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RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 096-2017-MINEDU Reconforman la Comisión Organizadora de la

Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 096-2017-MINEDU Lima, 23 de mayo de 2017 Visto, el Informe Nº 108-2017-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, el Informe Nº 492-2017-MINEDU/ SG-OGAJ, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, en adelante la Ley, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista,
Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 096-2017-MINEDU
Lima, 23 de mayo de 2017
Visto, el Informe Nº 108-2017-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, el Informe Nº 492-2017-MINEDU/ SG-OGAJ, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, en adelante la Ley, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público; asimismo, el artículo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se manifiesta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico;

Que, mediante Ley Nº 29649, se creó la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas - UNAAA como persona jurídica de derecho público interno, con domicilio en la ciudad de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto, sobre la base de la sede de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP) en Yurimaguas;

Que, el artículo 29 de la Ley establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 084- 2015-MINEDU, de fecha 03 de diciembre de 2015, se reconforma la Comisión Organizadora de la UNAAA, integrándose de la manera siguiente: SANTOS
SALVADOR BLANCO MUÑOZ, Presidente; CECILIA
HAYDEE EUFEMIA ALIAGA HERRERA, Vicepresidenta Académica; PEDRO VASQUEZ PEREZ, Vicepresidente de Investigación;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 071-2017-MINEDU, con fecha 28 de abril de 2017, se acepta la renuncia presentada por el señor SANTOS
SALVADOR BLANCO MUÑOZ al cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de la UNAAA, reconformada por Resolución Viceministerial Nº 084-2015-MINEDU
y se encarga al Vicepresidente de Investigación de la citada Comisión Organizadora, señor PEDRO VASQUEZ
PEREZ, las funciones de Presidente de la misma, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo;

Que, mediante Oficio Nº 346-2017-MINEDU/ VMGP-DIGESU la Dirección General de Educación Superior Universitaria - DIGESU remite el Informe Nº 108-2017-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, recomienda. i) dar por concluida la designación de la señora CECILIA HAYDEE EUFEMIA ALIAGA HERRERA
como Vicepresidenta Académica de la Comisión Organizadora de la UNAAA; ii) dar por concluida la designación del señor PEDRO VASQUEZ PEREZ, como Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNAAA; iii) dejar sin efecto la encargatura de funciones conferida mediante el artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 071-2017-MINEDU;
iv) designar al señor JORGE LESCANO SANDOVAL
como Presidente de la Comisión Organizadora de la UNAAA y encargársele, en adición a sus funciones, las funciones del Vicepresidente de Investigación, en tanto se designe al titular del referido cargo; y, v) designar al señor FLORENCIO FLORES CCANTO como Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNAAA;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal l) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, es función del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por Ley;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 27250, Ley que crea la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía; la Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución"; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora CECILIA HAYDEE EUFEMIA ALIAGA HERRERA
como Vicepresidenta Académica y del señor PEDRO
VASQUEZ PEREZ como Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la encargatura de funciones conferida mediante el artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 071-2017-MINEDU.

Artículo 3.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, la misma que estará integrada por:
- JORGE LESCANO SANDOVAL, Presidente - FLORENCIO FLORES CCANTO, Vicepresidente Académico Artículo 4.- Encargar al señor JORGE LESCANO
SANDOVAL, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, las
funciones de Vicepresidente de Investigación de la referida Comisión Organizadora, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LILIANA MIRANDA MOLINA
Viceministra de Gestión Pedagógica

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