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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 263-2017-MEM/DM Aprueban como empresa calificada, para efectos del
6/21/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 263-2017-MEM/DM Aprueban como empresa calificada, para efectos del
Aprueban como empresa calificada, para efectos del beneficio de Recuperación Anticipada del IGV a la empresa Monte Azul Logística S.A.C., por el desarrollo del proyecto de inversión privada denominado "Proyecto Sistema Logístico para Combustible Arequipa" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 263-2017-MEM/DM Lima, 15 de junio de 2017 APRUEBAN COMO EMPRESA CALIFICADA A MONTE AZUL LOGÍSTICA S.A.C. PARA EFECTO DEL RÉGIMEN DE RECUPERACIÓN ANTICIPADA DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS ESTABLECIDO POR DECRETO LEGISLATIVO
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 263-2017-MEM/DM
Lima, 15 de junio de 2017
APRUEBAN COMO EMPRESA CALIFICADA A
MONTE AZUL LOGÍSTICA S.A.C. PARA EFECTO DEL
RÉGIMEN DE RECUPERACIÓN ANTICIPADA DEL
IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS ESTABLECIDO
POR DECRETO LEGISLATIVO Nº 973, POR EL
DESARROLLO DEL PROYECTO DENOMINADO
"PROYECTO SISTEMA LOGÍSTICO PARA
COMBUSTIBLE AREQUIPA"
VISTOS: Los Oficios Nos. 1391-2016/ PROINVERSIÓN/DSI y 453-2017/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN
y el Informe Nº 065-2017-EF/61.01 del Ministerio de Economía y Finanzas; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 973 establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV) que grave las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, servicios y contratos de construcción, realizados en la etapa pre-productiva, a ser empleados por los beneficiarios del Régimen, directamente en la ejecución del compromiso de inversión para el proyecto previsto en el Contrato de Inversión respectivo y se destinen a la realización de operaciones gravadas con el IGV o a exportaciones;
Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973 establece que mediante Resolución Ministerial del sector competente, se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce de la Recuperación Anticipada del IGV, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán el derecho a dicha recuperación, para cada Contrato;
Que, el numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, establece que la referida Resolución Ministerial deberá señalar: (i) la(s)
persona(s) natural(es) o jurídica(s) contratista(s) del Contrato de Inversión por el que se aprueba la aplicación del Régimen; (ii) el monto de la inversión a ser ejecutado, precisando, de ser el caso, el monto de inversión de cada etapa o tramo; (iii) el plazo de ejecución de la inversión; (iv) los requisitos y características que deberá cumplir el proyecto; (v) la cobertura del Régimen, incluyendo la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y la lista contratos de construcción que se autorizan;
Que, asimismo, el numeral 5.2 artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973 establece que el Sector emitirá la Resolución Ministerial correspondiente cuando cuente tanto con el Contrato de Inversión suscrito con la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN y el Inversionista, así como con el informe del Ministerio de Economía y Finanzas que aprueba la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y lista de los contratos de construcción que será incluida en la referida Resolución Ministerial;
Que, mediante Oficio Nº 1391-2016/PROINVERSION/ DSI, de fecha 20 de diciembre de 2016, PROINVERSIÓN
remitió a este Ministerio la solicitud presentada por la empresa Monte Azul Logística S.A.C. para la suscripción de un Contrato de Inversión en el marco del Decreto Legislativo Nº 973, para efectos del proyecto de inversión privada denominado "Proyecto Sistema Logístico para Combustible Arequipa";
Que, mediante Informes Técnico-Legal Nos. 013-2017-MEM/DGH-DPTC-DNH y 034-2017-MEM/DGH-DPTC-DNH, la Dirección General de Hidrocarburos aprobó el Cronograma de Inversiones presentado por la solicitante, así como otorgó opinión favorable respecto a la lista de servicios y lista de los contratos de construcción propuestas por la referida empresa;
Que, a través del Informe Nº 065-2017-EF/61.01 de fecha 16 de febrero de 2017, el Ministerio de Economía
y Finanzas aprobó lo concerniente a la lista de servicios y lista de contratos de construcción propuestas por la empresa Monte Azul Logística S.A.C. Asimismo, mediante el Oficio Nº 453-2017/PROINVERSIÓN/ DSI de fecha 20 de abril de 2017, PROINVERSIÓN
remitió para la suscripción de este Ministerio, tres (03) ejemplares originales del Contrato de Inversión debidamente suscrito con la empresa Monte Azul Logística S.A.C.;
Que, mediante Informe Nº 134-2017-MEM/DGH la Dirección General de Hidrocarburos recomienda emitir la Resolución Ministerial que aprueba a la empresa Monte Azul Logística S.A.C. para el goce del beneficio de Recuperación Anticipada del IGV , así como lo concerniente a la lista de servicios y lista de contratos de construcción que otorgarán el derecho a dicha recuperación, para efectos del proyecto de inversión privada denominado "Proyecto Sistema Logístico para Combustible Arequipa", al haberse cumplido con las condiciones y requisitos establecidos por el Decreto Legislativo Nº 973 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF;
Con la opinión favorable del Director General de Hidrocarburos y la conformidad del Viceministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de empresa calificada Aprobar como empresa calificada, para efectos del beneficio de Recuperación Anticipada del IGV a la empresa Monte Azul Logística S.A.C., por el desarrollo del proyecto de inversión privada denominado "Proyecto Sistema Logístico para Combustible Arequipa", conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973 y de acuerdo con el Contrato de Inversión suscrito con el Estado.
Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efecto del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, que el monto de la inversión a cargo de la empresa Monte Azul Logística S.A.C., asciende a la suma de US$ 54 607 825.00 (Cincuenta y cuatro millones seiscientos siete mil ochocientos veinticinco y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a ser ejecutada en un plazo total de dos (02) años, un (01) mes y diecisiete (17) días, contado desde el 14 de diciembre de 2016.
Artículo 3.- Objeto del Contrato de Inversión Para efecto del Decreto Legislativo Nº 973, el objetivo principal del Contrato de Inversión es el previsto en la cláusula segunda del mismo y el inicio de las operaciones productivas estará constituido por la percepción de cualquier ingreso proveniente de la explotación del proyecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de dicho Decreto Legislativo.
Artículo 4.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas 4.1 El Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 973 y normas reglamentarias aplicables al Contrato de Inversión, comprende el impuesto que grave la importación y/o adquisición local de los servicios y contratos de construcción que se señalan en el Anexo de la presente Resolución, siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución del proyecto a que se refiere el Contrato de Inversión. Para determinar el beneficio antes indicado, se considerarán las adquisiciones de servicios y contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 14 de diciembre de 2016 y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas a que se refiere el artículo 5 de la citada norma.
4.2 Lo referente a la lista de servicios y lista de contratos de construcción, se incluirá como un Anexo al Contrato de Inversión y podrá ser modificada a solicitud de la empresa Monte Azul Logística S.A.C., de conformidad con el artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas
ANEXO
Proyecto Sistema Logístico para Combustible Arequipa
Nº DESCRIPCIÓN
VINCULACIÓN DEL
SERVICIO CON EL
{G}PROYECTO
NUMERO DE
ACTIVIDAD EN
CRONOGRAMA
DE INVERSIÓN
I. LISTA DE SERVICIOS
A)
SERVICIOS DIRECTAMENTE RELACIONADOS A LAS
OPERACIONES
1
Servicios de ingeniería.
Ingeniería conceptual, básica y de detalle del Proyecto para las instalaciones de las Terminales, así como cualquier otra ingeniería que no esté comprendida dentro del EPC como los planos AS
BUILT
4
2
Servicios de Estudios ambientales, socio ambientales, biodiversidad, protección y recuperación ambiental Servicios de medioambiente asociados al Proyecto en cumplimiento de las disposiciones legales para la obtención de permisos.
Servicio distinto al Contrato
EPC
2
3
Servicios de Topografía.
Estudios necesarios para desarrollar la obra civil del Proyecto para determinar el volumen del movimiento de tierra y las adecuaciones necesarias. Servicio distinto al Contrato EPC
3
4
Servicio de Estudios de Geomecánica, geología y sismología Estudios previos para desarrollar la obra civil del Proyecto. Servicio distinto al Contrato EPC
3
5
Servicio de Estudios Marinos y Batimetría Estudios necesarios para la ejecución del proyecto a nivel marítimo, con la finalidad de obtener una representación detallada del fondo marino y la morfología de la zona. Servicio distinto al Contrato EPC.
3
B) OTROS SERVICIOS VINCULADOS A LAS OPERACIONES
6
Servicios de asesoría jurídica y legal Servicios de asesoría jurídica y legal durante las diversas etapas del Proyecto y trámites ante diversas entidades públicas y privadas. Servicio distinto al Contrato EPC
15
7
Asistencia social y comunitaria.
Asistencia social a las poblaciones cercanas en las diversas ciudades donde se desarrollará el Proyecto.
Servicio distinto al Contrato
EPC
16
8
Servicio de valuaciones, levantamiento catastral y saneamiento de tierras Servicios de catastro y saneamiento en caso de adquisición de lotes o tierras para la ubicación del Proyecto.
Servicio distinto al Contrato
EPC
1
Nº DESCRIPCIÓN
VINCULACIÓN DEL
SERVICIO CON EL
{G}PROYECTO
NUMERO DE
ACTIVIDAD EN
CRONOGRAMA
DE INVERSIÓN
9 Servicio de Seguros.
Servicios para la emisión de pólizas de seguro ante riesgos contractuales y extracontractuales derivados de la ejecución del Proyecto, así como para el personal destacado en el mismo.
