referencia definido por el Instituto Nacional de Salud (INS).
En caso sea necesaria la quelación debe priorizarse la hospitalización en establecimientos de salud con capacidad resolutiva y personal entrenado, así como asegurar el retiro de la persona de la zona con fuentes de exposición. Realizar el seguimiento con dosaje mensual de plomo hasta llegar a niveles por debajo del valor de referencia.
Si el paciente no requiere tratamiento quelante, el manejo estará orientado al control de daños si estuvieran presentes. Al mismo tiempo, el médico tratante deberá orientar al paciente a los cuidados de su salud y prevención de exposición.
En caso no exista evidencia de síntomas o signos compatibles, el control será mediante evaluación médica integral de la persona expuesta, donde el médico tratante determinará la necesidad de realizar el dosaje de acuerdo a la presente Guía Técnica".
Artículo 2.- Dejar subsistentes las demás disposiciones contenidas en la Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para el Manejo de Pacientes con Intoxicación por Plomo, aprobada por Resolución Ministerial Nº 511-2007/MINSA.
Artículo 3.- Aprobar el Documento Técnico: Manual de Atención de Personas Expuestas a Plomo, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud
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