7/05/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 274-2017-MEM/DM Imponen servidumbre de ocupación para subestación

Imponen servidumbre de ocupación para subestación eléctrica de distribución, a favor de concesión de la que es titular Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 274-2017-MEM/DM Lima, 22 de junio de 2017 VISTOS: El Expediente Nº 31240416 sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad estatal, indispensable para la Subestación Eléctrica de Distribución Nº 1945 (en adelante, SED Nº 1945), presentada por Luz del Sur S.A.A.; y, el Informe Nº 252-2017-MEM/DGE-DCE; CONSIDERANDO: Que,
Imponen servidumbre de ocupación para subestación eléctrica de distribución, a favor de concesión de la que es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 274-2017-MEM/DM
Lima, 22 de junio de 2017
VISTOS: El Expediente Nº 31240416 sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad estatal, indispensable para la Subestación Eléctrica de Distribución Nº 1945 (en adelante, SED Nº 1945), presentada por Luz del Sur S.A.A.; y, el Informe Nº 252-2017-MEM/DGE-DCE;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 107-96-EM
se otorga a favor de Luz del Sur S.A.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica;

Que, mediante documento con Registro Nº 2645722
presentado el 06 de octubre de 2016, Luz del Sur S.A.A.
solicita la imposición de servidumbre de ocupación sobre el predio inscrito en la Partida Nº 12562699 de propiedad estatal para la SED Nº 1945, instalada dentro de su zona de concesión de distribución de energía eléctrica indicada en el considerando que antecede, ubicada en la calle Ciro Alegría (calle C), esquina con calle Juan Fernández - Estación de Bombeo de SEDAPAL, distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (WGS 84) que figuran en el Expediente;

Que, de acuerdo a la documentación que obra en el Expediente, así como lo señalado en el considerando que antecede, la servidumbre de ocupación para la SED
Nº 1945 ocupa terrenos de propiedad estatal;

Que, el literal a) del artículo 109 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, establece que los concesionarios están facultados para usar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones;

Que, el literal c) del artículo 110 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas establece la constitución de la servidumbre de ocupación indispensable para la instalación de subestaciones de distribución para el servicio público de electricidad, siendo atribución del Ministerio de Energía y Minas imponer con carácter forzoso el establecimiento de dicha servidumbre, acorde al artículo 111 de la citada Ley;

Que, la Dirección General de Electricidad, según el Informe de Vistos, ha verificado que la concesionaria cumple con los requisitos legales y procedimientos correspondientes establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, por lo que recomienda imponer la servidumbre de ocupación para la SED Nº 1945;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Imponer con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de energía eléctrica de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación para la Subestación Eléctrica de Distribución Nº 1945 ubicada en la calle Ciro Alegría (calle C), esquina con calle Juan Fernández - Estación de Bombeo de SEDAPAL, distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (WGS 84) que figuran en el Expediente, la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Tipo de propiedad Tipo de Terreno 31240416 Subestación Eléctrica de Distribución
Nº 1945
Ubicación: distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima Área: servidumbre de ocupación Coordenadas UTM (WGS 84)
Vértice Norte Este
A 8 655 179,890 284 306,660
B 8 655 175,094 284 308,075
C 8 655 173,057 284 301,170
D 8 655 177,852 284 299,754
Área total:

36,00 m 2
(Suelo, nivel, subterráneo y sus aires)
Estatal Urbano Artículo 2.- Aplicar a la servidumbre impuesta mediante la presente Resolución, las normas de seguridad establecidas en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, en su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM y en las normas técnicas pertinentes.

Artículo 3.- Disponer que Luz del Sur S.A.A. adopte las medidas necesarias a fin de que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento.

Artículo 4.- Disponer que Luz del Sur S.A.A. vele permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio.

Artículo 5.- Establecer que la presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas

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