Servicio distinto al Contrato
EPC
18
10
Servicio de seguridad y vigilancia de las instalaciones.
Servicios de seguridad y vigilancia en las instalaciones del Proyecto. Servicio distinto al Contrato EPC
13
11
Servicios de soporte administrativo, contable, recursos humanos.
Servicios de soporte varios prestados en su conjunto por la Corporación PECSA
a ser realizados durante la ejecución del Proyecto.
Servicio distinto al Contrato
EPC
17
12
Servicios de auditoría y asesoría.
Los servicios de auditoría y asesoría son necesarios, por ejemplo para contar con una declaración correcta de los pagos en impuestos y la asesoría y hacer frente a posibles contingencias relacionadas al Proyecto.
17
13
Servicios financieros y de crédito prestados por personas distintas a los Bancos e Instituciones Financieras y Crediticias.
Servicios para la obtención de fondos en forma de depósitos transferibles, obtenidos de fuentes no financieras como empresas vinculadas para la realización del Proyecto.
Servicio distinto al Contrato
EPC
19
14 Supervisión de obras.
Servicios de supervisión de obras. Servicio distinto al Contrato EPC.
12
15
Supervisión de ingeniería de detalle Servicios de supervisión de la ingeniería de detalle, una vez obtenida la Licitación del Contrato EPC. Servicio distinto al Contrato EPC.
14
16
Servicio de Transporte de personas y de bienes (movilización y desmovilización de equipos, materiales, maquinarias, suministros).
Servicios de transporte de personal destacado, bienes y equipos durante el Proyecto distintos al EPC.
20
17
Servicio de logística (para la compra de equipos y materiales destinadas a las operaciones del Proyecto)
Corresponde a servicios de compras de equipos y materiales que no sean proporcionados por el Contrato EPC sino por otros proveedores de manera directa a la Compañía.
21
18
Alquiler y/o arrendamiento financiero de equipos y vehículos necesarios para el transporte de equipos y de personas durante la ejecución del Proyecto.
Alquiler y/o arrendamiento financiero de equipos que permitan una mejor ejecución del Proyecto. Este servicio incluye el alquiler de vehículos para transportar personal y equipos de la Compañía al Proyecto. Este servicio no será proporcionado por el
EPC.
22
19
Diseño, adquisición, gerenciamiento y puesta en marcha (Contrato EPC)
Servicio para la Puesta en funcionamiento de las Estaciones necesarias para la ejecución del Proyecto.
5 Y 8
Nº DESCRIPCIÓN
VINCULACIÓN DEL
SERVICIO CON EL
{G}PROYECTO
NUMERO DE
ACTIVIDAD EN
CRONOGRAMA
DE INVERSIÓN
20
Servicio de movimiento de tierra Servicio de movimiento de tierra para la construcción de un muro perimétrico de los terrenos. Este servicio no será proporcionado por el EPC.
7 Y 10
21
Servicios de pruebas y ensayos técnicos Servicios que incluyen pruebas y ensayos técnicos de la infraestructura civil, técnica y mecánica.
23
22
Servicios de administración del Contrato EPC
Servicio que comprende la gestión, análisis y revisión del Contrato EPC y otros contratos suscritos con los proveedores para la ejecución del Proyecto.
11
II. LISTA DE CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN
1
Obras de ingeniería civil Servicio relacionado a la construcción de un cerco perimetral. Conforme lo indicado por el CIIU abarca obras nuevas, reparaciones, ampliaciones y reformas, la erección in situ de estructuras prefabricadas y también la construcción de obras de carácter provisional. Se incluyen obras de construcción tales como carreteras, calles, puentes, líneas de ferrocarril, aeropuertos, puertos y otros proyectos relacionados con vías de navegación, sistemas de riego, sistemas de alcantarillado, instalaciones industriales, tuberías de transporte y líneas eléctricas, instalaciones deportivas al aire libre, etc. Servicio no comprendido dentro del Contrato EPC.
5, 6, 8 Y 9
Servicio vinculado a la construcción de obras distintas de las de edificios, incluida la subdivisión de tierras. Servicio no comprendido dentro del Contrato EPC.
5, 6, 8 Y 9
2
Demolición o derribo de edificios y otras estructuras.
Servicios de demolición de estructuras preexistentes para la ejecución del Proyecto.
Servicio no comprendido dentro del Contrato EPC.
5, 6, 8 Y 9
3
Preparación del terreno.
Servicios de asistencia técnica para la excavación, nivelación de terrenos de construcción, movimiento de tierras, perforaciones de prueba, entre otros, para la ejecución del Proyecto. Servicio no comprendido dentro del Contrato EPC.
5, 6, 8 Y 9
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- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
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- septiembre 2013 (636)
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- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
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- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)